Fundamentos de la Persona y la Capacidad Jurídica en el Derecho Civil

Persona y Personalidad

1.1. ¿Qué es una persona en el ámbito jurídico?

En el ámbito jurídico, una persona es todo ente con capacidad para tener derechos y obligaciones. Existen dos tipos:

  • Personas físicas: Seres humanos.
  • Personas jurídicas: Entidades creadas por la ley, como empresas, asociaciones o fundaciones.

1.2. ¿Qué significa personalidad jurídica?

La personalidad jurídica es la capacidad legal que tiene una persona (física o jurídica) para ser titular de derechos y deberes dentro del ordenamiento jurídico.

1.3. ¿Quiénes pueden tener personalidad jurídica?

  • Todas las personas físicas: Desde su nacimiento con vida.
  • Las personas jurídicas: Como sociedades, asociaciones y fundaciones, una vez cumplen los requisitos legales para su constitución.

1.4. ¿La personalidad jurídica se puede perder?

, la personalidad jurídica se pierde en estos casos:

  • Personas físicas: Con la muerte.
  • Personas jurídicas: Cuando se disuelven y extinguen legalmente.

1.5. ¿Qué diferencia hay entre persona y personalidad?

  • Persona: Es el sujeto que tiene derechos y obligaciones.
  • Personalidad: Es la capacidad jurídica que le permite ejercer esos derechos y cumplir esas obligaciones.

2. Persona física

2.1. ¿Desde cuándo se tiene personalidad jurídica?

La personalidad jurídica se adquiere desde el nacimiento con vida, es decir, cuando la persona nace y respira por sí misma. Sin embargo, el nasciturus (concebido no nacido) tiene ciertos derechos si nace con vida.

2.2. ¿Qué se requiere para que haya nacimiento según el Código Civil?

El Código Civil establece que para que haya nacimiento se requiere:

  • Que el feto tenga forma humana.
  • Que nazca con vida, es decir, que respire o muestre signos de vida tras el parto.

2.3. ¿Cuándo se extingue la personalidad jurídica?

La personalidad jurídica se extingue con la muerte de la persona física o con la disolución y liquidación de una persona jurídica.

2.4. ¿Cómo se prueba el nacimiento de una persona?

El nacimiento se prueba mediante la inscripción en el Registro Civil, donde se asienta la fecha, hora y lugar del nacimiento, así como los datos de los progenitores.

2.5. ¿Cuál es el documento oficial que acredita la muerte de una persona?

El documento oficial que acredita la muerte de una persona es el certificado de defunción, expedido por el Registro Civil tras la comunicación del fallecimiento por un médico.

3. Capacidad jurídica y capacidad de obrar

3.1. ¿Qué diferencia hay entre capacidad jurídica y capacidad de obrar?

  • Capacidad jurídica: Es la aptitud para ser titular de derechos y obligaciones. La tienen todas las personas por el solo hecho de existir.
  • Capacidad de obrar: Es la aptitud para ejercer esos derechos y obligaciones por sí mismo. Puede estar limitada en ciertos casos, como en menores o personas con discapacidad que necesiten apoyos.

3.2. ¿Quiénes tienen capacidad jurídica?

Todas las personas, tanto físicas como jurídicas, tienen capacidad jurídica desde su nacimiento.

3.3. ¿Puede una persona tener capacidad jurídica pero no capacidad de obrar?

, por ejemplo, los menores de edad o personas con discapacidad que requieren apoyos pueden tener derechos (capacidad jurídica) pero no poder ejercerlos plenamente sin asistencia (capacidad de obrar limitada).

3.4. ¿En qué casos puede estar limitada la capacidad de obrar?

  • Menores de edad no emancipados.
  • Personas con discapacidad: Que necesitan apoyos según su grado de autonomía.
  • Personas declaradas en concurso (en quiebra): Cuando afecta a su administración patrimonial.

3.5. ¿Qué capacidad tienen los menores de edad?

  • Menores de 14 años: Su capacidad de obrar es casi nula, salvo para actos cotidianos.
  • Entre 14 y 18 años: Pueden realizar algunos actos con consentimiento de sus representantes legales.
  • Emancipados: Pueden actuar como adultos en la mayoría de los casos, con algunas restricciones.

3.6. ¿Qué significa estar emancipado?

La emancipación otorga a los menores de edad (desde los 16 años) una capacidad de obrar similar a la de los adultos, permitiéndoles gestionar su vida y bienes sin necesidad de autorización parental en la mayoría de los casos.

3.7. ¿Qué actos no puede realizar un menor emancipado sin asistencia?

  • Pedir préstamos o créditos.
  • Vender o gravar bienes inmuebles o establecimientos mercantiles.
  • Actos que requieren autorización expresa de sus padres o tutores.