Fundamentos del Derecho Agrario: Posesión, Propiedad y Funciones en Bolivia

Ruffo Nivardo Vásquez Mercado: Conceptos Fundamentales de la Posesión Agraria

Según Ruffo Nivardo Vásquez Mercado, la posesión agraria se traduce en el ejercicio de la actividad agraria o en la explotación de la tierra de forma continua y racional.

La Posesión Agraria como Hecho Jurídico

La posesión agraria es un hecho que se basa en circunstancias materiales y está protegida por la ley, con independencia de que exista o no el derecho subyacente.

Elementos de la Posesión Agraria

Los elementos clave de la posesión agraria son el Corpus, el Animus, y las interpretaciones de la Teoría Subjetiva y la Teoría Objetiva.

  • Corpus

    Es el poder físico o la potestad de hecho sobre la cosa.

  • Animus

    Es la existencia de una voluntad especial en quien pretende poseer.

  • Teoría Subjetiva

    Se refiere a la situación en la que el sujeto, aun sabiendo que su acción es incorrecta, la lleva a cabo.

  • Teoría Objetiva

    Es la voluntad consciente de estar en una relación de dominio sobre la cosa, lo que diferencia la detentación y la posesión de la mera necesidad.

¿Qué es la Posesión Legal Agraria?

Es la posesión o el asentamiento de un terreno por parte de una persona (ya sea una comunidad o un individuo). En el caso de individuos, se obtiene pagando el precio de la tierra, fijado por la Superintendencia Agraria; y en el caso de comunidades, presentando únicamente su personalidad jurídica.

La Posesión Ilegal Agraria

En la posesión ilegal, no es necesario que se presenten los elementos del corpus, ya que no se acredita la existencia de actos posesorios que cumplan con la continuidad establecida para su validez, evidenciándose así la mala fe.

Definición de Animus según Ruffo Nivardo Vásquez Mercado

Ruffo Nivardo Vásquez Mercado señala que el animus es el “elemento intelectual o psíquico de la posesión, que mueve al ocupante del bien y se caracteriza por la intención de apropiarse económicamente de los frutos producidos en el bien, como consecuencia del ciclo biológico que cumple el recurso tierra”.

Diferencias entre la Posesión Agraria y la Posesión Civil

  • La posesión agraria se demuestra trabajando la tierra y cumpliendo con la función económica social y la función social.
  • El sujeto de la posesión agraria puede ser individual o colectivo.
  • En la posesión agraria, el elemento material es la tierra y los recursos naturales, como elemento físico material.
  • La posesión agraria está dirigida a la protección de intereses sociales y se rige por disposiciones especiales agrarias.

La Posesión Agraria como Derecho Subjetivo

La posesión agraria se considera un derecho subjetivo, ya que reúne todos sus elementos esenciales. Es un interés tutelado jurídicamente, una relación que el ordenamiento jurídico protege, incluso frente al propietario de la cosa.

¿Cómo se Extingue la Posesión Agraria?

La posesión agraria puede extinguirse por diversas causas:

  • Cuando el corpus o el animus se pierde, ya sea de manera permanente o temporal.
  • Por abandono de la propiedad agraria.
  • Por la imposibilidad de ejercerla o trabajarla.
  • Por disposición de la entidad ejecutora del proceso de saneamiento.
  • Por disposición jurisdiccional.
  • Por extinción del objeto por causas naturales.

La Propiedad Agraria

La propiedad agraria es el ejercicio de la actividad agraria o la explotación de la tierra de forma continua y racional, que cumpla la función económica social y la función social. Se toma en cuenta que la tierra es un bien de naturaleza productiva y que cumple un ciclo biológico.

Clasificación de la Propiedad Agraria Individual según la CPE

La Constitución Política del Estado (CPE) clasifica la propiedad agraria individual en pequeña, mediana y empresarial, en función de tres criterios:

  • En función de la superficie.
  • En función de la producción.
  • En función de los criterios de desarrollo.

Clasificación de la Propiedad Agraria según la Ley 1715

La Ley 1715 clasifica la propiedad agraria en las siguientes categorías:

  • Solar Campesino (también conocido como Forma de Propiedad).
  • Pequeña Propiedad.
  • Mediana Propiedad.
  • Empresa Agropecuaria.
  • Tierras Comunitarias de Origen (TCO).
  • Propiedad Comunitaria.

¿Qué es la Pequeña Propiedad Agraria?

La pequeña propiedad agraria posee las siguientes características:

  • Es indivisible e inembargable.
  • Constituye patrimonio familiar.
  • Es una fuente de subsistencia para el titular y su familia.
  • No está sujeta al pago de impuestos a la propiedad agraria.

Formas de Adquirir la Propiedad Agraria

Las principales formas de adquirir la propiedad agraria son:

  • Saneamiento.
  • Posesión.
  • Dotación.
  • Adjudicación.
  • Compra y Venta.
  • Sucesión Hereditaria.

¿Qué es la Dotación Agraria?

La dotación es una forma de adquirir la propiedad agraria a título gratuito en favor de comunidades campesinas, pueblos y comunidades indígena originarias (asentamientos humanos), representados por sus sindicatos campesinos o autoridades naturales.

¿Qué es la Función Social (FS)?

La Función Social (FS) es un elemento fundamental que garantiza el acceso a la tierra o el derecho de propiedad agraria, bajo el principio de «la tierra es para quien la trabaja». Consiste en el trabajo agrario que garantiza la seguridad alimentaria.

¿Qué es la Función Económica Social (FES)?

La Función Económica Social (FES) es el empleo sustentable de la tierra en el desarrollo de actividades productivas conforme a su capacidad de uso mayor, en beneficio de la sociedad, del interés colectivo y de su propietario.

Importancia de la Verificación en Campo de la FS o FES

La verificación en campo es el principal medio de prueba para el cumplimiento de la FS o FES, bajo el principio de verdad material.

Aspectos a Verificar en el Cumplimiento de la Función Social (Actividad Ganadera o Agrícola)

Para la verificación del cumplimiento de la Función Social, ya sea en actividad ganadera o agrícola, se deben verificar y considerar los siguientes aspectos:

  • Existencia de cabezas de ganado.
  • Pasto sembrado.
  • Infraestructura adecuada.
  • Residencia o existencia de actividad agrícola.
  • Mejoras o áreas de descanso.

Consideraciones Integrales para la Verificación de la FES en Mediana y Gran Propiedad

Para determinar la superficie que cumple la FES en la mediana y gran propiedad, se deben considerar de manera integral:

  • Áreas efectivamente aprovechadas.
  • Áreas de descanso (solo en predios con actividad agrícola).
  • Áreas de proyección de crecimiento.
  • Servidumbres ecológico-legales (cuando estén bajo manejo y regularmente autorizadas).

Verificación en Áreas Efectivamente Aprovechadas (Actividad Ganadera)

En la actividad ganadera, se debe verificar:

  • El número de cabezas de ganado mayor y menor de propiedad del interesado, realizando un conteo en el predio y constatando la marca y el registro respectivo.
  • Las áreas con establecimientos silvopastoriles, pastizales cultivados, el área de la infraestructura, y la superficie y ubicación de cada una de estas áreas.

¿Qué son las Áreas de Descanso?

Las áreas de descanso son aquellas de rotación que, después de haber sido cultivadas con mejoras e inversiones productivas, se dejan de trabajar para su recuperación y posterior uso, siendo claramente identificables.

¿Qué son los Desmontes?

Los desmontes son áreas que serán aprovechadas para diversos fines, están bajo la Ley Forestal y deben ser autorizados por la autoridad competente.

Verificación de la FES en Casos de Desastres Naturales

Para la verificación de la FES en caso de desastres o catástrofes naturales, el INRA debe identificar geográficamente, utilizando medios técnicos actuales, la aplicación de un procedimiento especial de verificación de acuerdo con el desastre o catástrofe.

Animales de Corral y su Consideración en la Actividad Agraria

¿Los animales de corral como aves y cerdos son considerados parte de las actividades complementarias a la agricultura y no se consideran actividad ganadera ni carga animal? Falso.

¿Qué son los Desmontes? (Repetido)

Los desmontes son áreas que serán aprovechadas para diversos fines, están bajo la Ley Forestal y deben ser autorizados por la autoridad competente.

Verificación de la FES en Casos de Desastres Naturales (Repetido)

Para la verificación de la FES en caso de desastres o catástrofes naturales, el INRA debe identificar geográficamente, utilizando medios técnicos actuales, la aplicación de un procedimiento especial de verificación de acuerdo con el desastre o catástrofe.

Animales de Corral y su Consideración en la Actividad Agraria (Repetido)

¿Los animales de corral como aves y cerdos son considerados parte de las actividades complementarias a la agricultura y no se consideran actividad ganadera ni carga animal? Falso.