Conceptos Esenciales de Finanzas Públicas y Seguridad Social en México
Conceptos Fundamentales de Finanzas Públicas y Tributación
Tratados Internacionales y Doble Tributación
Tratados Internacionales: Acuerdos de voluntades celebrados entre dos o más Estados soberanos en el ámbito internacional, con el objeto de sentar las bases para la solución pacífica de problemas comunes. Por ejemplo, la fijación de impuestos con tasas diferenciales o de un solo impuesto cuyos rendimientos se distribuyan entre los países involucrados proporcionalmente al estado de su Balanza Comercial.
Doble Tributación: Encarecimiento de todo tipo de operaciones de importación y exportación de artículos de consumo, bienes de capital (maquinaria y equipo), conocimientos tecnológicos, entre otros.
Principios Jurídicos y Normativa Fiscal
Requisitos de Fuente Formal del Derecho: Para que un tratado o norma adquiera rango de fuente formal del derecho, requiere de la presencia de dos elementos esenciales:
- La repetición constante de un hecho: “inveterata consuetudo”, según el antiguo derecho romano.
- La repetición de ese hecho, con la convicción por parte de un sector mayoritario de la comunidad respectiva, de que se trata de una norma de observancia obligatoria: “opinio juris seu necessitatis” (Obligación jurídica o de necesidad).
Instrumentos y Conceptos Clave de la Hacienda Pública
RMF: Resolución Miscelánea Fiscal: Es un documento que se publica en el Diario Oficial de la Federación (DOF) con vigencia anual, que contiene disposiciones de carácter general (reglas) en materia tributaria. Su fin es facilitar el conocimiento y la aplicación de las leyes fiscales e, incluso, en ciertos casos, pueden otorgar algunos beneficios.
El Presupuesto de Egresos de la Federación (PEF): Es un documento que contiene de forma detallada la distribución del gasto público; es decir, constituye el programa anual de gastos y es presentado por el Ejecutivo Federal al Poder Legislativo.
Superávit: Los ingresos superan los gastos.
Déficit: Los gastos superan los ingresos.
Gasto Público: Comprende las erogaciones por concepto de gasto corriente, inversión física, inversión financiera, y pago de pasivo o deuda pública. Se basará en las directrices y planes nacionales de desarrollo económico y social. El proyecto de presupuesto de egresos debe ser enviado a la Cámara de Diputados a más tardar el día 8 de septiembre del año inmediato anterior.
Ley de Ingresos de la Federación: Los ingresos del Estado se originan normalmente por los impuestos que se decretan, los derechos, los productos y aprovechamientos que obtiene por sus actividades, y excepcionalmente por los financiamientos que contrata dentro y fuera del país.
Clasificación de Ingresos del Estado
Ingresos Tributarios
Los ingresos tributarios son aquellos que el Estado recauda de forma obligatoria de los contribuyentes, basados en leyes fiscales.
Impuestos: «Impuestos son las contribuciones establecidas en la ley que deben pagar las personas físicas y morales que se encuentren en la situación jurídica o de hecho prevista por la misma…»
Aportaciones de Seguridad Social: «Aportaciones de seguridad social, son las contribuciones establecidas en la ley a cargo de personas que son sustituidas por el Estado en el cumplimiento de obligaciones fijadas por la Ley en materia de seguridad social o a las personas que se beneficien en forma especial por servicios de seguridad social proporcionados por el mismo Estado. Ejemplos: IMSS, cuotas del sistema de ahorro.»
Cuotas Obrero-Patronales del IMSS
El aporte realizado al IMSS se denomina cuotas obrero-patronales. Esto se debe a que el monto total a aportar se divide en dos partes desiguales. El porcentaje mayor es abonado por el patrón, y el porcentaje menor, por su empleado. El monto aportado por el empleado aparece como un descuento en su nómina con el concepto de «Seguro Social».
Obligaciones Patronales ante el IMSS
- Darse de alta en el IMSS (Alta patronal).
- Inscribir a sus empleados para que puedan recibir los beneficios (el trámite correspondiente).
- Enterar las cuotas obrero-patronales: entregar la parte que le corresponde como patrón, más el monto descontado al empleado de su sueldo.
Aparte, el aporte del Gobierno federal sirve para financiar los servicios de seguridad social del empleado.
Cálculo de Cuotas IMSS
Para determinar el monto a pagar, se realiza un cálculo que involucra varios factores:
SBC: Salario Base de Cotización: Es aquel que cobra el trabajador en un día. Incluye los pagos realizados en efectivo de acuerdo con las horas trabajadas, gratificaciones, alimentación, habitación y comisiones, entre otros.
Fórmula para calcular el SBC:
Salario diario × Factor de Integración.
El valor del salario diario se obtiene dividiendo la suma que el empleado cobra entre la cantidad de días.
UMA: Unidad de Medida y Actualización: Se trata de una cifra que actúa como referente económico en diversas actividades. Una de ellas es el cálculo del salario mínimo; otra, el de las cuotas patronales, como las que corresponden al Seguro de Enfermedades y Maternidad. El valor de la UMA también influye en el crédito otorgado por INFONAVIT para la vivienda.
Tipos de Seguros del IMSS y sus Cuotas
Seguro de Riesgos de Trabajo (Pago mensual a más tardar el día 17 de cada mes)
Los patrones deben tomar como referencia el salario base de cotización del trabajador y determinar de manera específica la clase de riesgo de trabajo que tiene cada uno de sus empleados. De acuerdo con esto, se determinará la prima a pagar. Para determinar la clase de riesgo, se calculará por medio de clases y porcentajes.
Seguro de Enfermedades y Maternidad (Pago mensual a más tardar el día 17 de cada mes)
El seguro de enfermedades y maternidad cubre la atención médica, hospitalaria, así como las prestaciones en especie. La cuota fija es del 20% de la UMA mensual y su pago corresponde al patrón.
Para realizar los cálculos de prestaciones en dinero, se toma como referencia el salario base de cotización (SBC) del colaborador, correspondiendo al trabajador el 0.250% del SBC y al patrón el 0.700% del SBC.
Seguro de Invalidez y Vida (Pago mensual a más tardar el día 17 de cada mes)
Este tipo de seguro se activa cuando el trabajador sufre un accidente por motivo del trabajo realizado y queda incapacitado o fallece. Dicho seguro es cubierto tanto por el patrón como por el trabajador, correspondiendo al trabajador el 0.625% del SBC y al patrón el 1.75% del SBC.
Guarderías y Prestaciones Sociales (Pago mensual a más tardar el día 17 de cada mes)
Este seguro otorga al asegurado y sus beneficiarios los servicios de guarderías para sus hijos, es decir, cubre el riesgo de no poder proporcionar cuidados a sus hijos durante la jornada laboral.
En cuanto a las prestaciones sociales, estas tienen por finalidad fomentar la salud y prevenir enfermedades y accidentes.
Retiro, Cesantía en Edad Avanzada y Vejez (RCV) del IMSS
5.1 Retiro
(Pago bimestral a más tardar el día 17 de cada mes)
El 2% del salario base de cotización para retiro lo paga únicamente el patrón.
La pensión de retiro se otorga a la persona asegurada antes de cumplir los 60 años, siempre y cuando la pensión que se le calcule en el sistema de renta vitalicia sea superior en más del 30% de la pensión garantizada.
5.2 Cesantía en Edad Avanzada y Vejez
(Pago bimestral a más tardar el día 17 de cada mes)
Si la persona es mayor de 60 años y menor de 65 años y se encuentra dada de baja del régimen obligatorio, debe solicitar una pensión de Cesantía en Edad Avanzada. Si la persona tiene 65 años de edad o más y se dio de baja del régimen obligatorio después de cumplir los 65 años, debe solicitar una pensión de Vejez.
INFONAVIT
Amortizaciones: Son los pagos descontados o retenidos por el patrón directamente sobre la nómina del empleado, y al igual que con las cuotas del IMSS, el patrón debe enterarlos al instituto de manera bimestral (a más tardar el día 17 de cada bimestre).
Tipos de Créditos INFONAVIT y Cálculo de Descuento
El monto del descuento depende del tipo de crédito otorgado:
- Créditos en porcentaje: El descuento se calcula en función del salario base de cotización del trabajador.
- Créditos con cuota fija en pesos mensual: El descuento se establece en función de la cantidad de dinero que el trabajador haya solicitado prestado.
- Créditos con factor de descuento en veces el salario mínimo (VSM): El monto del descuento se establece en función de un porcentaje determinado del salario mínimo.
Regímenes de Amortización de Créditos INFONAVIT
Según las Reglas para el Otorgamiento de Créditos del INFONAVIT, existen dos formas de cubrir un crédito de vivienda:
- Régimen Ordinario de Amortización (ROA): Se refiere a los trabajadores que tienen una relación laboral vigente con un empleador.
- Régimen Especial de Amortización (REA): Para los casos de pérdida de empleo, jubilación, cambio de trabajo o cuando el patrón no está obligado a realizar aportaciones al Instituto.
Fórmula para el Cálculo de la Amortización de Crédito Bimestral
La fórmula para el cálculo de la amortización de crédito bimestral varía según el tipo de crédito otorgado y consta de:
- En porcentaje: (SBC × Porcentaje a descontar × Días cotizados en el bimestre) + Seguro de daños a la vivienda.
- En cuota fija: ((Cuota fija × 2) ÷ Días del bimestre) × Días del bimestre cotizados) + Seguro de daños a la vivienda = Deducción.
- En factor de descuento en VSM (veces salario mínimo): ((Cuota fija × 2) ÷ Días del bimestre) × Días del bimestre cotizados) + Seguro de daños a la vivienda = Deducción.
Aportaciones INFONAVIT: Las aportaciones al INFONAVIT se realizan de manera bimestral y tienen el fin de crear un fondo que pueda ayudar a los colaboradores de la organización a adquirir o remodelar su domicilio. Cada aportación del patrón debe ser el 5% con respecto al Salario Base de Cotización de cada uno de los empleados y debe ser enterada a más tardar el día 17 de cada bimestre.
Derechos: «Las contribuciones establecidas en la ley por el uso o aprovechamiento de los bienes del dominio público de la Nación, así como por recibir servicios que presta el Estado en sus funciones de derecho público, excepto cuando se presten por organismos descentralizados. También son derechos las contribuciones a cargo de los organismos públicos descentralizados por prestar servicios exclusivos del Estado.»
Contribuciones Especiales o de Mejoras:
Según Luigi Einaudi: «Podemos definir la contribución (especial) como la compensación con carácter obligatorio al ente público con ocasión de una obra realizada por él con fines de utilidad pública, pero que proporciona también ventajas especiales a los particulares propietarios de bienes inmuebles.»
Tributos o Contribuciones Accesorias:
Todos aquellos ingresos tributarios no clasificables como impuestos, aportaciones de seguridad social, derechos o contribuciones especiales. Dentro de este rubro, destacan de manera especial:
- a) Multas: Impuestas por infracción a leyes fiscales y administrativas.
- b) Recargos: Montos cobrados por el pago extemporáneo de créditos fiscales.
- c) Actualizaciones.
- d) Gastos de Ejecución.
- e) Gastos de Notificación.
Ingresos No Tributarios
Ingresos no tributarios: Aquellos que provienen de las diversas fuentes de financiamiento a las que el Estado se ve precisado a recurrir, además de las prestaciones fiscales recibidas de los contribuyentes, para integrar el Presupuesto Nacional. Los ingresos no tributarios son susceptibles de dividirse en los siguientes rubros:
Empréstitos: Se denomina empréstitos a los créditos o financiamientos otorgados a un gobierno por:
- Estados extranjeros,
- Organismos internacionales de crédito (Fondo Monetario Internacional, Banco Interamericano de Desarrollo, Eximbank, Banco Mundial, etc.),
- Instituciones privadas de crédito extranjeras o por instituciones nacionales de crédito.
Que satisfacen determinadas necesidades presupuestales y generan para el gobierno receptor la obligación, a un cierto plazo, de restituirlos adicionados con una sobreprima por concepto de intereses y cuyo conjunto, aunado a otras disposiciones crediticias (emisión de bonos, moratorias e indemnizaciones diferidas por expropiaciones y nacionalizaciones), forma la deuda pública de un país.
Emisión de Moneda: La moneda es el instrumento cambiario, al grado que las reservas de las que cada país pueda disponer en un momento dado, sirven de pauta exacta para conocer su situación financiera tanto interna como externa.
Emisión de Bonos de Deuda Pública: Son instrumentos negociables que el Estado coloca entre el público inversionista, recibiendo a cambio un cierto precio y como contraprestación, la obligación de reembolsar su importe más una prima o sobreprecio en un plazo determinado. La emisión de Bonos de Deuda Pública es un ingreso financiero del Estado, en la misma medida en que los empréstitos lo son: todo depende de su productividad.
Amortización y Conversión de la Deuda Pública:
Por amortización entendemos el pago oportuno y a su vencimiento de las exhibiciones correspondientes a capital e intereses estipuladas en los empréstitos y bonos, contratados y emitidos por el Estado. La conversión es un tipo especial de consolidación llevada a cabo antes del vencimiento de los préstamos existentes, para obtener algunas ventajas para el tesoro.
Moratorias y Renegociaciones:
Las primeras consisten en ciertas ampliaciones de los plazos inicialmente convenidos para el pago de las exhibiciones correspondientes a capital e intereses, en tanto que las segundas implican un replanteamiento total de la operación de que se trate, no solamente en lo tocante a capital e intereses, sino también en los aspectos relacionados con garantías, programas de inversión, vigilancia de la correcta aplicación de los fondos suministrados, etc.
Devaluación y Depreciación:
La devaluación es la pérdida de valor de la moneda nacional en relación con las extranjeras, lo cual puede ocurrir por un gran número de motivos.
La depreciación supone la disminución de valor de un bien propiedad de una empresa, debido al desgaste por el uso, al paso del tiempo o a la obsolescencia.
Aprovechamientos: Son todos los ingresos de la Hacienda Pública que no quedan comprendidos dentro de la clasificación de impuestos, derechos, productos y participaciones.
Ejemplos: Indemnizaciones, multas, recargos, rendimientos de excedentes de Petróleos Mexicanos, donativos, reintegros.
Productos: Según el artículo 3 del Código Fiscal de la Federación, estos son las contraprestaciones que recibe el Estado por los servicios que presta en funciones de derecho privado, así como por el uso, aprovechamiento o enajenación de bienes de dominio privado. Ejemplos: edificios, mercados, instalaciones, centros sociales.
Tipos de ingresos de los que provienen los productos: Explotación de tierras y aguas, arrendamiento de tierras, locales y construcciones, enajenación de bienes (muebles e inmuebles), intereses de valores, créditos y bonos.
Expropiaciones: La expropiación es un instrumento que busca lograr el equilibrio entre el interés público y el interés de los propietarios. Uno de los elementos fundamentales para alcanzar este equilibrio es la garantía de que la expropiación solo puede llevarse a cabo mediante indemnización. Un ejemplo de expropiación tiene lugar cuando el Estado decide construir una autopista y debe demoler viviendas para su trazado.
Decomisos: Sanción que priva a una persona de bienes muebles, sin indemnización, por la infracción de una ley administrativa, o en los casos indicados en el Código Penal, en que una autoridad judicial, como medida de seguridad, se incauta de los instrumentos y efectos del delito.
Nacionalizaciones: La nacionalización es el proceso por el cual las empresas privadas pasan a ser propiedad del gobierno y están bajo su control. Suele ocurrir en los países en desarrollo cuando los gobiernos desean tomar el control de una industria rentable para crear un flujo de ingresos considerable para quienes están en el poder. Ejemplo: distribución de electricidad.
Privatización: Se trata de un acto jurídico unilateral por virtud del cual el Estado se desprende de empresas o entidades que había tenido bajo su control exclusivo, para transferirlas, a cambio de un precio, a inversionistas privados, nacionales o extranjeros, con el objeto de que en lo sucesivo las actividades de esas empresas o entidades sean desarrolladas dentro de un marco de economía de mercado, sin intervención alguna por parte del propio Estado. Ejemplo: Telmex.