Conceptos Esenciales del Derecho: Derechos Subjetivos, Informática y Contratos
Manifestaciones del Derecho Subjetivo
Facultad de exigir el cumplimiento de un deber.
Poder de crear, modificar o extinguir derechos y obligaciones.
Derechos de libertad, como el reverso de un deber jurídico.
Acción procesal.
Clasificación de los Derechos Subjetivos
1. Derechos Subjetivos Absolutos (ejercidos frente a todos)
Derechos de la Personalidad
Protegen la integridad, identidad y libertad humana (ej. derecho a la vida, honor, salud). Son irrenunciables.
Derechos Reales
Dominio y uso de bienes (ej. propiedad, condominio). Son eventuales y renunciables.
Derechos Intelectuales
Protección de obras, inventos y marcas.
2. Derechos Subjetivos Relativos (ejercidos sobre sujetos determinados)
Derechos Potestativos
Son aquellos en los que la prestación surge de un estatus o situación que actúa como fuente permanente y renovada de la misma. En este supuesto, existe una auténtica subordinación del sujeto pasivo al poder del sujeto activo (ej. patria potestad).
Derechos Crediticios
Son aquellos en los que la prestación se encuentra determinada (ej. pagar una deuda, construir una pared).
Clasificación según el Contenido de la Relación Jurídica
Derechos Patrimoniales
Relacionados con bienes económicos (ej. propiedad, crédito).
Derechos Extrapatrimoniales
Sin valor económico directo (ej. derechos de familia, personalidad).
Pirámide Jurídica
- Constitución Nacional (CN)
- Tratados Internacionales
- Leyes Nacionales
- Decretos Presidenciales
- Leyes Provinciales y Constituciones Provinciales
- Sentencias Judiciales
- Contratos entre Particulares
Relaciones del Derecho con la Informática
Relación con el Derecho Constitucional
La informática influye en el derecho constitucional a través de los derechos fundamentales, como el derecho a la privacidad, el derecho al acceso a la información y la protección de datos personales.
Relación con el Derecho Penal
La informática es fundamental en la regulación y persecución de delitos informáticos, estableciendo normas sobre ciberdelincuencia y penando estos delitos.
Relación con el Derecho Procesal
La informática modernizó los procesos judiciales, ya que gracias a la tecnología se han incrementado los medios de prueba que pueden utilizarse en un proceso y se facilitó la recolección de datos.
Relación con el Derecho Civil
La relación entre el derecho civil y la informática radica en que, por medio de esta última, toda persona natural o jurídica puede celebrar un contrato por medio de la red. Además, protege los derechos de propiedad intelectual en entornos digitales.
Relación con el Derecho Comercial
La relación entre el derecho comercial y la informática es que, por medio de la red, se pueden llevar a cabo cualquier clase de trámite legal comercial. Regula transacciones y garantiza la seguridad de datos bancarios.
Relación con el Derecho Internacional Público
Gracias a la informática, se pueden llevar a cabo diferentes relaciones entre las entidades del Estado con las de otros países.
Relación con el Derecho Internacional Privado
La relación es que, por medio de la red, se pueden llevar a cabo diferentes relaciones o transacciones entre las distintas entidades internacionales.
Principios del Derecho del Trabajo
Los principios del Derecho del Trabajo buscan proteger la dignidad del trabajador frente a la superioridad del empleador.
1. Principio Protectorio
Amparar al trabajador frente a la superioridad del empleador.
2. Principio de Irrenunciabilidad
Los derechos laborales no pueden ser renunciados ni reducidos por contrato.
3. Principio de Continuidad
Si hay duda sobre la existencia o finalización de una relación laboral, se presume su continuidad.
4. Principio de Primacía de la Realidad
Importan los hechos reales por sobre lo formal o escrito. Se anulan simulaciones o fraudes contractuales.
5. Principio de Buena Fe
Las partes deben actuar con honestidad y responsabilidad durante toda la relación laboral.
6. Principio de Justicia Social
Busca garantizar el bienestar general y aplicar equidad cuando las normas no bastan.
7. Prohibición de Discriminación
No se puede discriminar por sexo, raza, religión, edad, política, etc.
8. Gratuidad de los Procedimientos
El trabajador no debe pagar costos administrativos o judiciales para reclamar sus derechos.
Principios Aplicables al Derecho Penal Laboral
Tipicidad
El hecho debe estar previsto como delito en la ley.
Legalidad
No hay delito ni pena sin ley previa.
Prohibición de Analogía
No se puede aplicar la ley penal por similitud con otro hecho.
Artículos Relevantes del Código Penal
Art. 153: Acceso indebido a una comunicación electrónica. (Prisión)
Art. 153 bis: Acceso a sistemas o datos informáticos restringidos. (Prisión)
Art. 155: Publicación indebida de correspondencia privada. (Multa)
Art. 157 bis: Acceso ilegítimo a bancos de datos personales. (Prisión)
Art. 173 inc. 16: Fraude informático. (Pena)
Art. 183: Daño informático (alteración, destrucción, distribución de software dañino). (Prisión)
Art. 197: Interrupción o entorpecimiento de las comunicaciones. (Prisión)
Secreto Profesional
Obligación legal para todas las profesiones. Su incumplimiento puede ser penalizado.
Habeas Data
Derecho constitucional que permite al individuo acceder, rectificar, actualizar o eliminar sus datos personales de registros públicos o privados. Se regula por la Ley 25.326 (Protección de Datos Personales).
Bases de Datos (BDD)
Conjunto organizado de datos (personales o no) tratados electrónicamente o no.
Elementos Protegidos en BDD
La compilación de los datos.
Independencia entre la protección de la base y sus elementos.
Problema con el criterio de originalidad.
Diferencia entre estructura y contenido.
Formas de Protección
Contratos.
Medidas tecnológicas.
Defensa contra la competencia desleal.
Contratos en el Ámbito Jurídico y Tecnológico
1. Contrato de Asistencia Técnica
Es un acuerdo en el que una empresa (asistente) se compromete a brindar a otra (asistida) conocimientos, experiencia y apoyo técnico especializado para mejorar su producción.
Características
Es atípico (no regulado por una ley específica), principal (no depende de otro contrato), oneroso (ambas partes reciben y dan algo a cambio), consensual (se valida con el acuerdo entre las partes) y bilateral (intervienen dos partes). Suele hacerse por escrito debido a su importancia económica.
Objeto
Es aplicar conocimientos técnicos o científicos para lograr optimizar ciertos resultados, transmitiendo conocimiento especializado al usuario. No se trata solo de prestar un servicio, sino de compartir saber técnico útil para la empresa asistida.
Obligaciones de la Empresa Asistente
Brindar conocimientos y experiencia, asesorar sobre calidad, maquinaria, materias primas, métodos de trabajo y capacitar personal.
2. Contrato de Know-How
Es un acuerdo en el que una persona (el licenciante) autoriza a otra (el licenciatario) a usar ese conocimiento por un tiempo determinado, a cambio de un pago, generalmente basado en la producción o ventas obtenidas gracias al uso de ese Know-How. El Know-How es el conjunto de conocimientos prácticos, técnicos y comerciales, no patentados y de valor económico, que permiten realizar actividades como producción, ventas, organización o administración.
Objeto
Puede ser desde una invención patentable, pero no patentada, hasta la más insignificante práctica manual que sirve para resolver determinados problemas técnicos.
3. Contratos Electrónicos
Son acuerdos entre partes que se celebran sin presencia física y mediante el uso de medios electrónicos. En ellos, las partes definen sus derechos y obligaciones a través de plataformas digitales. Se caracterizan por:
- La falta de contacto físico entre comprador y vendedor.
- El consentimiento se da electrónicamente.
- Son comunes los contratos «click-wrap«.
- Suelen celebrarse como contratos de adhesión, a través de los «Términos y Condiciones de Uso».
Objeto
Podrá ser cualquiera que cumpla con las siguientes condiciones generales: reales, posibles, lícitos y determinados.
Obligaciones de las Partes
Suelen ser el proveedor (oferente) y el consumidor (usuario).
El proveedor debe informar claramente sobre:
- El contenido mínimo del contrato.
- El derecho del consumidor a revocar la aceptación.
- Cómo usar correctamente el medio electrónico, los riesgos que implica y quién los asume.
Además, debe confirmar electrónicamente la recepción de la aceptación del contrato.
Por su parte, el consumidor tiene el derecho irrenunciable de revocar el contrato dentro de los 10 días desde su celebración, ya sea por escrito, por medios electrónicos o devolviendo el producto.
4. Contrato de Leasing
Es un acuerdo en el que el dador entrega al tomador la tenencia de un bien determinado para su uso y goce, a cambio del pago de un canon periódico, y le otorga la opción de compra del bien por un precio. Ambos precios deben estar fijados en el contrato.
Características
Es bilateral, consensual, oneroso, conmutativo, de adhesión, nominado y formal.
Sujetos
Dador (financia y entrega el bien), Tomador (paga el canon por su uso), Proveedor (vende el bien al dador).
Obligaciones del Dador
Entregar el bien, exigir el pago, adquirirlo al proveedor, inspeccionar su uso.
Obligaciones del Tomador
Pagar en término, usar el bien correctamente, permitir inspecciones y ejercer la opción de compra si así lo desea.
5. Contrato de Consultoría
Un consultor se compromete a brindar al consultante información o análisis sobre temas tecnológicos, comerciales, financieros, legales u otros, basados en conocimientos científicos o técnicos. Se trata de una prestación profesional, científica o técnica de nivel universitario, realizada bajo la forma de servicios.
Características
Bilateral, Consensual, Atípico, No formal y Oneroso.
Sujetos
Consultor (empresa o profesional independiente) y la empresa cliente.
Objeto
La prestación de servicios profesionales, científicos o técnicos de nivel universitario, mediante los cuales el consultor se obliga a brindar al consultante información, análisis, evaluaciones o dictámenes sobre cuestiones tecnológicas, comerciales, financieras, legales u otras, basados en conocimientos especializados.
6. Contrato de Licencia de Software
Es un acuerdo por el cual el titular de los derechos de un programa (el licenciante) autoriza a otra parte (el licenciatario) a usar dicho software bajo ciertas condiciones, sin transferir la propiedad intelectual. Es decir, el usuario no se convierte en dueño del programa, solo obtiene el derecho de uso limitado según los términos pactados.
Características Principales
Bilateral, Oneroso, Consensual, No traslativo de dominio, Limitado y Protege la propiedad intelectual.
Objeto
Permitir el uso legal del software bajo ciertas condiciones, respetando los derechos del titular.