Diccionario Esencial de Hacienda Pública y Sistema Tributario

Conceptos Básicos de Derecho Financiero

  • Derecho Financiero: Rama del ordenamiento jurídico que regula la constitución y gestión de la Hacienda Pública y la actividad financiera del Estado y entes públicos.
  • Actividad Financiera: Proceso encaminado a la obtención de ingresos y su aplicación para satisfacer necesidades colectivas mediante el gasto público.

Elementos de la Obligación Tributaria

  • Capacidad económica: Manifestación de riqueza, ya sea renta real o potencial, que justifica la imposición de tributos.
  • Sujetos activos: El acreedor de la obligación tributaria principal, generalmente una Administración Pública.
  • Obligados tributarios: Personas físicas, jurídicas o entidades a las que la normativa impone el cumplimiento de obligaciones tributarias (incluye al contribuyente y al sustituto).
  • Contribuyente: Sujeto pasivo que realiza el hecho imponible y es titular de la capacidad económica gravada.
  • Sustituto del contribuyente: Persona que, por imposición legal, cumple la obligación tributaria en lugar del contribuyente, sin realizar el hecho imponible.
  • Hecho imponible: Supuesto previsto por la ley cuya realización origina el nacimiento de la obligación tributaria.
  • Devengo: Momento en el que se entiende realizado el hecho imponible y nace la obligación tributaria.
  • Exención: Beneficio fiscal que permite no pagar un tributo a pesar de realizarse el hecho imponible.
  • Base imponible: Cuantificación económica del hecho imponible.
  • Base liquidable: Resultado de restar a la base imponible las reducciones previstas legalmente.
  • Sujeto pasivo: Persona obligada al cumplimiento de la obligación tributaria principal y formal.

Tributos y Exacciones

  • Tributo: Prestación patrimonial pública, establecida por ley y exigida coactivamente para financiar gastos públicos. Se clasifica en:
    • Impuestos: Tributos sin contraprestación directa.
    • Tasas: Tributos por utilización privativa del dominio público o prestación de servicios públicos.
    • Contribuciones especiales: Tributos por obtención de un beneficio o aumento de valor de bienes por obras o servicios públicos.
  • Exacciones parafiscales: Prestaciones que, aunque tienen naturaleza tributaria, se rigen por un régimen jurídico distinto.
  • Principio de reserva de ley: Exige que solo una ley formal pueda crear, modificar o suprimir tributos y sus elementos esenciales.

Hacienda Pública: Presupuestos, Gastos e Ingresos

Presupuestos Generales del Estado

Expresión cifrada y sistemática de los derechos y obligaciones del sector público estatal durante el año natural. Incluye el estado de ingresos y gastos mediante ley formal.

Cupo

Financiación de competencias estatales no asumidas por el País Vasco, calculada mediante un índice de imputación (6,24% desde 1981).

Ayudas de Estado (Art. 107 TFUE)

Ventajas económicas con fondos públicos que pueden alterar la competencia. Se dividen en:

  • Regla general: Incompatibles con el mercado interior.
  • Excepciones automáticas: Desastres naturales, ayudas sociales, etc.
  • Ayudas autorizables: Sujetas a la aprobación de la Comisión Europea.

Gastos Públicos

Gastos generados por el Estado, organizados por Ministerios:

  1. Gasto de consumo: Sueldos, compras de bienes y servicios.
  2. Gastos de inversión: Infraestructuras y capital público.

Ingresos Públicos

Vías de financiación del Estado:

  • Tributos, precios públicos, deuda pública, ingresos patrimoniales, ingresos monopolísticos, emisión de moneda, multas y subvenciones.

Deuda Pública

Financiación externa cuando los ingresos no cubren los gastos. Puede ser interna (mercado nacional) o externa (mercado de capitales internacional).