Fundamentos del Derecho Mercantil y Estructura de las Sociedades
Normas del Sistema Mercantil
- Código de Comercio
- LGSM (Ley General de Sociedades Mercantiles)
- Ley de Sociedades Corporativas
Sociedad
Contrato de dos o más socios que ponen en común dinero, bienes o trabajo para obtener ganancias mediante una actividad y con la finalidad de asociarse.
- Como actividad: Se constituye para funcionar y relacionarse con el público.
- Como persona moral: Ejecuta actos y celebra contratos con terceros por medio de un apoderado legal, asumiendo obligaciones. Responde con su patrimonio sin afectar el patrimonio de los socios y su funcionamiento requiere un representante legal.
Fin de la sociedad
Consiste en la realización del fin común, no solo entre los socios sino frente a terceros (de forma externa).
Finalidad de la sociedad o contrato social
Elemento esencial distinto al fin o causa por la que cada socio ingresó a la sociedad.
Acepciones
- Personas (comerciantes).
- Contratos (etapa constitutiva).
- Entes de funcionamiento (en ejercicio de una actividad económica).
Clases de relaciones
- Interna: Como socio (órganos de administración).
- Externa: Cómo se proyectan al exterior con clientes (quien trata y contrata).
Patrimonio de la sociedad
Se constituye con aportaciones de los socios o con obligaciones que asumen:
- Obligaciones de dar: Bienes y derechos.
- Obligaciones de hacer: Prestación de servicios.
Capital Social y Responsabilidad
Capital Social: Monto establecido en el acta constitutiva de una sociedad mercantil, expresado en moneda como valor de las aportaciones. Es indispensable, con excepción de sociedades mutables.
Capital Fundacional: Es cuando las sociedades, al momento de constituirse, deben exhibir o enterar el total de cada aportación.
Diferencias entre Asociación y Sociedad
- Sociedad: Ánimo de lucro, el capital se liquida y se reparte a los socios, aportaciones económicas, se reparten las ganancias.
- Asociación: Sin fines de lucro, los bienes pasan a otra asociación similar, vive de donaciones sociales, no hay reparto de ganancias, ayuda a la comunidad.
Figuras Jurídicas Relacionadas
Aparcería
Contrato bilateral con intereses encontrados. La aparcería rural o de ganado es un negocio asociativo donde el aparcero aporta trabajo y el propietario tierra y capital; ambos comparten riesgos y producción.
Fideicomiso
Acto jurídico con tres elementos (fiduciario, fideicomitente y beneficiario) que no tiene personalidad jurídica propia. No constituye una sociedad, aunque cuente con patrimonio, bienes y derechos.
- Fideicomitente: Pone en administración una cantidad de dinero.
- Beneficiario: La persona que recibe el dinero.
- Fiduciario: La institución que administra el dinero.
Unidad Económica
Cualquier individuo, grupo o institución que toma decisiones financieras. No tiene personalidad jurídica ni patrimonio propio (ej. heredero, albacea o apoderado legal).
Empresa
Es efecto y resultado de la actividad del empresario. La sociedad tiene personalidad jurídica propia y la empresa no.
Elementos del Negocio Social
Existencia
- Consentimiento: Manifestación de la voluntad de forma expresa o tácita.
- Solemnidad.
- Objeto: Físico, lícito, posible, determinado y estar dentro del comercio.
Validez
- Capacidad, forma, ausencia de vicios del consentimiento y fin o motivo lícito.
Aportaciones
Se distinguen según el título jurídico en virtud del cual el socio transmite bienes o derechos:
- Traslativas de dominio.
- De uso o goce de bienes y derechos.
- Prestación de servicios.
Requisitos de la Sociedad
- Nombre, nacionalidad y domicilio de las personas físicas o morales.
- Objeto de la sociedad (finalidad).
- Razón social.
- Duración.
- Importe del capital.
- Expresión de lo que cada socio aporta.
- Domicilio de la sociedad.
- Forma de administración.
- Nombramiento de administradores.
- Importe del fondo de reserva.
Formas de Constitución y Modificación
- Fusión: Dos o más sociedades se unen para formar una sola (absorción e integración).
- Escisión: Una sociedad divide su patrimonio para crear más sociedades nuevas.
- Transformación: Una sociedad cambia su tipo legal, pero sigue siendo la misma.