Representación Legal y Voluntaria en la Empresa: Gestión y Transmisión del Establecimiento Mercantil
La Representación Legal y Voluntaria en el Ámbito Empresarial
Tipos de Representación Jurídica
Representación Legal
Surge por mandato legal para suplir la incapacidad de una persona (ej.: hijos menores).
Representación Voluntaria
Surge por la voluntad libre y consciente del representado, quien posee plena capacidad para otorgarla.
Representación Orgánica
Es la forma en que una sociedad manifiesta y ejecuta su voluntad a través de sus órganos.
Las sociedades con personalidad jurídica requieren órganos, y quienes los ostentan ejercen la representación orgánica.
Esta representación es indispensable para que la sociedad pueda actuar frente a terceros.
Posee un contenido legal inderogable.
Auxiliares del Empresario: Colaboradores con Representación Voluntaria
Son colaboradores permanentes en la empresa, bajo una relación de subordinación.
No asumen riesgos empresariales propios.
Requieren capacidad legal para obligarse (Art. 282 CCom.).
La representación civil formal (poder notarial) no es práctica para el tráfico mercantil habitual.
Se presume que los auxiliares poseen facultades para actuar dentro del ámbito de su encargo.
La delegación de funciones sin el consentimiento expreso del empresario no está permitida (Art. 296 CCom.).
Naturaleza Jurídica de la Relación Laboral
La relación jurídica se configura como una relación laboral, conforme al Artículo 1 del ET (Estatuto de los Trabajadores).
Puede ser de carácter ordinario o de alta dirección (Real Decreto 1382/1985).
El auxiliar debe promover los intereses del empresario y evitar cualquier conflicto de interés.
En caso de conflicto de intereses, las pérdidas resultantes son asumidas por el auxiliar.
Clases de Apoderados y sus Funciones
Apoderado General (Factor)
Posee un poder general para administrar y contratar en nombre del empresario (Arts. 281 y 283 CCom.).
No es un poder ilimitado; abarca áreas funcionales o territoriales específicas.
En caso de duda, se protege al tercero que contrata de buena fe.
El apoderado inscrito en el Registro Mercantil (RM) produce efectos frente a terceros.
Los contratos firmados por un factor notorio (visible) obligan al empresario, incluso si exceden sus facultades (Art. 286 CCom.).
Puede ser un factor interesado que participa en las ganancias (Art. 288 CCom.).
Apoderados Singulares
Dependen de la empresa y actúan en una sección o rama específica del negocio.
Ejemplo: mancebos encargados de ventas y cobranzas.
Representantes de Comercio
Operan fuera de la sede de la empresa.
Actúan en nombre y por cuenta del empresario, pero su función principal se limita a labores de promoción.
No vinculan directamente al empresario en la mayoría de los actos jurídicos.
Pueden tener una relación laboral ordinaria o especial.
Los contratos de agencia o comisión son de naturaleza mercantil y pueden involucrar a intermediarios independientes.
El Establecimiento Mercantil: Concepto, Elementos y Transmisión
Concepto y Elementos Constitutivos del Establecimiento Mercantil
El establecimiento mercantil puede entenderse en sentido estricto (bienes e instalaciones materiales) o en sentido amplio (la totalidad de la empresa).
Incluye los siguientes elementos:
Bienes materiales: inmuebles, mobiliario, materias primas, medios de transporte.
Bienes inmateriales: derechos reales, créditos, relaciones jurídicas, marcas, clientela, secretos comerciales.
La organización empresarial es el factor clave que aglutina estos elementos, conformando una unidad funcional y económica.
El valor del conjunto suele ser superior a la suma de sus partes individuales debido a las sinergias generadas.
Principales Teorías sobre la Naturaleza del Establecimiento Mercantil
Teoría Unitaria
: La empresa es una unidad que integra todos los elementos y actividades.Teoría Atomista
: El establecimiento es un conjunto heterogéneo de bienes y derechos distintos.
Modalidades de Transmisión del Establecimiento Mercantil
Asset Deal (Venta de Activos)
Venta del establecimiento como unidad productiva, incluyendo todos sus bienes y activos.
Se formaliza un contrato con la empresa, y los bienes se transfieren directamente al comprador.
Share Deal (Venta de Participaciones o Acciones)
Adquisición de participaciones o acciones de la sociedad propietaria del establecimiento.
Los bienes de la sociedad no cambian de titularidad; lo que se transfiere es la propiedad de la sociedad a través de sus socios.
Generalmente, es un procedimiento más simple desde el punto de vista de la transferencia de activos.
La Compraventa del Establecimiento Mercantil
Se vende como una organización en funcionamiento, no como una mera suma de contratos individuales.
En caso de incapacidad de alguna de las partes, se aplica lo establecido en el Código Civil.
Contenido y Obligaciones en el Contrato de Compraventa
Obligaciones del Vendedor
Entregar el establecimiento completo, incluyendo inventario, contabilidad, información relevante, etc.
Abstenerse de competir en las proximidades del negocio vendido.
Facilitar el consentimiento para la transmisión de créditos; las deudas solo se transmiten si existe acuerdo entre las partes y los acreedores.
Responder por evicción (Art. 1479 CC) y por vicios ocultos (Art. 1491 CC).
Obligaciones del Comprador
Pagar el precio acordado en el contrato.
Particularidades de la Compraventa por Acciones (Share Deal)
No implica una transmisión directa del establecimiento, sino de la sociedad que lo posee.
Suelen ser contratos complejos, con cláusulas detalladas y, a menudo, términos de carácter internacional.