Conceptos Fundamentales de Derecho: Obligaciones, Contratos y Actos Jurídicos

Derechos Subjetivos, Objetivos, Reales y Personales

¿Qué es el derecho subjetivo?

Facultad de alcanzar algo.

¿Qué es el derecho objetivo?

Conjunto de normas que se encuentran reguladas en un ordenamiento jurídico.

¿Qué es el derecho real?

Es el poder que gravita directamente sobre una cosa.

¿Qué es el derecho personal?

Es el vínculo jurídico que nos constriñe a la necesidad de entregar alguna cosa a otro según el derecho de nuestra ciudad.

Obligaciones: Definición, Elementos y Sujetos

¿Qué entiendes por obligación?

Es el vínculo jurídico que nos ata a la acción de dar, hacer, no hacer o tolerar.

Mencione los elementos de la obligación.

  • Voluntad.
  • Objeto.
  • Sujetos.
  • Relación jurídica.

Mencione o diga usted quiénes son los sujetos de las obligaciones.

  • Acreedor.
  • Deudor.

Tipos de Obligaciones: Simples y Complejas

¿Cuándo estamos ante obligaciones simples y cuándo ante obligaciones complejas?

Depende del número de sujetos. Cuando en la obligación hay solamente un deudor y un acreedor es obligación simple; y cuando hay más de un acreedor o más de un deudor se considera obligación compleja.

Mencione ejemplos de obligaciones complejas.

  • Mancomunada: Es cuando el pago se divide.
  • Solidaria: La norma exige que el pago debe hacerse por entero.
  • Indivisible: La naturaleza del objeto exige que el pago se haga por entero.

¿Cuándo se tiene la obligación con un sujeto indeterminado?

En la Declaración Unilateral de la Voluntad en una oferta de venta o la promesa de recompensa, en la que se hace una oferta o una promesa de manera pública.

Diferencia entre Obligación y Deber Jurídico

Señale la diferencia entre la obligación y el deber jurídico.

El deber jurídico es el género y la obligación es la especie, es decir, toda obligación es un deber jurídico pero no todo deber jurídico es una obligación. Ya que es un deber que exige la ley cumplir con las obligaciones, pero sin embargo existen más deberes jurídicos que nos impone la ley que no son.

Elementos de la Obligación: Objeto y Relación Jurídica

¿Qué es el objeto?

Es el contenido de la conducta de deudor, lo que éste debe dar, hacer o no hacer, la clase de servicio que debe prestar a su acreedor.

¿Cómo debe ser el objeto?

Posible y lícito.

¿Qué es la relación jurídica?

Es el vínculo que existe entre un acreedor y un deudor.

Diferencias entre Obligación Personal y Obligación Real

Señale las diferencias entre una obligación personal y una obligación real.

Un derecho real es la facultad o poder de aprovechar autónoma y directamente una cosa, mientras que el derecho personal consiste en la facultad de obtener de otra persona una conducta que pueda consistir en dar, hacer o no hacer algo.

¿Qué es una obligación real?

Es la necesidad del deudor de ejecutar un acto positivo, exclusivamente en la razón y en la medida de una cosa que posee.

Fuentes de las Obligaciones

Mencione las fuentes de las obligaciones.

  • El contrato.
  • La declaración unilateral de la voluntad.
  • El enriquecimiento ilegítimo.
  • La gestión de negocios.
  • Los hechos ilícitos.
  • El riesgo creado.

Contratos: Definición y Clasificación

¿Qué es el contrato?

El contrato es el convenio que crea o transfiere derechos y obligaciones.

¿Cómo se clasifican los contratos y especifique cada uno?

  • Civiles: Se conciertan entre particulares, o aún entre particular y el Estado cuándo este interviene en un plano de igualdad, como si fuera un sujeto privado.
  • Mercantiles: También son de naturaleza privada los intereses que inducen a la celebración y su propósito y contenido se caracterizan como un acto de comercio.
  • Laborales: Corresponden al derecho público, su diferencia radica en que sus disposiciones son instituidas por leyes de orden público, irrenunciables que fijan su contenido.
  • Administrativos: Corresponden al derecho público, su diferencia radica en que sus disposiciones son instituidas por leyes de orden público, irrenunciables que fijan su contenido. Se diferencian porque en ellos el Estado interviene en su función de persona de derecho público, soberana en situación de supraordinación respecto del particular, con el propósito de proveer la satisfacción de las necesidades sociales.

Tipos de Contratos: Preparatorio, Definitivo, Unilateral, Bilateral, Oneroso y Gratuito

¿Cuándo es un contrato preparatorio y cuándo uno definitivo?

Contrato preparatorio/Preliminar: Para acordar la realización de un contrato a futuro o a la materialización del mismo tiene como requisito fundamental que haya un contrato definitivo.

Contrato definitivo: Puede existir de manera directa y materializarse al momento.

¿Cuándo estamos ante un contrato unilateral y cuándo uno bilateral?

Contrato unilateral: La obligación recae en una sola de las partes.

Contrato bilateral: La obligación recae en ambas partes.

¿Cuándo se tiene un contrato oneroso y cuándo uno gratuito?

Contrato oneroso: Existe un sacrificio entre las partes contratantes, su característica es el contenido económico.

Contrato gratuito: La obligación del sacrificio recae en una de las partes.

Diferencia entre Contrato Aleatorio y Conmutativo

¿Qué diferencia existe entre un contrato aleatorio y un conmutativo?

Contrato aleatorio: Se retiene a circunstancias a futuro como el azar.

Contrato conmutativo: El resultado se conoce desde el momento mismo de su realización.

Tipos de Contratos: Consensuales, Reales, Formales y Solemnes

¿Cuáles son los contratos consensuales, reales, formales y solemnes?

Contrato formal: Son a los que se les asigna una forma necesaria para darle validez.

Contrato consensual: Existe en la vida diaria aunque no está contemplado en la ley para su realización.

Contrato real: Se perfeccionan con la entrega de la cosa.

Contrato solemne: Hay que llevar un procedimiento estipulado en la ley para su realización.

Diferencia entre Contrato Principal y Accesorio

¿Qué diferencia existe entre un contrato principal y un accesorio?

Contrato principal: Para su realización se materializa en un solo acto.

Contrato accesorio: Son los que abonan a la existencia de un contrato principal.

¿Cuándo estamos ante un contrato de tracto sucesivo?

Cuando el pago se da en partes.

Contratos Nominados e Innominados

Describa cuáles son los contratos nominados y cuáles los innominados.

Contrato nominado: Son los que están señalados en la ley.

Contrato innominado: Son los que no están establecidos en la ley y los particulares han acordado la conformación de los mismos en materialización de sus intereses.

Acto Jurídico: Elementos Esenciales y de Validez

Señale los elementos esenciales del acto jurídico.

Solemnidad, consentimiento y objeto.

¿Cuáles son los elementos del consentimiento? Descríbalos.

  • Oferta: Manifestación voluntaria unilateral negocial con los elementos característicos del acto.
  • Aceptación.

¿Qué requisitos debe tener el objeto como elemento esencial del acto jurídico?

  • Debe ser posible física y jurídicamente.
  • Debe estar dentro del mercado, es decir, susceptible de apreciación pecuniaria.
  • Debe estar determinado en el contrato.

Señale cuáles son los elementos de validez del acto jurídico.

  • Licitud en el objeto, motivo o fin.
  • Cumplimiento de la forma legal.
  • Capacidad de las partes.
  • Ausencia de vicios de la voluntad.

Señale cuáles son los requisitos de validez del contrato.

  • Licitud en el objeto, motivo o fin.
  • Cumplimiento de la forma legal.
  • Capacidad de las partes.
  • Ausencia de vicios de la voluntad.

Los requisitos de existencia del contrato.

  • Consentimiento.
  • Objeto.
  • Solemnidad.

Vicios de la Voluntad: Error, Violencia, Mala Fe y Lesión

¿Cuándo se está ante la ausencia de vicios de la voluntad?

Cuando no hubo error, violencia ni dolo ni mala fe por parte de ninguna de las partes.

¿Qué es el error?

Es un concepto falso de la realidad, una creencia no conforme a la verdad.

¿Qué es la violencia y la mala fe?

La mala fe es la actitud pasiva del contratante que, habiendo advertido del error en que se encuentra la otra parte, lo disimula y se abstiene de alertarla sobre dicho error para aprovecharse de ella.

Hay violencia cuando se emplea fuerza física o que importen peligro de perder la vida, la honra, la libertad, la salud, o una parte considerable de los bienes del contratante, de su cónyuge, de sus ascendientes, de sus descendientes o de sus parientes colaterales dentro del segundo grado.

¿Qué es la lesión?

Consiste en la desproporción exagerada de las prestaciones que las partes se deban recíprocamente por el acto jurídico.

Capacidad, Interdicción y Legitimación

¿Qué es la capacidad?

Es la aptitud para ser titular de derechos y obligaciones y para ejercitarlos.

¿Cuántas clases de capacidad existen y descríbalas?

  • De goce: Aptitud para ser titular de derechos y obligaciones.
  • De ejercicio: Aptitud para ejercitar o hacer valer por sí sus derechos.

¿Qué es la interdicción?

Es una declaración que acota o extingue la capacidad de ejercicio de quien excede esa edad y muestra signos de otra causa determinante para vetar su actuación.

¿Cuándo se tiene incapacidad y falta de legitimación para obrar?

La legitimación para obrar es la posición específica de un sujeto en relación con ciertos bienes o intereses, por la que su declaración de voluntad puede ser operante respecto de éstos.

¿Cómo se sanciona la incapacidad?

La incapacidad de goce se sanciona con nulidad absoluta y la incapacidad de ejercicio se sanciona con nulidad relativa.

Representación y Mandato

¿Qué es la representación?

Es una figura jurídica que consiste en permitir que los actos celebrados por una persona llamada representante repercuten y surten efectos de derecho en la esfera jurídica de otro sujeto llamado representado, como si este último lo hubiera realizado y no afectan la del representante, el cual queda ajeno a la relación de derecho engendrada por su acción, a pesar de ser el protagonista del acto.

Señale las diferentes clases de representación.

  • Legal: Es instituida directamente por la ley.
  • Voluntaria: Se establece directamente por la voluntad contractual.
  • Judicial: Se determina directamente por la autoridad jurisdiccional.
  • Oficiosa: Por el hecho jurídico voluntario de gestión de negocios se consigue eventualmente alguno de sus efectos.

Señale las clases de mandato. (Especial y general)

  • Especial: Se contiene para que el mandatario realice, por el mandante, los actos o el negocio que limitativamente este le encarga.
  • General: Se concede para realizar todos los actos o negocios diversos que encuadre en un género determinado.