Casos Prácticos de Asesinato en Derecho Penal: Calificación Jurídica y Consecuencias Legales

CASO 1: Juan asesina a Javier

1. Sujetos del delito

  • Sujeto activo: Juan, quien realiza la acción delictiva que provoca la muerte de Javier.
  • Sujeto pasivo: Javier, víctima del delito.

2. Calificación jurídica de los hechos

a. Tipicidad

Elemento objetivo
  • La conducta de Juan encaja en la descripción típica del asesinato conforme al artículo 139.1.1.º del Código Penal (CP), al haber atacado a la víctima en circunstancias que impidieron su defensa.
  • Se verifica una acción dolosa de matar, mediante el uso de un arma de fuego, disparando a corta distancia en una situación de total indefensión de la víctima.
  • El resultado material de la conducta es la muerte de Javier, configurándose así el tipo penal de asesinato.
Elemento subjetivo
  • Juan actuó con dolo directo de primer grado, es decir, con plena intención de causar la muerte de la víctima.
  • La planificación previa del crimen, evidenciada por la compra del arma y la elección de un lugar apartado, refuerza la existencia de premeditación.

b. Antijuridicidad

  • No concurren causas de justificación que excluyan la ilicitud del acto, como la legítima defensa (art. 20.4 CP) o el estado de necesidad (art. 20.5 CP).
  • La acción de Juan atenta contra el derecho fundamental a la vida, protegido en el artículo 15 de la Constitución Española.

c. Culpabilidad

  • Juan es plenamente imputable, al no existir indicios de alteración mental que anulen su capacidad de entender y querer.
  • Actuó con conocimiento de la ilicitud de su conducta y con voluntad de cometer el hecho, sin concurrir causas de exculpación.

d. Punibilidad

  • La acción delictiva es punible conforme al ordenamiento jurídico, sin que exista ninguna causa que excluya la sanción penal.

3. Circunstancias modificativas de la responsabilidad penal

  • Agravante de alevosía (art. 139.1.1.º CP):
    • Se acredita que Javier fue atacado en una situación de total indefensión, sin posibilidad de reaccionar o protegerse.
    • La alevosía transforma el delito de homicidio en asesinato.
  • Atenuante de confesión (art. 21.4 CP):
    • Juan se presentó ante las autoridades y confesó espontáneamente los hechos, colaborando en la localización del cadáver.

4. Pena aplicable

  • Conforme al artículo 139 CP, el asesinato se sanciona con una pena de 15 a 25 años de prisión.
  • Al aplicarse la atenuante de confesión, se puede reducir la pena en un grado, conforme al artículo 66 CP, estableciéndose una condena de 10 años y 6 meses a 15 años de prisión.

CASO 2: Enrique asesina a María

1. Sujetos del delito

  • Sujeto activo: Enrique V. L., quien ejecuta la acción homicida.
  • Sujeto pasivo: María, víctima del delito.

2. Calificación jurídica de los hechos

a. Tipicidad

Elemento objetivo
  • Enrique propina 54 puñaladas a María, además de múltiples golpes, prolongando su sufrimiento innecesariamente.
  • La brutalidad del ataque y la repetición de heridas más allá de lo necesario para causar la muerte evidencian la presencia del ensañamiento.
  • Se configura un delito de asesinato con ensañamiento (art. 139.1.3.º CP).
Elemento subjetivo
  • Actuó con dolo directo de primer grado, con plena conciencia de su acción y con la voluntad de causar la muerte.

b. Antijuridicidad

  • No existen causas de justificación que eximan la ilicitud del acto.

c. Culpabilidad

  • Enrique es plenamente responsable penalmente, sin que haya circunstancias que excluyan o disminuyan su culpabilidad.

d. Punibilidad

  • Se trata de un delito consumado y punible.

3. Circunstancias modificativas de la responsabilidad penal

  • Agravante de ensañamiento (art. 22.5 CP):
    • Enrique incrementó deliberadamente el sufrimiento de la víctima antes de su fallecimiento, lo que agrava la pena.

4. Pena aplicable

  • 25 años de prisión, conforme al artículo 139 CP.

5. Forma del delito

  • Se trata de un asesinato consumado, ya que la víctima muere como resultado directo de la agresión.

CASO 3: Homicidio por encargo

1. Sujetos del delito

  • Sujeto activo:
    • Juan A. A. (autor intelectual del asesinato, quien encarga el crimen).
    • Luis B. B. (autor material, quien ejecuta la muerte de Francisco).
    • Antonio C. C. (cooperador necesario, facilita información clave).
  • Sujeto pasivo: Francisco N. N., la víctima.

2. Calificación jurídica de los hechos

a. Tipicidad

Elemento objetivo
  • Francisco es asesinado mediante veneno, sin posibilidad de defensa, lo que configura la alevosía (art. 22.1 CP).
  • Juan A. A. pagó 12.000 euros a Luis B. B. por la ejecución del crimen, encuadrándose en el asesinato por precio o recompensa (art. 139.1.3.º CP).
Elemento subjetivo
  • Existe un dolo directo de primer grado en los tres intervinientes, ya que cada uno conocía su rol en el crimen.

b. Antijuridicidad

  • No existen causas de justificación.

c. Culpabilidad

  • Todos los implicados son plenamente imputables.

d. Punibilidad

  • Se trata de un delito consumado y punible.

3. Circunstancias modificativas de la responsabilidad penal

  • Agravante de precio o recompensa (art. 139.1.3.º CP).
  • Agravante de alevosía (art. 22.1 CP).

4. Pena aplicable

  • Prisión permanente revisable (art. 140.1.2.º CP).
  • Antonio C. C. recibiría una pena inferior como cooperador necesario.

5. Forma del delito

  • Se trata de un asesinato consumado, pues la víctima fallece como consecuencia directa de la acción delictiva.