Apreciación y valoración del patrimonio cultural

PATRIMONIO BLOQUE I

CLASIFICACIÓN DEL PATRIMONIO

*Patrimonio natural:

reservas de la Biosfera, monumentos naturales, reservas nacionales, parques nacionales.

*Patrimonio cultural tangible mueble

: manuscritos, documentos, artefactos históricos, colecciones científicas naturales, grabaciones, películas, fotografías, obras de arte y artesanía.

*Patrimonio cultural tangible inmueble:

monumentos o sitios arqueológicos, monumentos o sitios históricos, conjuntos arquitectónicos, colecciones científicas, zonas típicas, monumentos públicos, monumentos artísticos, paisajes culturales, centros industriales y obras de ingeniería.

*Patrimonio cultural intangible:

lenguaje, costumbres, religiones, leyendas, mitos, música.

PROCESO DE CONSTRUCCIÓN DEL CONCEPTO DE PATRIMONIO

El término patrimonio deriva del latín patrimonium, que hacía referencia originariamente a los bienes que una persona heredaba de sus ascendientes (Vaquer, 1998).

La evolución de la concepción del patrimonio, o de lo que entendemos actualmente por él, puede seguirse a través del análisis de la legislación y documentación pública o privada de cada periodo histórico (destaca elementos relevantes).


EL PATRIMONIO EN LA ANTIGÜEDAD

Primeras actuaciones patrimoniales (conservación y protección): coleccionismo.

Primeras referencias: saqueo de Babilonia por parte de los elamitas en 1176 a.C., exponiéndose públicamente con posterioridad los objetos expoliados para su contemplación.

Primeros saqueos patrimoniales como germen de futuros museos (prácticas con continuidad en la Edad Contemporánea)


La civilización griega, como centro básico de la vida artística (embellecimiento ciudades).

Ciudades helenísticas (s. IV-I a. C.) a medio camino entre museos de antigüedades y monumentos coetáneos.

Ejemplos: Tesoro de los Atenienses en Delfos, que destacaba por la calidad y cantidad de las piezas que guardaba), Biblioteca de Alejandría.

En la cultura romana ya aparecen importantes colecciones de obras a través de botines de guerra o compras, sobre todo al final de la República (I a. C.).

La posesión de piezas artísticas como elemento de prestigio social. Al final de la República (s. I a. C.) había importantes colecciones.

La ciudad de Roma se convierte en un gran museo, existiendo mercados de arte para la venta tanto de originales (piezas griegas), como de falsificaciones o copias.

Comienzo de las restauraciones de piezas (valoración e interés por su conservación).

Posiblemente, la medida legislativa más antigua destinada a la conservación de un monumento histórico sea el edicto del Senado romano, en el que se decretaba que la Columna Trajana (113. D. C.) jamás debía ser destruida ni mutilada, sino que debía quedar tal cual, en honor del pueblo romano, hasta el fin del mundo (Bazin, 1969).

EL PATRIMONIO EN LA Edad Media

Con la Corona, la nobleza y la Iglesia, nace un nuevo e incipiente coleccionismo de obras de arte como cuadros, esculturas, colecciones reales, orfebrería religiosa.

Criterio para la conservación basado en su excepcionalidad, estética, antigüedad y/o simbolismo religioso (Hernández Martínez, 1998).

Formación de los denominados tesoros (relicarios, piezas de orfebrería litúrgica, manuscritos, vestiduras litúrgicas, piedras preciosas), conservados en monasterios y catedrales.

Concepción de lo patrimonial muy relacionada con lo religioso y de forma más concreta con la Iglesia Católica.

En el Siglo XIV, la península italiana y especialmente Venecia, se convirtió en el centro activo más importante para el comercio de antigüedades.

Comercio de antigüedades como antecedente del masivo coleccionismo renacentista y, muy posiblemente, de las primeras grandes expoliaciones de yacimientos arqueológicos con fines lucrativos.

Multitud de elementos y monumentos que actualmente se considerarían como patrimonio de la humanidad, fueron destruidos y expoliados para la construcción de nuevos edificios (el primitivo templo de San Pedro en Roma o Santa Sofía de Constantinopla).

EL PATRIMONIO DURANTE LA Edad Moderna

El descubrimiento de localizaciones de época clásica (Herculano, 1738; Pompeya, 1748) da lugar a un coleccionismo de antigüedades, que supondrá el germen de los futuros museos, valorándose especialmente elementos excepcionales y bellos como monedas, marfiles o inscripciones.

Reglamentación mínima sobre patrimonio (patrimonio artístico en función de la belleza estética de la época, antigüedad de los objetos).

Disfrute en manos de estamentos sociales privilegiados que podían acceder a ellos.

Aparición del valor económico de las piezas (calidad artística o estética).

Conciencia del Estado de los edificios y obras de arte como elemento de prestigio y riqueza.

Primeras prácticas de restauración desde la Antigüedad.

Nacen las primeras disciplinas históricas, como la Historia del Arte y la Arqueología (fundada para la búsqueda y descripción de los monumentos antiguos).

Conciencia de que toda etapa histórica posee una cronología y que deja un testimonio material, identificando a un pueblo.

Una nueva concepción del patrimonio bajo una visión propagandística para los estados, y como elemento identificador de los pueblos, será la base para la fundación de los museos históricos más importantes de Europa: el British Museum y el Louvre, que se inaugurarán en 1753 y 1793 respectivamente.

Control del patrimonio de otras civilizaciones, a través de la expoliación y el imperialismo cultural.

Colonialismo patrimonial desarrollado bajo la concepción de lo monumental (frisos del Palacio de Persépolis, esculturas del Partenon, grandes construcciones y esculturas egipcias, etc.), lo excepcional (piedra Rosetta, el ajuar de la tumba de Tutankamon,…) o incluso siguiendo criterios cuantitativos (colecciones de cerámicas griegas).

En este sentido, en 1779 se comienza a legislar en España con el fin de proteger un patrimonio que era objeto de una expoliación internacional, prohibíéndose la exportación de pinturas, libros, manuscritos antiguos y objetos artísticos de autores españoles, sin expresa Real Orden de autorización.

Primera normativa de conservación con Carlos III (1753) en la que se explicitan los objetos que son dignos de conservar, donde priman los elementos en función a su antigüedad y la nobleza de los materiales:

… Estatuas de mármol, bronce u otro metal, rotas o enteras, Pavimentos Mosaicos, o de otra especie, herramientas, o instrumentos de madera, piedra, o suela, monedas, o lápidas, y lo que de ellas se diga por escritos, tradiciones, o noticias…

LA Edad Moderna EN JAÉN

Fundación de ciudades:

-Siglo XVI: Los Villares, Valdepeñas de Jaén, Mancha Real, Campillo de Arenas, Noalejo y Otíñar.

-Siglo XVIII: La Carolina, Guarromán, Santa Elena, Aldeaquemada, Montizón, Arquillos y Carboneros.

A este momento histórico, pertenecen las catedrales y la mayor parte de las iglesias de la provincia. Y por supuesto, parte del patrimonio arquitectónico de Úbeda y Baeza.

ÚBEDA Y BAEZA: PATRIMONIO DE LA HUMANIDAD (VIDEOS YOUTUBE)

LA EDAD CONTEMPORÁNEA. EL PATRIMONIO COMO VALOR SOCIAL

La Revolución Francesa y los movimientos sociales que la secundan, así como la Revolución Industrial supondrán procesos muy graves de destrucción patrimonial. ¿Por qué?

Surgimiento de actitudes en favor de la protección y conservación del patrimonio, potenciando que es un bien de todos que deber ser disfrutado por todos.

Durante el Siglo XIX se reafirma la idea del valor identitario de las culturas, convirtiéndose el monumento en un documento histórico, identificativo y definidor de la sociedad a la que pertenece.

Se desarrollan una gran cantidad de actuaciones que dirigidas a la investigación histórica y a la recuperación del patrimonio, mediante la restauración de monumentos emblemáticos, (castillos, catedrales y monasterios).

Asimismo, aparecíó en Francia la primera ley moderna sobre patrimonio (1887).

Interés por la antigüedad: excavaciones arqueológicas (Oriente Próximo y Egipto), que nutren los almacenes de los más importantes museos de Europa.

Novísima Recopilación de Carlos IV en España. Concepto de monumento antiguo como una mera lista de elementos del pasado que se conservaban en ese momento: estatuas, bustos, templos, sepulcros, anfiteatros, teatros, circos, calzadas, caminos, acueductos, lápidas e inscripciones, mosaicos, monedas, instrumentos musicales (liras, crótalos…), armas de todas las especies…

En 1819 se funda el Museo del Prado que constituye, junto al British Museum y el Louvre, la manifestación del « dominio de Occidente » sobre el resto de las culturas del Mundo.

Se crean Comisiones de Monumentos Provinciales, que tienen como principal objetivo, catalogar los elementos históricos, como paso previo a su protección. Asimismo, se crean la mayor parte de los Museos provinciales que serían los encargados de almacenar y exponer estos bienes patrimoniales.

En 1873 se hace responsable a los Ayuntamientos y Diputaciones de la conservación, protección, difusión e investigación de los monumentos que se encuentran en su territorio, con la intención de evitar la destrucción de edificios públicos con méritos históricos y artísticos.

Destrucción de una parte de los centros históricos en el Siglo XIX por la burguésía (demolición murallas y fortificaciones).

Expolios durante la Guerra de la Independencia y desamortizaciones: destrucción de un parte de nuestro patrimonio (edificios histórico-artísticos, muebles, bibliotecas), saqueos de tesoros y obras de arte trasladados a Francia y Reino Unido.

Patrimonio inmaterial de la Humanidad: el flamenco (VIDEO)

LA EDAD CONTEMPORÁNEA. El patrimonio como recurso identitario y económico en el Siglo XX

Se multiplican las actividades patrimoniales (la Restauración se convierte en disciplina científica).

Se redactan diferentes cartas internacionales, que regulan la metodología restauradora (Carta de Atenas, 1931).

Se formula el concepto de bienes culturales, antecedente de la idea de patrimonio cultural: todos los aspectos y cosas hechas por la mano humana y los espacios habitados en una perspectiva histórica y cultural (Convencíón de la Haya, 1954).

La Carta de Venecia (1964), amplia el concepto de patrimonio desde la perspectiva de monumento hasta la valoración de su entorno, formando todo ello parte del testimonio de una civilización.

La Carta Europea del Patrimonio Arquitectónico (1975): los asentamientos como la base de los referentes patrimoniales, a pesar de que no existan edificios de interés excepcional o singular.

La Convencíón de Granada (1985) aportó la idea de patrimonio tanto de los conjuntos arquitectónicos como los sitios, entendíéndose éstos como obras combinadas del hombre y la naturaleza.

La Carta de Toledo (1986): es patrimonio toda la trama urbana de las ciudades históricas.

Carta del Restauro de Roma (1987), el patrimonio recibe una visión más compleja, incluyendo sus manifestaciones documentales y bibliográficas, así como todos los objetos de cada época y área geográfica, que revistan interés artístico, histórico y en general, cultural. Asimismo, se añade el patrimonio natural como un elemento que se encuentra indisolublemente unido al patrimonio cultural.

Avance normativo durante la II República española (normativa avanzada respecto a la internacional). El artículo 45 de la Constitución de 1931 declara Tesoro de la Nacíón, toda la riqueza artística e histórica, colocándola bajo protección estatal, y siendo sensible a problemas de conservación medioambiental. Ley de Defensa del Patrimonio Histórico de 1933: el patrimonio como los inmuebles y objetos muebles de interés artístico, arqueológico, paleontológico e histórico, con una antigüedad de más de 100 años, y también aquellos que sin esta antigüedad, tengan un valor artístico e histórico indiscutible.

Durante la etapa franquista, se vuelve atrás en la concepción patrimonial (aspectos monumentales y estéticos).

La Constitución de 1978. El patrimonio como el conjunto de todos los bienes que conforman la aportación material de un país a la cultura universal, en la que se destaca al acceso a la cultura, el disfrute del medioambiente y la conservación y enriquecimiento del patrimonio histórico, artístico y cultural, como elementos constituyentes de los derechos fundamentales de la persona. Concepto de patrimonio cultural de 1933 + conceptos de patrimonio histórico-artístico.

El Patrimonio en la ley andaluza de 1991: « El patrimonio histórico andaluz se compone de todos los bienes de la cultura, en cualquiera de sus manifestaciones, en cuanto se encuentren en Andalucía y revelen un interés artístico, histórico, paleontológico arqueológico, etnológico, documental, bibliográfico, científico o técnico para la Comunidad Autónoma ».

LEY DE PATRIMONIO HISTÓRICO DE ANDALUCÍA (Ley 14/2007, basada en la ley de 1991)


En la exposición de motivos se puede leer lo siguiente:

– El Patrimonio Histórico constituye la expresión relevante de la identidad del pueblo andaluz, testimonio de la trayectoria histórica de Andalucía y manifestación de la riqueza y diversidad cultural que nos caracteriza en el presente. 

– El sentimiento de aprecio hacia este Patrimonio ha de constituir uno de los pilares básicos para el fortalecimiento de esta identidad colectiva, impulsando el desarrollo de un espíritu de ciudadanía respetuoso con un entorno cultural garante de una mejor calidad de vida.

CONCEPTO DE PATRIMONIO HISTÓRICOARTÍSTICO  ESPAÑOL . Ley del Patrimonio Histórico Español (16/1985, de 25 de Junio)


En el preámbulo se dice que este patrimonio es el principal testigo de la contribución histórica de los españoles a la civilización universal y de su capacidad creativa contemporánea. La protección y el enriquecimiento de los bienes que lo integran constituyen obligaciones fundamentales que vinculan a todos los poderes públicos…El Patrimonio Histórico Español es una riqueza colectiva…Su valor lo proporciona la estima que, como elemento de identidad cultural, merece a la sensibilidad de los ciudadanos, porque los bienes que lo integran se han convertido en patrimoniales debido exclusivamente a la acción social que cumplen.

Integran el Patrimonio Histórico Español los inmuebles y objetos muebles de interés artístico, histórico, paleontológico, arqueológico, etnográfico, científico o técnico. También forman parte del mismo el patrimonio documental y bibliográfico, los yacimientos y zonas arqueológicas, así como los sitios naturales, jardines y parques, que tengan valor artístico, histórico o antropológico. Los bienes más relevantes del Patrimonio Histórico Español deberán ser inventariados o declarados de interés cultural.

PATRIMONIO INMUEBLE


Monumentos:

construcciones arquitectónicas o de ingeniería u obras de escultura colosal que tengan interés histórico, arqueológico, paleontológico, artístico, etnológico, industrial, científico, social o técnico.


Conjunto histórico:

agrupación de bienes inmuebles que forman una unidad de asentamiento, continua o dispersa, condicionada por una estructura física representativa de la evolución de una comunidad humana, por ser testimonio de su cultura o constituir un valor de uso y disfrute para la colectividad.

La provincia de Jaén, es con 23 conjuntos históricos, la segunda provincia andaluza después de Cádiz, con más conjuntos: Alcalá la Real, Andújar, Baeza, Baños de la Encina, Begíjar, Cambil, Cazorla, Guarroman, Hornos de Segura, Huelma, Iznatoraf, Jaén, Jódar, La Guardia, La Iruela, Martos, Navas de Tolosa, Sabiote, Santa Elena, Santisteban del Puerto, Segura de la Sierra, Torredonjimeno y Úbeda.


Jardín Histórico:

Espacio delimitado, producto de la ordenación por el hombre de elementos naturales, a veces completado con elementos de fábrica y estimado de interés en función de su origen o pasado histórico o de valores estéticos, sensoriales o botánicos.


Sitio histórico:

lugar o paraje natural vinculado a acontecimientos o recuerdos del pasado, a tradiciones populares, creaciones culturales o de la naturaleza y a obras del hombre, que posean valor histórico, etnológico, paleontológico o antropológico.


Zona arqueológica:

lugar o paraje natural donde existen bienes muebles e inmuebles, susceptibles de ser estudiados con una metodología arqueológica, hayan sido o no extraídos y tanto si se encuentran en la superficie, o en el subsuelo bajo las aguas territoriales españolas.

PATRIMONIO MUEBLE

– Pintura y escultura:

Integran la mayor parte de las colecciones museísticas y del patrimonio artístico mundial. Se puede ilustrar con obras desde Altamira a Miquel Barceló. Para muchos amantes del patrimonio y de la población en general, constituyen la mayor riqueza patrimonial.


Artes decorativas:

Se pueden agrupar en dos categorías:

1. Las que tienen una finalidad utilitaria y decorativa

2. Las que solo tiene una finalidad decorativa

Patrimonios especiales: etnográfico

Bienes muebles e inmuebles y los conocimientos y actividades que son o han sido expresión relevante de la cultura tradicional de un pueblo en sus aspectos materiales, sociales y espirituales.

Patrimonios especiales: documental

Integra los archivos y con ellos los conjuntos orgánicos de documentos, reunidos por las personas jurídicas públicas o privadas, en el ejercicio de sus actividades, al servicio de su utilización para la investigación, la cultura, la información y la gestión administrativa.

Patrimonios especiales: bibliográfico

Son bibliotecas las instituciones culturales donde se conservan, reúnen, seleccionan, inventarían, catalogan, clasifican y difunden conjuntos o colecciones de libros, manuscritos y otro materiales bibliográficos o reproducidos por cualquier medio para su lectura en sala pública o mediante préstamo temporal, al servicio de la educación, investigación, la cultura y la información.

OTROS TIPO DE PATRIMONIO


Patrimonio industrial:

espacios, construcciones o instalaciones vinculados a modos de extracción, producción, comercialización, transporte o equipamiento que merezcan ser preservados por su relevante valor industrial, técnico o científico.


Patrimonio natural:

El patrimonio natural es aquel cuya existencia o rasgos esenciales son independientes de la intervención humana (Instituto Geográfico Nacional, 2019).

El patrimonio natural lo constituyen las reservas de la biosfera, los monumentos naturales, las reservas y parques naturales, y los santuarios de la naturaleza de gran relevancia estética o científica.

Su protección corre a cargo del Ministerio de Medio Ambiente (o similar) y las consejerías de las Comunidades Autónomas.

Diferentes categorías de protección: parque nacional (conservación + disfrute público).


Patrimonio inmaterial:

En 2003 la Unesco en la Convencíón para la Salvaguarda del Patrimonio Inmaterial hizo una clasificación organizándolo en 5 categorías:

– Tradiciones y expresiones orales (lenguas y topónimos)

– Artes y espectáculos (música, danza, teatro…)

– Usos sociales, rituales y actos festivos (religiosos, fiestas populares y tradicionales): romerías, día de la Cruz…

– Conocimientos y usos relacionados con la naturaleza y el universo.

– Técnicas artesanales tradicionales.

PATRIMONIO CULTURAL SEGÚN LA UNESCO


Los monumentos

Obras arquitectónicas, de escultura o de pintura monumentales, elementos o estructuras de carácter arqueológico, inscripciones, cavernas y grupos de elementos, que tengan un valor universal excepcional desde el punto de vista de la historia, del arte o de la ciencia.


Los conjuntos:

grupos de construcciones, aisladas o reunidas, cuya arquitectura, unidad e integración en el paisaje les de un valor universal excepcional desde el punto de vista de la historia, del arte o de la ciencia.


Los lugares:

obras del hombre u obras conjuntas del hombre y la naturaleza, así como los lugares arqueológicos que tengan un valor excepcional desde el punto de vista histórico, estético, etnológico o antropológico.

PATRIMONIO NATURAL SEGÚN LA UNESCO


Los monumentos naturales constituidos por formaciones físicas y biológicas o por grupos de esas formaciones que tengan un valor universal excepcional desde el punto de vista estético o científico.


Las formaciones geológicas y fisiográficas y las zonas estrictamente delimitadas que constituyan hábitats de especies animal y vegetal amenazadas, que tengan un valor universal excepcional desde el punto de vista estético o científico.


Los lugares naturales o las zonas naturales estrictamente delimitadas, que tengan un valor universal excepcional desde el punto de vista de la ciencia, de la conservación o de la belleza natural.

NUESTRO CONCEPTO DE PATRIMONIO

Consideramos patrimonio cultural al conjunto de todos los bienes, tanto materiales (tangibles, palpables) como inmateriales (intangibles, intocables, abstractos) que, por su valor, deben ser considerados de gran interés para la permanencia de la identidad de un pueblo. Constituyen la herencia cultural del pasado de un pueblo, con la que ha vivido y vive en la actualidad y que desea transmitirla a las generaciones futuras.

El Patrimonio no se limita solo a monumentos y colecciones de objetos, sino que comprende también tradiciones o expresiones vivas heredadas de nuestros antepasados y transmitidas a nuestros descendientes, como tradiciones orales (cuentos, leyendas), usos sociales, rituales, fiestas, creencias, folclores, así como conocimientos relativos a la naturaleza y saberes y técnicas vinculadas con la artesanía.

Es importante, por ello, en primer lugar, conocerlo para después preservarlo y salvaguardarlo para las futuras generaciones por su valor, no solo económico, si fuese el caso, sino por el valor emotivo que guarda.

Por consiguiente, el concepto de patrimonio que manejamos es un concepto amplio.

El patrimonio crea identidad en un pueblo. Debe servir para unir y no para separar.

El patrimonio es una construcción social. La sociedad determina en cada momento lo que considera patrimonio.

La conservación del patrimonio debe tener un sentido.

Su conservación no es un fin, es un medio para conseguir algo mejor. Debemos darle un valor social al patrimonio (para educar, que lo podamos usar, que podamos desarrollar competencias gracias a él).

Debemos enseñar la participación ciudadana respecto al patrimonio (del elitismo a la corresponsabilidad colectiva).

El concepto de Diversidad Cultural. Definición y propuestas de la UNESCO

UNESCO: Organización de las Naciones Unidas para la Educación, la Ciencia y la Cultura.

Declaración de la UNESCO sobre la Diversidad Cultural (París, 2001):

– ARTÍCULO 1.- La diversidad cultural, patrimonio común de la humanidad                         “La cultura adquiere formas diversas a través del tiempo y del espacio. Esta diversidad se manifiesta en la originalidad y la pluralidad de las identidades que caracterizan a los grupos y las sociedades que componen la humanidad. Fuente de intercambios, de innovación y de creatividad, la diversidad cultural es tan necesaria para el género humano como la diversidad biológica para los organismos vivos. En este sentido, constituye el patrimonio común de la humanidad y debe ser reconocida y consolidada en beneficio de las generaciones presentes y futuras”.

– ARTÍCULO 3.- La diversidad cultural, factor de desarrollo                                            “La diversidad cultural amplía las posibilidades de elección que se brindan a todos; es una de las fuentes del desarrollo, entendido no solamente en términos de crecimiento económico, sino también como medio de acceso a una existencia intelectual, afectiva, moral y espiritual satisfactoria”.

– ARTÍCULO 4.- Los derechos humanos, garantes de la diversidad cultural                                    “La defensa de la diversidad cultural es un imperativo ético, inseparable del respeto de la dignidad de la persona humana. Ello supone el compromiso de respetar los derechos humanos y las libertades fundamentales, en particular los derechos de las personas que pertenecen a minorías y los de los pueblos indígenas”.

– ARTÍCULO 7 – El patrimonio cultural, fuente de la creatividad                                          “Toda creación tiene sus orígenes en las tradiciones culturales, pero se desarrolla en contacto con otras culturas. Ésta es la razón por la cual el patrimonio, en todas sus formas, debe ser preservado, realzado y transmitido a las generaciones futuras como testimonio de la experiencia y de las aspiraciones humanas, a fin de nutrir la creatividad en toda su diversidad e inspirar un verdadero diálogo entre las culturas”.

Recapitulando, la UNESCO considera la diversidad cultural:

– Patrimonio común de la Humanidad.

– Algo que transmitir a las siguientes generaciones.

– Fuente de creatividad.

 – Elemento a proteger (derecho humano): respeto a las minorías y pueblos indígenas.