Marco Legal de la Protección Ambiental: AAI, EIA y su Regulación en España

Aspectos Generales de las Autorizaciones Ambientales

Las autorizaciones ambientales poseen características fundamentales que garantizan la protección del medio ambiente y la salud pública.

1. Carácter Preventivo, Silencio Negativo y Posibilidad de Denegación

La naturaleza preventiva de estas autorizaciones es incompatible con la dilación de su obtención a un momento posterior. El silencio negativo es una figura clave en este ámbito.

El artículo 24 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas (LPAC), regula el silencio negativo en solicitudes que “impliquen el ejercicio de actividades que puedan dañar el medio ambiente”, permitiendo la denegación de su otorgamiento cuando sea incompatible con los objetivos de preservación ambiental.

2. Naturaleza Operativa de las Autorizaciones Ambientales: Suspensión, Modificación y Revocación

Las autorizaciones ambientales no controlan únicamente la actividad autorizada, sino que buscan la conformidad con determinadas pautas. Esto implica la posibilidad de suspensión o modificación de las condiciones por circunstancias sobrevenidas, así como su revocación en caso de incumplimiento de sus condiciones.

Marco Normativo de las Autorizaciones Ambientales

La regulación de las autorizaciones ambientales se sustenta en diversas normativas clave:

  • La Ley 16/2002, de 1 de julio, de Prevención y Control Integrados de la Contaminación.
  • El Real Decreto por el que se aprueba el Reglamento de Emisiones Industriales.
  • El Real Decreto Legislativo 1/2016, de 16 de diciembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Prevención y Control Integrados de la Contaminación (TRLPCIC).

De acuerdo con esta regulación, cuando un particular quiera promover una actividad que esté incluida en los anexos de estas leyes como sujeta a Autorización Ambiental Integrada (AAI), deberá presentar una solicitud ante la administración ambiental autonómica que sea competente.

Una diferencia destacada con la Evaluación de Impacto Ambiental (EIA) y la Evaluación Ambiental Estratégica (EAE) es que, para las Autorizaciones Ambientales Integradas (AAI), la competencia es únicamente autonómica.

Comparativa: Evaluación de Impacto Ambiental (EIA) vs. Autorización Ambiental Integrada (AAI)

Concepto

EIA

AAI

Naturaleza

Procedimiento técnico-administrativo previo a la autorización de un proyecto

Resolución administrativa que autoriza el funcionamiento de instalaciones contaminantes

Finalidad

Prevenir y corregir impactos significativos sobre el Medio Ambiente

Fijar condiciones ambientales para evitar o reducir la contaminación global de la instalación

Competencia

Comunidades Autónomas (CCAA) (generalmente) o Estado si afecta a varias CCAA o sectores estratégicos

Comunidades Autónomas (CCAA)

Cuándo se aplica

Antes de autorizar el proyecto o plan

Antes de construir, modificar o explotar ciertas instalaciones industriales

Resultado

Declaración de Impacto Ambiental (DIA) favorable o desfavorable

Autorización con condiciones técnicas: emisiones, vertidos, residuos, etc.

Ejemplos

Autopistas, embalses, parques eólicos, grandes urbanizaciones

Refinerías, cementeras, incineradoras, grandes granjas, industrias químicas

Autorización Ambiental Integrada (AAI)

1. Definición de la AAI

La Autorización Ambiental Integrada (AAI) se define como la “resolución escrita del órgano competente de la Comunidad Autónoma en la que se ubique la instalación, por la que se permite, a los efectos de la protección del medio ambiente y de la salud de las personas, explotar la totalidad o parte de una instalación, bajo determinadas condiciones destinadas a garantizar que la misma cumpla el objeto y las disposiciones de esta ley. Dicha autorización podrá ser válida para una o más instalaciones o partes de instalaciones que tengan la misma ubicación”.

2. Contenido de la AAI (Artículo 22 del TRLPCIC)

El contenido de la Autorización Ambiental Integrada, según el artículo 22 del TRLPCIC, incluye:

  • Valores límite de emisión (VLE) asociados a las Mejores Técnicas Disponibles (MTD).
  • Prescripciones para la protección del suelo y aguas subterráneas.
  • Procedimientos y métodos de gestión de residuos.
  • Prescripciones para la minimización de la contaminación transfronteriza.
  • Control de todo tipo de emisiones o residuos.
  • Condiciones de explotación en situaciones distintas de las normales.
  • Condiciones de notificación de informes regulares a las autoridades competentes.
  • Requisitos para el mantenimiento y supervisión de las medidas adoptadas para evitar las emisiones al suelo y a las aguas subterráneas.
  • Condiciones para evaluar los valores límite de emisión.
  • Otras medidas o condiciones de la legislación sectorial aplicable.

3. Plazos e Impugnación de la AAI

El plazo máximo para conceder estas autorizaciones es de 4 años. Posteriormente, se podrán renovar y actualizar.

En cuanto a su impugnación, se puede impugnar la resolución administrativa que ponga fin al procedimiento de otorgamiento de la Autorización Ambiental Integrada, bien mediante la impugnación de los citados informes vinculantes, cuando estos impidiesen el otorgamiento de dicha autorización, de conformidad con lo establecido en el artículo 112.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

4. Conceptos Relacionados: Autorización Ambiental Unificada

No podemos dejar de citar la Autorización Ambiental Unificada, regulada por la Ley de Gestión Integrada de la Calidad Ambiental (Andalucía). Esta se aplica a aquellas actividades no sujetas a AAI, pero que podrían dañar el medio ambiente.