Conceptos Fundamentales del Derecho: Constitución, Ley, Decreto, Ordenanza, Tratado

Constitución

Una Constitución es la ley fundamental de un Estado que define el régimen básico de los derechos y libertades de los ciudadanos y los poderes e instituciones de la organización política.

La Constitución de Venezuela de 1999 (nombre oficial: Constitución de la República Bolivariana de Venezuela) es la Carta Magna vigente en Venezuela, adoptada el 15 de diciembre de 1999, y el 15 de febrero de 2009, le fue introducida la Enmienda Nº 1. Fue impulsada por Hugo Chávez, recibiendo respaldo de diversos sectores y el rechazo de los partidos tradicionales.

Leyes

Las leyes (en latín: lex, legis) son una norma jurídica dictada por el legislador, es decir, un precepto establecido por la autoridad competente, en que se manda o prohíbe algo en consonancia con la justicia cuyo incumplimiento conlleva a una sanción.1 Según el jurista panameño César Quintero, en su libro Derecho Constitucional, la ley es una «norma dictada por una autoridad pública que a todos ordena, prohíbe o permite, y a la cual todos deben obediencia». Por otro lado, el jurista venezolano, nacionalizado chileno, Andrés Bello definió a la ley, en el artículo 1° del Código Civil de Chile como «Una declaración de la voluntad soberana, que manifestada en la forma prescrita por la Constitución, manda, prohíbe o permite».

Las leyes son delimitadoras del libre albedrío de las personas dentro de la sociedad. Se puede decir que la ley es el control externo que existe para la conducta humana, en pocas palabras, las normas que rigen nuestra conducta social. Constituye una de las fuentes del Derecho, actualmente considerada como la principal, que para ser expedida, requiere de autoridad competente, es decir, el órgano legislador.

Decreto

Decreto: Es un acto administrativo que es expedido, en la mayoría de ocasiones para situaciones de urgente necesidad, por el poder ejecutivo y, generalmente, posee un contenido normativo reglamentario, por lo que su rango es jerárquicamente inferior a las leyes.

Ordenanza

Ordenanza es un tipo de norma jurídica que se incluye dentro de los reglamentos, y que se caracteriza por estar subordinada a la ley.

El término proviene de la palabra «orden», por lo que se refiere a un mandato que ha sido emitido por quien posee la potestad para exigir su cumplimiento. Por ese motivo, el término ordenanza también significa «mandato legal».

Según los diferentes ordenamientos jurídicos, las ordenanzas pueden provenir de diferentes autoridades (civiles o militares).

Ordenanzas Civiles

Entre las ordenanzas civiles, principalmente se utiliza el término en la administración local, con la expresión ordenanza municipal. Tales son las dictadas por un ayuntamiento o municipalidad para la gestión de su municipio. Habitualmente las ordenanzas municipales son debatidas y aprobadas por el pleno de su órgano colegiado; aunque en algunos casos pueden emitirse por la autoridad del máximo órgano unipersonal, el alcalde o presidente municipal.

También son ordenanzas civiles las ordenanzas concejiles, que reflejan por escrito el conjunto de normas que tenía cada comunidad concejil o concejo general de vecinos.1

Ordenanzas Militares

Las ordenanzas militares designan a: una formación u orden de batalla, al soldado a las órdenes de un oficial, y a las leyes o normas que rigen a los militares y la tropa.

Tratado

Un tratado es el cierre o la finalización de una negociación o disputa, tras haberse debatido y alcanzado un acuerdo. La noción de tratado se utiliza para nombrar a la documentación que registra dicha conclusión y, en un sentido más amplio, al texto o manual sobre un cierto asunto.

Del latín tractatus, un tratado es el cierre o la finalización de una negociación o disputa, tras haberse debatido y alcanzado un acuerdo. La noción de tratado se utiliza para nombrar a la documentación que registra dicha conclusión y, en un sentido más amplio, al texto o manual sobre un cierto asunto.

Tratado Internacional

La noción de tratado internacional se usa para nombrar a aquel que suscriben actores de derecho internacional y que puede estar formado por una o más herramientas jurídicas vinculadas. Esta herramienta suele utilizarse para fijar límites territoriales o poner fin a un enfrentamiento bélico.