Conceptos Fundamentales y Métodos del Derecho Internacional Privado
Métodos del Derecho Internacional Privado
En la actualidad, el Derecho Internacional Privado (DIPRIVADO) emplea una pluralidad de métodos para abordar las relaciones jurídicas internacionales:
Método Inductivo
Se busca alcanzar, mediante el conocimiento de hechos o casos particulares, la ley o principio general que los regula científicamente.
Método Deductivo
También por vía de conocimiento, se establece una norma a partir de la concepción de un supuesto general, procediendo de lo común y universal a lo particular e individual.
Método Analítico
Permite analizar la norma o la relación jurídica.
Método Individual
Se señala el punto de partida en un Estado y se procura el cumplimiento del deber de ese Estado respecto de los individuos que integran la sociedad jurídica universal.
Método Universal
Los Estados, en conjunto, tienen el deber común de asegurar la aplicación del derecho privado de la humanidad, formulando reglas jurídicas positivas y universales.
Método Positivista
Propugnan la universalidad del orden jurídico estatal, resultando irrelevantes los órdenes de otros Estados.
Técnicas de Armonización en el Derecho Internacional Privado
A fin de regir las relaciones privadas internacionales, existen distintas técnicas que, si bien con diferentes grados y niveles de integración jurídica, todas procuran armonizar, conciliar y acordar las distintas legislaciones. De menor a mayor integración, son:
Coordinación
Consiste en efectuar modificaciones en las legislaciones internas buscando únicamente establecer líneas generales comunes. Representa un nivel mínimo de nivelación jurídica, ya que no implica niveles superiores de integración legislativa. La coordinación es la técnica que más respeta las diferencias entre ordenamientos.
Aproximación
Se buscan líneas específicas, particulares y comunes, que los Estados incorporan a su derecho interno como criterios generales e internacionales establecidos en el proceso de coordinación.
Armonía Legislativa
La finalidad de la armonización de legislaciones es la búsqueda de soluciones que minimicen los conflictos de leyes. Existe coincidencia entre varios Estados soberanos en la elección de reglas de conflicto y diversidad legislativa en su derecho sustancial. Es la técnica empleada mayormente en los Tratados de Montevideo (1889 y 1940), el Código de Bustamante y el MERCOSUR.
Uniformidad Legislativa
Implica la identidad, la eliminación de toda diferencia y, por ende, un compromiso superior por parte de los Estados. Conlleva la creación de cuerpos normativos en el ordenamiento jurídico interno de los Estados, mediante la redacción de un conjunto de normas estandarizadas que contengan criterios jurídicos, económicos, comerciales y políticos, provenientes de diferentes Estados. Los mejores ejemplos se encuentran en los tratados internacionales y en las leyes uniformes. Las reglas uniformes de un tratado se aprueban o no; no hay términos intermedios.
- Ejemplos de convenciones de la ONU firmadas por Argentina incluyen:
- La Declaración Universal de Derechos Humanos.
- La Convención Americana sobre Derechos Humanos.
- La Convención sobre los Derechos del Niño.
- La Convención sobre la Eliminación de Todas las Formas de Discriminación contra la Mujer.
La Norma Jurídica en el Derecho Internacional Privado
Definición de Norma Jurídica
La norma jurídica es, según Biocca, una preceptuación obligatoria del derecho que regula en un sentido social la conducta humana. El derecho, entonces, formula juicios hipotéticos o supuestos jurídicos que han de desencadenar consecuencias predeterminadas.
Naturaleza de las Normas Jurídicas
Podemos distinguir las normas por su naturaleza pública o privada en orden a su obligatoriedad:
Pública: Normas imperativas.
Privada: Normas supletorias.
Normas Directas e Indirectas y el Punto de Conexión
El Derecho Internacional Privado (DIPRIVADO) se maneja, además de con las normas directas, con las indirectas. Sin embargo, aparece en su estructura un elemento peculiar que es el punto de conexión.
Normas Directas
Las normas directas poseen una hipótesis o tipo legal (donde se encuentran los hechos, los supuestos jurídicos, la situación a regular) y una consecuencia jurídica o sanción (que contiene la regulación, la consecuencia legal a los hechos descriptos en la hipótesis). Proporcionan una respuesta jurídica inmediata y específica a la situación privada internacional, ofreciendo la solución legal. Con la aplicación de estas leyes, no se consulta otro ordenamiento jurídico; se la emplea como la ley que ordena la relación jurídica. La mayor cantidad de estas reglas jurídicas se encuentran en tratados internacionales y, en menor escala, en el derecho nacional.
Normas Indirectas
Las normas indirectas se llaman así porque no regulan directamente la relación jurídica compleja. Poseen, además de los dos elementos enunciados (hipótesis y consecuencia jurídica), el punto de conexión. Cada ordenamiento jurídico debe organizar el sistema que regule la conexión del Derecho Nacional con el extranjero. Ese enlace se logra por medio de una norma denominada indirecta o de conflicto, cuya característica esencial es extraterritorializar el Derecho aplicable al caso.
La Consecuencia Jurídica
La consecuencia jurídica es la solución que se obtiene del Derecho declarado competente para regular la relación (localizado por el punto de conexión). En otros términos: es la aplicación del ordenamiento jurídico que resuelve la controversia.
Clasificación de Normas Indirectas
- Internas o nacionales: Se originan en la voluntad exclusiva del Estado.
- Internacionales o convencionales: Se originan en la voluntad concurrente de dos o más Estados.
- De Importación: Remiten a un derecho privado extranjero.
- De Exportación: Declaran aplicable el derecho propio.
- Unilaterales: Se limitan a declarar aplicable el derecho propio (ejemplo: artículos 2601/3 del Código Civil y Comercial). No contemplan o regulan todas las situaciones posibles.
Normas Internacionalmente Imperativas
Son defensas o resguardos que cada ordenamiento jurídico construye para evitar que, dentro del territorio propio, se realicen soluciones que perturben determinados principios estructurales sobre los que está edificado.
El artículo 2599 del Código Civil y Comercial establece: «Las normas internacionalmente imperativas o de aplicación inmediata del derecho argentino se imponen por sobre el ejercicio de la autonomía de la voluntad y excluyen la aplicación del derecho extranjero elegido por las normas de conflicto o por las partes.»
La Nacionalidad como Punto de Conexión
La nacionalidad de la persona es un punto de conexión que garantiza, en principio, la aplicación de una sola ley estatal a las cuestiones jurídicas relativas al individuo. Al ser una conexión estable, evita fraudes y potencia la seguridad jurídica. Se sostiene que resulta más fácil cambiar de domicilio que de nacionalidad, dado que el cambio de domicilio depende enteramente del individuo, mientras que el cambio de nacionalidad requiere del consentimiento del Estado cuya nacionalidad se adquiere. Igual que el domicilio, la nacionalidad es una conexión jurídica cuya comprobación resulta más dificultosa, ya que puede ser muy difícil precisar si una persona ha adquirido o ha perdido una determinada nacionalidad, y mucho más frente a casos de múltiples nacionalidades y apatridia.