Atribución de Responsabilidades en Proyectos de Construcción: Casos Reales y Prescripción de Daños
Casos Prácticos de Responsabilidad en Edificación: Imputación y Plazos
Este documento aborda diversos escenarios de patologías y defectos constructivos, detallando la atribución de responsabilidades a los agentes intervinientes en el proceso de edificación, así como la aplicación de los plazos de prescripción legal.
Caso 1: Proyecto de Biblioteca en Palma de Mallorca
Responsabilidad de los Arquitectos Redactores del Proyecto
Los arquitectos redactores del proyecto podrían haber incurrido en responsabilidad al no considerar el aumento previsto en la biblioteca durante el diseño estructural. Esto los haría responsables de las fisuras en los pilares que soportan el forjado de la biblioteca. Adicionalmente, la inundación de la biblioteca se atribuye a un cálculo deficiente de la impermeabilización de la vivienda.
Responsabilidad de la Dirección de Obra en Daños y Licencia de Ocupación
La dirección de obra (director de obra y director de la ejecución de la obra), encargada de firmar el certificado final de obra, es responsable de varios inconvenientes surgidos durante el desarrollo. Entre ellos, la deficiente impermeabilización de la terraza, ejecutada a pesar de la falta de experiencia previa del director de ejecución, siguiendo las instrucciones del director de obra. Asimismo, recaen sobre ellos responsabilidades relacionadas con la licencia de primera ocupación.
Responsabilidad de la Empresa Constructora
La empresa constructora está obligada a ejecutar la obra conforme al proyecto, la legislación aplicable y las instrucciones de la dirección facultativa (director de obra y director de la ejecución de la obra). Por lo tanto, en este escenario, no se le atribuye responsabilidad directa.
Responsabilidad de la Dirección de Ejecución en Daños
La dirección de ejecución es responsable de la aparición de humedades, dado su deber de garantizar la correcta implementación del sistema constructivo.
Prescripción de Responsabilidades
Considerando los plazos de ocurrencia y denuncia de los daños, todas las responsabilidades han prescrito. Los daños estructurales, con un plazo de garantía de diez años, ocurrieron dentro de este periodo; sin embargo, al no ser denunciados en los dos años siguientes a su aparición, la acción ha prescrito. En cuanto a los daños materiales, como los libros afectados por la inundación de la biblioteca, su plazo de denuncia es de tres años, pero estos ocurrieron más de tres años después de la finalización de la obra.
Caso 2: Viviendas Unifamiliares Adosadas
Responsabilidad de la Dirección Facultativa en Grietas
La dirección facultativa (arquitecto y arquitecto técnico) es responsable de la aparición de grietas en la fachada de las viviendas. El informe indica que no se previeron juntas de dilatación, las cuales son esenciales para evitar la contracción de la fachada y la consecuente aparición de fisuras. Estas juntas deben instalarse cada 15 o 20 metros.
Responsabilidad de la Dirección Facultativa en Problemas de Piscina
La responsabilidad de la dirección facultativa (arquitecto y arquitecto técnico) respecto a los problemas de la piscina depende de su previsión. Si la piscina se instaló en 2014, después del certificado final de obra, y el forjado no estaba cualificado para soportarla, la responsabilidad no recaería sobre ellos. Sin embargo, si el patio estaba previsto para la instalación de una piscina, sí sería su responsabilidad. En este último caso, la dirección facultativa debería haber informado al usuario sobre los posibles daños y haber realizado una evaluación y seguimiento de la obra de la piscina, dada la posibilidad de hundimiento, grietas o humedades.
Responsabilidad por Multa de Aumento de Edificabilidad
La responsabilidad de la multa por aumento de edificabilidad recae sobre la empresa constructora, dado que es independiente de la promotora y es la encargada de la ejecución de la obra y la obtención de licencias. La constructora es responsable por haber ejecutado obras sin la aprobación necesaria, y el arquitecto también comparte responsabilidad. Si la promotora y la constructora fueran la misma entidad, la responsabilidad podría variar.
Responsabilidad del Arquitecto Redactor del Proyecto
Sí, la responsabilidad por la falta de implementación de las juntas de dilatación, que causaron las grietas, puede atribuirse al arquitecto redactor del proyecto.
Prescripción de Responsabilidades de la Dirección Facultativa
Respecto a la prescripción de las responsabilidades de la dirección facultativa: los daños materiales que afectan a elementos estructurales, como la cubrición de la terraza y las grietas, han prescrito. Aunque aparecieron en enero de 2012 (dentro del plazo de diez años), fueron denunciados en 2016, excediendo el plazo de dos años para la denuncia. Sin embargo, los daños causados por la piscina sí se encuentran dentro de los plazos establecidos para su ocurrencia y denuncia.
Caso 3: Obra en Edificio Catalogado como BIC
Responsabilidad de la Dirección Facultativa en Accidente
La dirección facultativa, encargada de supervisar el desarrollo de la obra según los requerimientos del promotor, revisó el proyecto por la mañana y verificó su correcta ejecución. Por lo tanto, en este caso, no se le atribuye responsabilidad en el accidente.
Responsabilidad de la Empresa Constructora en Accidente
La empresa constructora es responsable del accidente, ya que la empresa encargada del suministro de materiales, una subcontrata suya, fue la causante de los hechos. La responsabilidad recae sobre la constructora principal.
Responsabilidad del Arquitecto Redactor del Proyecto
Sí, existe responsabilidad por parte del arquitecto redactor del proyecto. Aunque el accidente se debió a un error de la empresa constructora por no seguir las normas, el informe técnico señala que los cálculos del proyectista eran erróneos.
Otras Responsabilidades Penales
Además del accidente, existe responsabilidad penal por parte de la empresa constructora (incluso si la acción fue realizada por una subcontrata) al abrir un hueco en una fachada catalogada como Bien de Interés Cultural (BIC).
Caso 4: Proyecto de Lujo en Torremolinos
Responsabilidad del Arquitecto Redactor del Proyecto
El arquitecto redactor del proyecto no tendría implicación en la instalación de la ventilación mecánica, dado que este proceso se realizó durante la obra debido a la ampliación de los vestuarios. Por lo tanto, esta decisión fue tomada por el director de obra.
Responsabilidad de la Dirección Facultativa en Daños
La dirección facultativa es responsable de los daños aparecidos en el edificio. El director de obra, como parte de la dirección facultativa, es el responsable de la instalación de la ventilación mecánica, la cual no alcanzaba la potencia necesaria para una correcta ventilación.
Responsabilidad de la Empresa Constructora
La empresa constructora podría tener responsabilidades en este caso. Las pruebas previas a la recepción de la obra revelaron que la ventilación no tenía la potencia suficiente para eliminar la humedad en un ambiente como el de Torremolinos. A pesar de este conocimiento, el constructor y el promotor firmaron el acta de recepción. Su deber, al saber que no funcionaba correctamente, habría sido comunicarlo y no proceder con la instalación o la recepción.
Causas del Colapso de la Piscina
El colapso de la piscina puede atribuirse a una combinación de factores. La maquinaria de ventilación instalada por orden del director de obra no proporcionaba la ventilación necesaria para prevenir el colapso. Sin embargo, la desconexión de dicha maquinaria por parte de los usuarios, debido al ruido que generaba, aceleró significativamente el proceso y fue el factor determinante en el colapso.
Prescripción de Responsabilidades
No, las responsabilidades no han prescrito. Los daños y sus consecuencias ocurrieron dentro de los plazos pertinentes. El daño, causado en 2021, se encuentra dentro del plazo de diez años establecido para la seguridad estructural, y fue denunciado de inmediato. El proceso judicial confirmó que la causa del daño fue la falta de ventilación, atribuyendo la responsabilidad a la dirección facultativa.