Competencia judicial internacional: resolución de conflictos transfronterizos

Resolución de conflictos transfronterizos: Casos prácticos

Test de preguntas cortas

2. Norma que obliga a respetar la prórroga forzosa en un arrendamiento, independientemente de cuál sea la ley aplicable:

  1. Materialmente orientada
  2. Material imperativa
  3. Extensión
  4. Conflicto

3. Dos sirios se casan en Siria, no fijan residencia habitual hasta un año después. Él vive en España y ella en Siria y no han elegido ley aplicable, se aplicará:

  1. La ley española
  2. La ley siria

4. Dos italianos que van a divorciarse, con residencia en Italia, ¿pueden elegir aplicar a su divorcio que se tramita en Italia la ley española?

  1. No

5. ¿Cuál será la ley aplicable a una reclamación de alimentos de un hijo que vive en España contra su padre que vive en Francia?

  1. Ley española
  2. Ley francesa

Caso 1: Ejecución de sentencia suiza en España

La empresa “Chokolaten”, con sede en Suiza, contrata a Raúl Martínez, español residente en España, para promocionar sus chocolates en España. El contrato establece la competencia de los tribunales de Berna (Suiza). Tras una desavenencia, Chokolaten demanda a Raúl en Suiza, quien no se persona. Los tribunales suizos condenan a Raúl a pagar una indemnización. Chokolaten quiere ejecutar la sentencia en España.

1. ¿Qué norma se aplica a la ejecución de esta sentencia en España?

No se aplica el Reglamento (UE) nº 1215/2012 (Reglamento Bruselas I bis) en su art. 39, que solo incluye a los Estados miembros. La norma aplicable es el Convenio de Lugano de 2007, cuyo ámbito espacial incluye sentencias de Suiza, Islandia y Noruega respecto de un Estado miembro (art. 38.1).

2. ¿Existe algún motivo que impida la ejecución de esta sentencia en España?

El art. 35.1 del Convenio de Lugano establece causas de denegación, incluyendo la situación en que la parte demandada en contratos de seguros y de consumidores sea la parte “débil”, excluyendo los contratos de trabajo. Esto difiere del Reglamento Bruselas I bis debido a que el Convenio se basa en una versión anterior del Reglamento (Reglamento 44).

3. ¿Cuál es el proceso para ejecutar la sentencia en España?

Según el art. 54.1 del Convenio de Lugano, se realizará el proceso de exequátur. El Secretario Judicial examinará la demanda y documentos (art. 54.5), admitiéndola y dando traslado a la parte demandada para que se oponga en 30 días. En caso de defectos procesales, el órgano jurisdiccional resolverá sobre la admisión.

Caso 2: Incumplimiento contractual y medidas cautelares

Javier Ponce, portugués con domicilio en España, vendió cinco cuadros a la sociedad alemana STRUGEN. El contrato establecía la competencia de los tribunales alemanes. STRUGEN pagó, pero recibió cuadros diferentes y de menor valor. Demanda a Javier en Alemania y solicita embargo preventivo de su cuenta en España.

1. ¿Son competentes los tribunales alemanes?

Sí, se aplica el Reglamento Bruselas I bis. El art. 25 establece la sumisión expresa, mediante la cual las partes eligen la competencia de los tribunales alemanes.

2. ¿Pueden los tribunales españoles acordar la medida cautelar?

Sí, según el art. 35 del Reglamento Bruselas I bis, un Estado miembro puede solicitar medidas cautelares a otro, regidas por la ley interna de este último.

3. ¿Se podría ejecutar en España una medida cautelar dictada en Alemania?

Sí, según el art. 40 del Reglamento Bruselas I bis, si la sentencia tiene fuerza ejecutiva en el Estado requerido.

4. ¿Puede el tribunal alemán pedir directamente el embargo?

No, debe ser la parte interesada (justicia rogada).

Caso 3: Incumplimiento contractual entre empresario español y japonés

Un empresario español en Bilbao quiere demandar en Madrid a un empresario japonés en Nueva York por incumplimiento contractual.

Para determinar la competencia, se debe aplicar el artículo 22 de la LOPJ, ya que el demandado no tiene domicilio en la UE.

Caso 4: Divorcio internacional y competencia judicial

Marc (francés) y María (española) residen en España con sus hijos. Marc abandona a su familia y se va a Francia, interponiendo demanda de divorcio, medidas sobre los hijos y pensión de alimentos.

A) ¿Son competentes los tribunales franceses?

Para el divorcio, sí, según el Reglamento (CE) nº 2201/2003 (Bruselas II bis), art. 3, por ser la residencia habitual del demandante. Para los menores y alimentos, la competencia depende del cumplimiento de las condiciones del art. 12 (menores) y art. 3 (alimentos) de Bruselas II bis.

B) ¿Cuál es la ley aplicable?

La ley aplicable al divorcio, menores y alimentos se determina según el Reglamento Roma III (1259/2010) y el Convenio de La Haya de 1996.

C) ¿Se reconocería la sentencia francesa en España?

Sí, siempre que se cumplan los requisitos del Reglamento Roma III.

Caso 5: Separación de pareja de hecho y medidas parentales

Una pareja de hecho (polaca y portuguesa) con un hijo menor residen en España. Se separan y vuelven a sus países de origen. La madre solicita medidas parentales en España.

A) ¿Son competentes los tribunales españoles?

No, según el Reglamento Bruselas II bis, art. 8, porque el menor reside en Polonia.

B) ¿Dónde se puede interponer la demanda?

En Polonia, según el Reglamento Bruselas II bis, art. 9.

Caso 6: Contrato de compraventa internacional

Amalio (español) firma un contrato en España con ALHAMA (marroquí) para la entrega de alfombras en un puerto marroquí. Amalio demanda en España por incumplimiento.

A) ¿Son competentes los tribunales españoles?

Sí, según el artículo 22.quinquies de la LOPJ, porque la obligación se debía cumplir en España.