Contratos reales

CONTRATOS CONSENSUALES Y LOS REALES

Son contratos consensuales los que perfeccionan, por el mero consentimiento, desde que existe el consentimiento entre las partes existe contrato, mientras que los contratos reales son los que se perfeccionan mediante el consentimiento y entrega de la cosa , por tanto habrá contrato real cuando no solo haya habido consentimiento sino que también tiene que haber la entrega de la cosa (no tiene nada que ver con los derechos reales)

La compraventa es un contrato consensual ,los romanos lo llamaban emptio-venditio , es un contrato bilateral perfecto surgen las obligaciones para las dos partes, tanto el vendedor como el comprador, es un contrato de buena fe(además de la obligaciones de la compraventa surgen las obligaciones de buena fe) , por el cual un sujeto que denominamos vendedor (venditor) se obliga a otro comprador (emptor) a entregarle la pacífica y duradera posesión de una cosa a cambio de una determinada cantidad de

dinero que denominamos precio(pretivm) , por tanto es un contrato consensual , desde que existe consentimiento entre las partes y acuerdo LA COMPRAVENTA NO TIENE EFECTOS REALES, no es traslativa este dominio , la compraventa es un título , sino que genera obligaciones

Elementos de la compraventa

La cosa (merx) y el precio , las cosas con las que se puede comerciar son intra commercivm, necesita ser intra commercivm para comercializarse

Y cuya venta sea lícita,mes decir, que no esté prohibida por la ley, también se pueden vender ideas( marcas, programas), derechos y también se pueden vender cosas futuras, la venta de cosas esperadas por ejemplo un yegua que está preñada antes de dar luz puedo vender al potrillo ,no yo puedo vender la cosecha antes de venderla , con respecto al precio en primer lugar el precio debe ser cierto , es decir, debe estar suficientemente determinado , en segundo lugar debe ser verdadero , es decir,e no simulado , se debe pagar, también el precio debe ser justo, es decir, debe haber concordancia entre el valor de la cosa y el valor que se paga con ella y por último en dinero , esto quiere decir que tiene que ser en monedas o signo que lo represente (cheque…) se permite pagar una parte en dinero y otra parte en otros bienes, pero para que se compraventa la parte que se paga en dinero tiene que ser mayor que la parte que se paga en especie (en bienes)

Obligaciones del vendedor

Está obligado a transmitir la pacífica y duradera posesión de la cosa, prestar garantía por evicción, es decir, asegurar que no llegará un tercero con mejor derecho sobre la cosa y también saneamiento por vicios o defectos ocultos , posee un dedito puede ser actio redhibitoria para que le sea devuelta hasta el doble por el precio que pagó por la cosa y aqvanti minoris quedarse con la cosa a cambio de una rebaja en el precio . Además de estas el vendedor debe custodiar la cosa desde el momento de la perfección del contrato hasta la entrega de la cosa

Obligación del comprador

Pagar el precio, responder por cualquier actitud dolosa, contraria a la buena fe (obligación de ambos) , pericvlvm est emptoris, decir, que si la cosa de perfección del contrato hasta el momento de la entrega se destruye o se pierde sin culpa del vendedor se pierde para el comprador.


Pactos añadidos a la compraventa

1. El pacto de la ley comisoria (lex commisoria) , es un pacto añadido a al compraventa, concede al vendedor la facultad de rescindir el contrato si él comprador no paga en un plazo.

2. Pacto in diem addictio que faculta al comprador a rescindir el contrato si encuentra una oferta mejor

3. El pacto si res placverit : facultad al comprador de rescindir el contrato sin la cosa no satisface (si no queda satisfecho le devolvemos el dinero)

Arrendamiento (locatio- conductio)


Contrato consensual, bilateral perfecto,mejor el cual un sujeto arrendador o locator se obliga frente a otro sujeto arrendatario o conductor a :

1. Poner a su disposición una cosa para que la use y disfrute

2. Prestarle determinados servicios

3. Entregarle una cosa para que realice una determinada actividad sobre ella

La parte que obtiene la ventaja o beneficio debe pagar una contraprestación económica llamada merces . Elamrrendamiento es una contrato con tres modalidades (de cosa , de servicios o de obra) (reí,operarum,operis)

El arrendamiento de cosas es aquel contrato de arrendamiento en el cual el arrendador pone una cosa a disposición de un arrendatario para que la use y disfrute , la cosa puede ser mueble o inmueble , el precio que se paga a cambio debe ser en dinero aunque se permite en el ámbito de los arrendamientos rústicos pagar una parte con la cosecha.El arrendamiento de servicios es aquel en el cual un sujeto arrendatario se obliga frente a toro sujeto arrendador a prestarle una determinada cantidad de trabajo a cambio de una remuneración (el salarivm), obligaciones locator realiza zar personalmente el trabajo y responder por posibles daños producidos por su trabajo y obligaciones del conductor pagar la remuneración, este contrato se extingue bien por la muerte del locator o bien por la realización del trabajo . En la operis, el locator entrega una cosa para que el conductor realice sobre ella una obra y la devuelva finalizada en este caso es el locator el que paga también la merces.

El objeto del contrato es la obra no el trabajo , el conductor no está obligado a realizar la obra personalmente sino que solo responde de la obra.

En las tres modalidades para exigirse mutuamente las obligaciones se dispone de dos acciones : actio locati y actio condvcti

En la locatio conducto rey , la primera obligación que tiene el arrendador es poner la cosa en disposición del arrendatario, en segundo lugar está obligado el arrendador a mantener la cosa en condiciones idóneas para su uso , corriendo con los gastos necesarios para ello o abandon al arrendatario los gastos que este haya adelantado. La tercera obligación es indemnizar al conductor por daños y perjuicios derivados de vicios y defectos en la cosa.

Las obligaciones del conductor es pagar la renta, la merces, la segunda obligación es utilizar la cosa para el uso previsto respondiendo por el mal uso. La tercera obligación es devolver la cosa al término del arriendo, subarriendo , arrendar el arrendador . La relocatio es la prórroga del contrato sin necesidad de hacer otro contrato.


I. ¿Qué es una sociedad?


Es un contrato consensual ,bilateral o plurilateral en el que 2º más personas(socios) se obligan mutuamente a poner en común dinero, cosas o trabajo para la consecuencia de un fin lícito y de un interés común

Carácterísticas

1. El consentimiento debe ser continuado

2. La sociedad en época romana no da origen a una persona jurídica distinta de las personas de los socios, la acción de los socios es un actio pro socio para exigir sus obligaciones.

Contratos consensuales

II. ¿Qué es un mandato?


Es un contrato consensual , bilateral , imperfecto de buena fe muy acusada , esencialmente gratuito por el cual un sujeto que determinamos mandante encarga a otro que determinamos mandatario la ejecución de una determinada tarea que este acepta.

Carácterísticas

1. Contrato consensual, desde que hay aceptación del mandato surge la obligación de cumplirlo

2. Es bilateral imperfecto , siempre surge la obligación del mandatario de cumplir el mandato. Y solo eventualmente tendrá el mandante obligación de indemnizar cuando se produzcan gastos extraordinarios

3. Es esencialmente gratuito, no puede haber una contraprestación económica a cambio del encargo

4. De buena fe muy acusada, en un ámbito de particular confianza

Contratos reales

¿Qué es un mutuo?


Es un contrato real unilateral, gratuito por el que una persona mutuamente entrega a otro sujeto o persona que llamamos mutuario la propiedad de una determinada cantidad de dinero o de cosas fungibles (consumibles) quedando esté obligado a devolver otro tanto del mismo género y calidad.

¿Qué es el comandato?


Es un contrato real, bilateral imperfecto gratuito por el cual un sujeto que llamamos comodante entrega a otro comondatario una cosa inconsumible para que la use según lo convenido y la devuelva dentro del término adorado , si se le da otro uso distinto se comete un urto d uso un furtum usus .

¿Qué es un depósito?


Es un contrato real,bilateral,imperfecto, gratuito por el que una persona depositante confía a otra depositario una cosa mueble para que la guarde la conserve y la devuelva a petición del depositante.

¿Qué es la prenda? PIGNUS

Es un contrato real,bilateral imperfecto, por el cual un deudor entrega a su acreedor la posesión de una cosa propia o de un tercero con su consentimiento para garantizar su obligación,acordando que le será restituida una vez extinguida la deuda. El contrato tal de prenda de origen al derecho real de prenda que tendrá el acreedor pimnaticio sobre la cosa.