Fundamentos y Procedimientos de la Fiscalización Superior en México
Cuestionario en Materia de Fiscalización
1. ¿Quién revisa la Cuenta Pública? Define Cuenta Pública.
De acuerdo con el artículo 74, fracción VI de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, la revisión corresponde a la Cámara de Diputados. La Cuenta Pública es el documento referido en dicho artículo, así como el informe que, conforme a las constituciones locales, rinden las entidades federativas y los municipios.
2. ¿En qué casos, durante el examen, se determinan responsabilidades?
Se determinan responsabilidades si del examen aparecen discrepancias entre las cantidades correspondientes a los ingresos o egresos con relación a los conceptos y partidas respectivas, o si no existe exactitud o justificación en los ingresos obtenidos o en los gastos realizados.
3. ¿Cuándo se presenta la Cuenta Pública y ante quién?
Deberá ser presentada ante la Cámara de Diputados a más tardar el 30 de abril del año siguiente al ejercicio fiscal correspondiente.
4. ¿En qué fecha concluye la revisión de la Cuenta Pública?
La Cámara concluirá la revisión de la Cuenta Pública a más tardar el 31 de octubre del año siguiente al de su presentación.
5. ¿Cuáles son los principios de la función de fiscalización?
Según el artículo 79 constitucional, la función de fiscalización se ejerce bajo los siguientes principios:
- Legalidad: Actuación conforme a derecho.
- Definitividad: Carácter concluyente de las resoluciones.
- Imparcialidad: Objetividad en el ejercicio de la función.
- Confiabilidad: Certeza en los resultados obtenidos.
6. ¿Qué fiscaliza la Auditoría Superior de la Federación (ASF)?
La ASF tiene las siguientes facultades de fiscalización:
- Fiscalizar en forma posterior los ingresos, egresos y deuda.
- Las garantías otorgadas por el Gobierno Federal respecto a empréstitos de Estados y Municipios.
- El manejo, custodia y aplicación de fondos y recursos de los Poderes de la Unión y entes públicos federales.
- Realizar auditorías de desempeño sobre el cumplimiento de objetivos en programas federales.
- Fiscalizar directamente los recursos federales administrados por entidades federativas, municipios y demarcaciones territoriales.
- Fiscalizar las participaciones federales, ya sea en coordinación con entidades locales o de manera directa.
- Fiscalizar el destino de recursos en Estados y Municipios con garantía de la Federación.
- Fiscalizar recursos federales destinados a cualquier entidad, persona física o moral, pública o privada, incluyendo fideicomisos y mandatos.
- Solicitar y revisar información de ejercicios anteriores al de la Cuenta Pública en revisión.
- Revisar durante el ejercicio fiscal en curso, derivado de denuncias y previa autorización de su titular.
- Investigar actos u omisiones que impliquen irregularidades o conductas ilícitas.
- Efectuar visitas domiciliarias.
- Promover responsabilidades ante el Tribunal Federal de Justicia Administrativa y la Fiscalía Especializada en Combate a la Corrupción.
7. ¿Cuántos informes individuales elabora la ASF y cuáles son sus fechas de entrega?
Se elaboran 3 informes, los cuales se entregan a la Cámara de Diputados el último día hábil de los meses de junio y octubre, así como el 20 de febrero del año siguiente al de la presentación de la Cuenta Pública.
8. ¿Cuándo entrega la ASF el Informe General Ejecutivo?
Se entrega el 20 de febrero del año siguiente al de la presentación de la Cuenta Pública.
9. Plazos para la atención de informes individuales
La ASF envía los informes a las entidades fiscalizadas a más tardar 10 días hábiles después de haber sido entregados a la Cámara de Diputados. Las entidades cuentan con un plazo de 30 días hábiles para presentar información y consideraciones pertinentes.
10. ¿Qué informe emite la ASF los días 01 de mayo y noviembre?
Se emite un informe sobre la situación que guardan las observaciones, recomendaciones y acciones promovidas, correspondientes a cada uno de los informes individuales de auditoría.