Casos Prácticos de Asesinato en Derecho Penal: Calificación Jurídica y Consecuencias Legales
CASO 1: Juan asesina a Javier
1. Sujetos del delito
- Sujeto activo: Juan, quien realiza la acción delictiva que provoca la muerte de Javier.
- Sujeto pasivo: Javier, víctima del delito.
2. Calificación jurídica de los hechos
a. Tipicidad
Elemento objetivo
- La conducta de Juan encaja en la descripción típica del asesinato conforme al artículo 139.1.1.º del Código Penal (CP), al haber atacado a la víctima en circunstancias que impidieron su defensa.
- Se verifica una acción dolosa de matar, mediante el uso de un arma de fuego, disparando a corta distancia en una situación de total indefensión de la víctima.
- El resultado material de la conducta es la muerte de Javier, configurándose así el tipo penal de asesinato.
Elemento subjetivo
- Juan actuó con dolo directo de primer grado, es decir, con plena intención de causar la muerte de la víctima.
- La planificación previa del crimen, evidenciada por la compra del arma y la elección de un lugar apartado, refuerza la existencia de premeditación.
b. Antijuridicidad
- No concurren causas de justificación que excluyan la ilicitud del acto, como la legítima defensa (art. 20.4 CP) o el estado de necesidad (art. 20.5 CP).
- La acción de Juan atenta contra el derecho fundamental a la vida, protegido en el artículo 15 de la Constitución Española.
c. Culpabilidad
- Juan es plenamente imputable, al no existir indicios de alteración mental que anulen su capacidad de entender y querer.
- Actuó con conocimiento de la ilicitud de su conducta y con voluntad de cometer el hecho, sin concurrir causas de exculpación.
d. Punibilidad
- La acción delictiva es punible conforme al ordenamiento jurídico, sin que exista ninguna causa que excluya la sanción penal.
3. Circunstancias modificativas de la responsabilidad penal
- Agravante de alevosía (art. 139.1.1.º CP):
- Se acredita que Javier fue atacado en una situación de total indefensión, sin posibilidad de reaccionar o protegerse.
- La alevosía transforma el delito de homicidio en asesinato.
- Atenuante de confesión (art. 21.4 CP):
- Juan se presentó ante las autoridades y confesó espontáneamente los hechos, colaborando en la localización del cadáver.
4. Pena aplicable
- Conforme al artículo 139 CP, el asesinato se sanciona con una pena de 15 a 25 años de prisión.
- Al aplicarse la atenuante de confesión, se puede reducir la pena en un grado, conforme al artículo 66 CP, estableciéndose una condena de 10 años y 6 meses a 15 años de prisión.
CASO 2: Enrique asesina a María
1. Sujetos del delito
- Sujeto activo: Enrique V. L., quien ejecuta la acción homicida.
- Sujeto pasivo: María, víctima del delito.
2. Calificación jurídica de los hechos
a. Tipicidad
Elemento objetivo
- Enrique propina 54 puñaladas a María, además de múltiples golpes, prolongando su sufrimiento innecesariamente.
- La brutalidad del ataque y la repetición de heridas más allá de lo necesario para causar la muerte evidencian la presencia del ensañamiento.
- Se configura un delito de asesinato con ensañamiento (art. 139.1.3.º CP).
Elemento subjetivo
- Actuó con dolo directo de primer grado, con plena conciencia de su acción y con la voluntad de causar la muerte.
b. Antijuridicidad
- No existen causas de justificación que eximan la ilicitud del acto.
c. Culpabilidad
- Enrique es plenamente responsable penalmente, sin que haya circunstancias que excluyan o disminuyan su culpabilidad.
d. Punibilidad
- Se trata de un delito consumado y punible.
3. Circunstancias modificativas de la responsabilidad penal
- Agravante de ensañamiento (art. 22.5 CP):
- Enrique incrementó deliberadamente el sufrimiento de la víctima antes de su fallecimiento, lo que agrava la pena.
4. Pena aplicable
- 25 años de prisión, conforme al artículo 139 CP.
5. Forma del delito
- Se trata de un asesinato consumado, ya que la víctima muere como resultado directo de la agresión.
CASO 3: Homicidio por encargo
1. Sujetos del delito
- Sujeto activo:
- Juan A. A. (autor intelectual del asesinato, quien encarga el crimen).
- Luis B. B. (autor material, quien ejecuta la muerte de Francisco).
- Antonio C. C. (cooperador necesario, facilita información clave).
- Sujeto pasivo: Francisco N. N., la víctima.
2. Calificación jurídica de los hechos
a. Tipicidad
Elemento objetivo
- Francisco es asesinado mediante veneno, sin posibilidad de defensa, lo que configura la alevosía (art. 22.1 CP).
- Juan A. A. pagó 12.000 euros a Luis B. B. por la ejecución del crimen, encuadrándose en el asesinato por precio o recompensa (art. 139.1.3.º CP).
Elemento subjetivo
- Existe un dolo directo de primer grado en los tres intervinientes, ya que cada uno conocía su rol en el crimen.
b. Antijuridicidad
- No existen causas de justificación.
c. Culpabilidad
- Todos los implicados son plenamente imputables.
d. Punibilidad
- Se trata de un delito consumado y punible.
3. Circunstancias modificativas de la responsabilidad penal
- Agravante de precio o recompensa (art. 139.1.3.º CP).
- Agravante de alevosía (art. 22.1 CP).
4. Pena aplicable
- Prisión permanente revisable (art. 140.1.2.º CP).
- Antonio C. C. recibiría una pena inferior como cooperador necesario.
5. Forma del delito
- Se trata de un asesinato consumado, pues la víctima fallece como consecuencia directa de la acción delictiva.