Conceptos Clave de Derecho Mercantil y la Empresa

Introducción al Derecho Mercantil

  • 1.- ¿Qué significa que el derecho mercantil es una categoría histórica?

    Surge como una rama jurídica independiente en una época determinada debido a exigencias históricas relacionadas con el surgimiento de los gremios en la Edad Media. El derecho mercantil está en continua evolución, adaptándose a los cambios económicos y sociales.

  • 2.- Concepto de derecho mercantil

    Es la parte del derecho privado que comprende el conjunto de normas jurídicas relativas al empresario y a los actos que surjan del ejercicio de su actividad económica.

  • 3.- ¿Cuáles son las fuentes del derecho mercantil comunitario?

    Las fuentes del derecho mercantil son la ley mercantil, el uso mercantil y, a falta de estas, se aplica el derecho común.

  • 4.- ¿Qué es la lex mercatoria?

    Son reglas de carácter convencional.

  • 5.- ¿Dónde se encuentra regulado el derecho mercantil legal español?

    El derecho mercantil español está regulado por el Código de Comercio, la legislación común y por numerosos decretos realizados para abarcar aspectos que han ido surgiendo y no están recogidos en los anteriores.

  • 6.- Concepto de usos mercantiles

    Son normas de derecho objetivo creadas por la observancia repetida, uniforme y constante de los comerciantes en sus negocios.

  • 7.- ¿Quién debe probar la aplicación de un uso mercantil?

    Para alegar un uso mercantil, este debe ser probado por el interesado, ya sea mediante jurisprudencia o a través de la Cámara de Comercio.

  • 8.- ¿Regirán tales usos en el presente supuesto? ¿Por qué?

    Solo regirá el uso referido a la extinción del contrato (con devolución de las mercancías) si antes de pasado un mes no queda satisfecho el comprador, ya que es el que se da en Córdoba. Para que un uso sea válido, debe tenerse en cuenta la costumbre del lugar en el que se están dando los hechos.

La Empresa Mercantil

  • 1.- Concepto jurídico de empresa

    La empresa es una unidad productiva, es decir, tiene un valor patrimonial de explotación, en la que existe una organización compuesta por un empresario (sujeto organizador) y un establecimiento (objeto organizado).

  • 2.- Concepto de compraventa de empresas

    Contrato por el cual el vendedor se obliga a transmitir al comprador, a cambio de un precio, la titularidad de una empresa.

  • 3.- Definición del arrendamiento de empresa y diferencias con el arrendamiento del local de negocio

    Contrato por el cual se cede la explotación de una empresa a persona distinta de su titular por precio y tiempo determinados. En el arrendamiento de la empresa se cede el derecho de explotación de un negocio; en cambio, cuando hablamos de un arrendamiento del local de negocio, únicamente se transmite el bien inmueble.

  • 4.- Transmisión de los contratos en curso, en especial, los contratos de trabajo y el contrato de arrendamiento de local de negocio

    Los contratos vigentes entre el empresario vendedor y el comprador que sean necesarios para la continuidad de la actividad se transmiten mediante un doble acuerdo: 1º el pactado entre el transmitente y el adquirente, y 2º el celebrado entre el adquirente y los terceros (suministrador, transportista, etcétera). Especificar este segundo acuerdo es imprescindible para que se produzca la subrogación contractual por la que el comprador se coloca en la posición del vendedor.

  • 7.- ¿Cómo se “arrienda” la clientela?

    Solo se puede arrendar cuando se produzcan las llamadas cesiones de cartera, la transmisión de un signo distintivo y la transmisión de locales comerciales a los que la clientela esté vinculada.

  • 8.- ¿Se puede hipotecar la empresa? ¿Cómo?

    Sí. La Ley de Hipoteca Mobiliaria y Prenda sin Desplazamiento establece la posibilidad de constituir hipoteca sobre el establecimiento mercantil, siempre que esté instalado en un local de negocio del que sea arrendatario con derecho de traspaso.

Auxiliares del Empresario

  • 1.- ¿Quién es el factor de una empresa?

    Es el que está habitualmente al frente de la empresa, administrando, dirigiendo y contratando los negocios propios del establecimiento. Es un apoderado general y, como tal, tiene facultades suficientes para representar a la empresa con carácter general, salvo limitación expresa. Al auxiliar del empresario con poder general, aun no estando al frente de un establecimiento, se le denomina factor. Si el empresario está inscrito en el Registro Mercantil y otorga expresamente poder general a favor del factor, este poder será también objeto de inscripción. El factor de las sociedades de capital suele denominarse director general.

  • 2.- ¿Qué se entiende por dependiente y por mancebo?

    El dependiente tiene facultades de representación limitada para alguna actividad en especial dentro del objeto del negocio del empresario. Los mancebos son los auxiliares del empresario para una operación concreta o para un tipo de operaciones de las que integran su objeto.