Fundamentos de Títulos de Crédito y Garantías Mercantiles: Acciones, Obligaciones y Tipos de Financiamiento
I. Acciones (Títulos de Capital)
Definición y Fundamento
Qué son: Parte del capital social de una empresa, constituyendo un título que otorga derechos de socio.
Fundamento Legal: Artículo 125 de la Ley General de Sociedades Mercantiles (LGSM).
Requisitos Esenciales del Título
- Datos del accionista.
- Datos de la sociedad.
- Capital, valor, serie y número.
- Derechos que confiere.
- Firma de los administradores.
Derechos del Accionista
- Voto.
- Dividendos.
- Preferencia (en suscripción de nuevas acciones).
- Retiro.
- Venta.
Diferencia entre Títulos
- Acción: Título definitivo.
- Certificado Provisional: Documento temporal.
Usos de la Acción
- Se cede.
- Se endosa.
- Puede servir como garantía.
Tipos de Acciones
- Pagadoras: No totalmente pagadas.
- Liberadas: Ya pagadas en su totalidad.
- Voto Limitado.
- Trabajo: (Art. 114 LGSM).
- Goce: (Art. 137 LGSM).
II. Obligaciones (Bonos Corporativos)
Definición y Fundamento
Qué son: Deuda emitida por sociedades mercantiles para obtener recursos financieros.
Fundamento Legal: Artículo 210 de la Ley General de Títulos y Operaciones de Crédito (LGTOC).
Contenido Esencial
Nombre, domicilio, objeto social, activos/pasivos, monto de la emisión, intereses, plazo, garantías, firma de administradores y del representante común.
Conversión a Acciones
Artículo 210 BIS LGTOC establece que el obligacionista puede solicitar la conversión de su título de deuda a acciones, si así lo permite la emisión.
Proceso de Creación
- Causa de emisión.
- Acta de emisión.
- Colocación en el mercado (al portador o dirigidas).
III. Certificados de Depósito (Títulos de Mercancía)
Emisión y Fundamento
Quién los emite: Almacenes Generales de Depósito.
Fundamento Legal: Artículos 229 y 231 LGTOC.
Nota Importante: Tras la reforma de 2024, solo se emiten de forma electrónica.
Qué Acreditan
- La existencia de mercancía depositada.
- La posibilidad de un crédito prendario asociado.
Requisitos Principales
Mención de certificado, firma electrónica, lugar, fecha, número, mercancía detallada, plazo, datos del depositante, impuestos, seguro, adeudos, tipo de bodega, si es negociable o no, beneficiario, y si garantiza otra obligación.
Tipos de Mercancía Depositada
- Genérica: Puede devolverse un equivalente de la misma especie y calidad.
- Específica: Debe devolverse exactamente la misma mercancía depositada.
IV. Bonos de Prenda (Situación Actual)
Los bonos de prenda, antes de la reforma, permitían obtener créditos usando la mercancía depositada como garantía. Derivaban directamente del certificado de depósito.
Situación Actual: Hoy en día, la prenda se constituye mediante una notación electrónica en el propio certificado de depósito.
V. Prestador de Servicios de Certificación (PSC)
Fundamento Legal: Artículo 89 del Código de Comercio.
Persona autorizada para:
- Expedir certificados electrónicos.
- Realizar endosos electrónicos.
- Hacer notaciones de créditos prendarios.
VI. Ejecución del Crédito Prendario
Fundamento Legal: Artículos 242–244 LGTOC.
- El acreedor puede exigir el pago antes del vencimiento si existen causas justificadas.
- Si el deudor no paga, se procede al remate de la mercancía.
Orden de Pago en el Remate
- Impuestos y derechos fiscales.
- Tarifas y gastos del almacén.
- Crédito prendario (monto principal e intereses).
VII. Tipos de Almacenes Generales de Depósito
Fundamento Legal: Artículos 11 y 12 de la Ley de Organizaciones y Actividades Auxiliares de Crédito.
Almacén Tipo 4
Es el único tipo de almacén que está facultado para otorgar crédito directo, actuando como acreedor prendario.
Retiros Parciales
Están permitidos si existe una “cómoda división” de la mercancía y se realizan las notaciones correspondientes en el certificado de depósito.
VIII. Tipos de Crédito Mercantil
1. Crédito Quirografario
- Se otorga sin garantía real específica.
- Se basa en la solvencia y confianza del deudor.
- Plazo máximo: 1 año.
- Documentado generalmente con pagaré (Art. 170 LGTOC).
- Su incumplimiento puede configurar fraude específico (Art. 386 del Código Penal Federal).
2. Crédito para Bienes de Consumo Duradero
- Destinado a la compra de automóviles u otros objetos duraderos.
- Se documenta mediante pagarés mensuales o un único pagaré con pagos sucesivos.
- Garantía: Factura del bien o prenda sin transmisión de posesión.
- Se pueden cobrar intereses ordinarios por adelantado.
- Plazo máximo: 2 años.
3. Descuento de Títulos de Crédito
- El banco o institución financiera compra un título (ej. pagaré) antes de su vencimiento.
- Descuenta una comisión (aproximadamente 15–20%).
- El cliente obtiene liquidez inmediata.
- El cliente que descuenta el título es deudor solidario.
- Requiere la existencia de un contrato y una línea de crédito preestablecida.
4. Crédito de Habilitación o Avío
Fundamento Legal: Artículo 321 LGTOC.
- Destinado a la adquisición de materias primas, pago de jornales y gastos directos de producción.
- Requiere contrato formal.
- Garantía: Hipotecaria o prendaria sobre los bienes adquiridos o producidos.
- Si existe garantía real, requiere escritura pública e inscripción en el Registro Público.
5. Crédito Refaccionario
Fundamento Legal: Artículo 323 LGTOC.
- Destinado a la compra de maquinaria, animales de trabajo, insumos y refacciones.
- Garantía: Hipotecaria o prendaria.
- Suele tener un plazo largo (típicamente 10–15 años).
6. Crédito Hipotecario
- Destinado a la adquisición o construcción de inmuebles.
- Tipos: Interés social, medio o residencial.
- Proceso: Contrato, elevación a escritura pública e inscripción en el Registro Público.
- Plazo largo.
Resumen de Instrumentos Clave
- Acciones: Representan capital social y otorgan derechos de socio.
- Obligaciones: Representan deuda corporativa.
- Certificado de Depósito: Acredita la existencia de mercancía y permite la constitución de prenda.
- Bonos de Prenda: Instrumento obsoleto; la garantía prendaria ahora es una notación electrónica.
- Almacenes Generales de Depósito: Custodian mercancías y pueden otorgar crédito (solo el Tipo 4).
- Prestador de Certificación: Realiza endosos y notaciones electrónicas de títulos.