Recurso de Casación y Competencias en la Jurisdicción Contencioso-Administrativa
Recurso de Casación: Autos Recurribles
Los autos son recurribles en casación, previa interposición y resolución de un recurso de reposición. Esto aplica a los autos dictados por la Sala de los Tribunales Superiores de Justicia o la Audiencia Nacional. Son recurribles en casación:
- 1. Los que declaren la inadmisión del recurso.
- 2. Los que pongan término a la pieza separada que supone la suspensión.
- 3. Los autos dictados para ejecutar una sentencia, siempre que resuelvan una cuestión no decidida en la misma.
- 4. Los autos que decidan sobre la ejecución provisional de una sentencia recurrida en apelación.
- 5. Los autos dictados sobre la extensión de los efectos de la sentencia.
Interés Casacional Objetivo
Este concepto es la clave del recurso. Se divide en los siguientes supuestos:
1. Necesidad de creación de doctrina
- Sentencias contradictorias.
- Mantenimiento de una doctrina gravemente dañosa para el interés general.
- Asuntos que afectan a un gran número de situaciones.
- Ausencia de jurisprudencia sobre el asunto.
- Sentencias que se apartan de la jurisprudencia previa por considerarla errónea.
2. Validez de normas
- Sentencias que discuten la constitucionalidad de una norma con rango de ley.
- Aplicación errónea de la doctrina del Tribunal Constitucional (TC).
- Impugnación de un reglamento o declaración de nulidad del mismo.
3. Supuestos de especial importancia
- Necesidad de aplicar el Derecho de la UE de forma contradictoria con la jurisprudencia del Tribunal de la UE.
- Impugnación de convenios entre Administraciones Públicas.
- Asuntos procedentes de gobiernos autonómicos u organismos reguladores cuyos actos se hayan recurrido ante la Audiencia Nacional.
Ámbito y Competencias de los Órganos Jurisdiccionales
Ámbito Provincial: Juzgados de lo Contencioso-Administrativo (Art. 8 LJCA)
Sus funciones abarcan la única o primera instancia. Sus competencias principales incluyen:
- Actos de entidades locales, ayuntamientos y juzgados.
- Actos de administraciones autonómicas de menor entidad (excluyendo los del Consejo de Gobierno).
- Sanciones administrativas.
- Cuestiones de personal (funcionarios públicos).
- Responsabilidad patrimonial (según cuantía).
Ámbito Autonómico: Sala de lo Contencioso-Administrativo de los TSJ (Art. 10 LJCA)
Sus funciones son de instancia, apelación y casación autonómica:
- Primera instancia: Actos de órganos superiores de la CCAA, disposiciones generales (reglamentos autonómicos) y actos de entidades locales de mayor relevancia.
- Segunda instancia (apelación): Control de las sentencias dictadas por los juzgados de lo contencioso-administrativo.
Ámbito Estatal: Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional (Art. 11 LJCA)
Funciones de instancia y apelación frente a Juzgados Centrales. Conoce actos de órganos centrales del Estado en materias específicas:
- Sanciones de organismos reguladores (administraciones independientes).
- Asuntos económicos relevantes.
- Materia de extranjería en determinados casos.
Ámbito Nacional: Sala 3ª del Tribunal Supremo (Art. 12 LJCA)
Sus funciones principales son la unificación de la interpretación del derecho, instancia y casación general.
- Resuelve el recurso de casación.
- Control de legalidad en última instancia.
- Enjuiciamiento de actos de gobierno en casos determinados.
Nota importante: El Tribunal Supremo no revisa hechos, únicamente revisa el derecho.