Claves del Comercio Electrónico: Información Precontractual y Perfeccionamiento del Contrato

Comercio Electrónico: Información Precontractual y Perfeccionamiento del Contrato

Comercio electrónico: “Todo acto de comercio realizado a través de medios electrónicos”.

Exige un comercio entre personas para proteger al usuario, manteniendo un trato directo y personal.

Fase Previa y Suministro de Información Precontractual

Información Relativa al Prestador de Servicios y Comunicaciones Comerciales

Las comunicaciones comerciales realizadas por vía electrónica deben incluir el nombre de la persona física o jurídica que realiza la oferta. En las ofertas, las condiciones de acceso y participación deben ser accesibles y expresarse de forma clara e inequívoca.

Quedará prohibido el envío de comunicaciones publicitarias o promocionales por correo electrónico o por medios que no hayan sido solicitados previa o expresamente por los usuarios.

En cuanto a la oferta, quedará prohibido dirigirla por correo electrónico y deberá presentarse como publicidad o promoción, identificando al promotor y con consentimiento expreso.

Se debe diferenciar la información previa que se suministra al consumidor con la que ha de aparecer en el etiquetado del producto:

  • Relativo al etiquetado y presentación de bienes y servicios:
    Se debe informar acerca de las características del producto, rasgos principales (composición, duración, cantidad) de forma clara, comprensible, accesible y veraz. Además, se debe incluir fecha de producción, caducidad, indicaciones de uso, gestión de residuos…
  • Información precontractual:
    Se debe incluir:
    • Información sobre cuestiones jurídicas y económicas del contrato.
    • Características principales de bienes y servicios.
    • Identidad del empresario: razón social, nombre comercial, dirección completa, número de teléfono.
    • Precio total.
    • Si por naturaleza el precio no puede calcularse de antemano y requiere de un presupuesto, se deberá indicar la forma en la que se determina el precio, incluyendo gastos adicionales.
    • Fechas de pago y entregas, garantía legal y servicios de postventa, duración del contrato, existencia de derecho de desistimiento, plazo y forma de ejercitarlo.

En la contratación a distancia se deberá incluir todo lo mencionado anteriormente.

Cuando se trate a personas vulnerables, se les deberá facilitar un contrato accesible.

Antes de llevar a cabo el contrato, el prestador de servicios de la sociedad tiene como obligación poner a disposición del destinatario un informe sobre:

  • Distintos trámites para llevar a cabo el contrato.
  • Si el prestador va a archivar el documento electrónico y si va a ser accesible.
  • Medios electrónicos que pone a su disposición para corregir errores en los datos.
  • Lengua o lenguas en que podrá formalizarse el contrato.

La obligación de poner a disposición la información referida se cumplirá cuando el prestador la incluya en su página web.


Fase de Perfeccionamiento del Contrato

Se busca en todo momento la oferta y la aceptación. En caso de contratación telemática, únicamente basta con la aceptación.

En la contratación, ambas partes deben mostrar su voluntad de contratar; en caso contrario, ponerle fin.

La perfección del contrato se da con la firma, lo que lleva a la prueba del contrato. En cuanto se da fe del contrato, estaremos a lo dispuesto en la Ley 6/2020.

Este documento indica que únicamente las personas físicas están capacitadas para firmar electrónicamente, excluyendo a personas jurídicas o entidades sin personalidad jurídica. A estas se les garantizan los sellos electrónicos.

Las personas jurídicas podrán actuar por medio de los certificados de firma de personas físicas a las que representen:

La identificación del titular se dará de la siguiente forma:

  • Certificados de firma electrónica y de autentificación de sitio web expedidos a personas físicas (por su nombre, apellidos, número de DNI, número de identidad de extranjero o NIF).
  • Certificados de sello electrónico y de autentificación expedidos a personas jurídicas (por su razón social o NIF).

La identificación de la persona física que solicite un certificado cualificado exigirá su personación para verificarla y se acreditará mediante el DNI, pasaporte…

La lista de servicios que los prestadores de servicios ofrecen:

  • Firma electrónica.
  • Sello electrónico.
  • Autentificación de sitios web.
  • Entrega electrónica certificada.
  • Validación de sellos electrónicos cualificados.

Estos prestadores deben actuar en base a ciertas condiciones:

  • El límite temporal de 5 años.
  • La necesidad de incluir el DNI o NIF de la persona física y requerir personificación o legitimación de firma notarial.
  • Obligación de constituir una garantía para la prestación de servicio cualificado de confianza en cuantía mínima de 1.500.000€.