Igualdad procesal de las partes

FUENTES FORMALES DEL DCHO:


Legislación: conjunto de leyes y normas reguladoras de la conducta del estado.

Jurisprudencia: conjunto de sentencias uniformes emitidas por el tribunal más alto.

Reglamento: sus alcances son menores a la legislación  y el procedimiento de creación es muy variado

Doctrina. Conjunto sistemático de estudios realizados por tratadistas de derecho

Costumbre. Observancia espontanea conductas por un grupo social determinado

Circulares: instrucción  que rige a los subordinados en relación con los servicios encomendados

Leyes: norma jurídica y general dictada por legítimo poder para revelar la conducta de los hombres 

Acuerdos: arreglo tomado entre dos o más partes con la finalidad de obtener un beneficio   

Decretos: es una norma jurídica con rango de ley emanada por el ejecutivo

DIVISIÓN DEL ESTADO


POBLACIÓN / TERRITORIO / GOBIERNO

DIVISIÓN DE PODERES



EJECUTIVO

Presidente o primer mandatario, jefe de gobierno. Tipos de órganos: centralizados, descentralizados, desconcentrados. 

LEGISLATIVO:

congreso de la uníón, cámara de diputados y senadores.

PODER JUDICIAL.:

tribunales colegiados, tribunales unitarios, juzgados de distrito  mat, federal. Tribunal de justicia de las entidades federativas, sala penal civil, familiar, juzgados locales: mat. Local

¿QUÉ ES LA AUTO TUTELA?
Resolución de conflictos de forma egoísta y definitiva. El más fuerte o el más hábil impone la solución al contrario por medio de su inteligencia, destreza, o su habilidad.

PROCESOS


Proceso extranjero


Es el resultado de una función jurisdiccional desenvuelta en otro país.                                                 

Proceso eclesiástico

Emana de los tribunales de la iglesia                                                                                            Autocomposición:
Es un generó dentro del cual cabe reconocer varias especies; Unilaterales derivadas de un acto simple y Bilaterales de un acto completo.                                                                                                                              

Composición procesal:

Figura auto compositiva que se da dentro del seno del mismo proceso, actos extraordinarios.

Conciliación:

Se resuelve el Litigio, se llega a una figura de autocomposición o si no se sigue el proceso.

Arbitraje

Equivalente jurisdiccional y un verdadero proceso llevado a cada por personas denominadas árbitros o jueces privados.

AUTOCOMPOSICIÓN (personal


): A) De la demanda:

Es una actividad de actor para reiterar el escrito de demanda antes de notificar al demandado no surge la relación procesal b)

De la instancia:

Implica que el demandado ya fue llamado a juicio entonces se requerirá su consentimiento para que surta efecto y disentimiento del actor. C

) de la acción:

es una renuncia del dicho o pretensión

. Allanamiento:

sometimiento por la parte demandada, Transacción:
negocio jurídico a través de la cual las partes mediante acuerdo de voluntades encuentran solución a la controversia

¿QUÉ ES UN JUICIO?
Es el conjunto de actos que se siguen ante funcionarios y órganos de estado para impartir justicia para resolver conforme a dcho una controversia entre 2 o más personas que tienen intereses opuestos.

PARTES DE UN JUICIO



Juez

Tercero imparcial que imparte justicia | actor:
promueve escrito inicial solicita resolución de un problema respecto a un dcho. | demandado.
Le piden el cumplimiento de un derecho u obligación.

PODER JUDICIAL DE LA FEDERACIÓN


Suprema corte de justicia de la nacíón- 11 ministros, tribunal electoral, tribunales colegiados de circuito (3 magistrados), tribunales unitarios de circuito-1 magistrado, juzgado de distrito (1 juez)
Consejo de la judicatura: órgano de vigilancia y disciplina

ETAPAS DE UN JUICIO:


PROCESO ROMANO


Se divide en 5. Sacramentum: Apuesto, derecho real, la pérdida se destinaba a los gastos de la cta. Ludicis: Se daba un periodo de 30 días para que se llegara a un acuerdo (conciliación) Ludicis Vel Arbitrus. Consistía en el nombramiento de un árbitro para decidir en buena fe. Manús iniectio: Si e confeso puede ser intimidado por el actor a pagar la deuda, si no se resolvía podía llevarlo prisionero a su domicilio 60 días. Pignoris capio: Embargo de los bienes del demandado que el actor hacía de forma personal.

TIPOS DE JUICIOS


En materia mercantil. Resuelve controversias de Actos de comercio | Civil: persona, personalidad, patrimonio, matrimonio, divorcio, etc. |Administrativa: Anular o modificar un acto de autoridad administrativa, persona e institución| Penal: Delitos | Laboral: controversias derivado de las relaciones de trabajo.

PARTES DE LA DEMANDA


1) Rubro | 2) Tribunal al que se promueve: C. Juez en turno | 3) Preámbulo (generales, domicilio, nombre etc.) | 4) Prestaciones ¿Qué quiere? | 5) Hechos ¿Cómo sucedíó? | 5) Fundamentos (legales, artículos) | 6) peticiones: Se solicita al juez, condene al no. Años) | 7) Firma

PRUEBAS


Art 278: verdad de puntos controvertidos (el juez se vale de cualquier doc. O persona) | 279: Diligencia probatoria, siempre y cuando se requiera sin lesión al dcho| 280: paga los daños a terceros | 281: las partes asumirán el cargo de la prueba| 282: El que se niega está obligado a probar| 283: El periodo de pruebas no es renunciable | 284: Solo los hechos están sujetos a prueba “ probar los hechos” | 285: Tribunal debe recibir las pruebas que estén permitidas por la ley y relacionadas con los hechos | 286: Los hechos notorios no necesitan ser probados

 

ACCIÓN


Protesta facultad mediante la cual un sujeto de dcho provoca el juicio (función jurisdiccional) | Jurisdicción: zona geográfica | Competencia: Materia| GRADOS: SCJN, Tribunales Unitarios Colegiados, Juzgados.