Convención de Kyoto: Facilitación del Comercio Global y Procedimientos Aduaneros
Convención de Kyoto – Facilitación del Comercio Internacional
Contribuir eficazmente al desarrollo del comercio e intercambios, simplificando y armonizando los regímenes y prácticas aduaneras, y estimulando la cooperación internacional. Fue elaborado por la Organización Mundial de Aduanas (OMA).
El Acuerdo sobre Facilitación del Comercio consta de tres secciones:
- Sección I: Disposiciones para agilizar el movimiento, el levante y el despacho de aduana de las mercancías, incluidas las mercancías en tránsito.
- Sección II: Disposiciones sobre el trato especial y diferenciado a los países en desarrollo y menos adelantados.
- Sección III: Disposiciones que establecen un comité permanente de facilitación del comercio en la OMC y exigen que los miembros tengan un comité nacional para facilitar la coordinación interna y la aplicación de las disposiciones del acuerdo.
Medidas de Facilitación del Comercio Previstas por el Acuerdo
- Reducción de los requerimientos relativos a documentos y datos innecesarios.
- Menos inspecciones físicas y de prospección de mercancías.
- Entrega rápida.
- Pago aplazado de derechos, impuestos y cargos.
- Una sola declaración de mercancías para todas las importaciones y exportaciones en un período determinado.
- Pago de los derechos de aduana en las instalaciones del operador con licencia u otro lugar autorizado por la aduana.
Capítulos Clave
- Principios Generales
- Definiciones
- Formalidades de Desaduanamiento
- Derechos e Impuestos
- Liquidación, Cobro y Pago de Derechos e Impuestos
- Pago Diferido de Derechos e Impuestos
- Devolución de Derechos e Impuestos
- Garantía
- Control Aduanero
- Aplicación de la Tecnología de la Información
- Relaciones entre la Aduana y Terceros
- Información y Resoluciones Comunicadas por la Aduana
- Información de Alcance General
- Informaciones Específicas
- Recursos en Materia Aduanera
Principios Fundamentales del Convenio de Kyoto
- Transparencia de las acciones que realiza la aduana.
- Estandarización y simplificación de la declaración de mercancía y los documentos de soporte.
- Procedimientos simplificados para los operadores autorizados.
- Máxima utilización de la tecnología de la información.
- Mínimos controles aduaneros.
Glosario de Términos Aduaneros
- Administración de aduanas: Es responsable de la aplicación de la legislación aduanera y de la recaudación de los derechos e impuestos, relativos a la importación, exportación, circulación o depósito de mercancías.
- Asistencia mutua administrativa: Son las actuaciones de una Administración de aduanas en nombre de o en colaboración con otra Administración de aduanas para la correcta aplicación de la legislación aduanera y para la prevención, investigación e infracciones aduaneras.
- Control aduanero: Son medidas aplicadas por la aduana para asegurar que se cumple la legislación aduanera.
- Declaración de mercancías: Son declaraciones según la forma fijada por la aduana, mediante el cual los interesados señalan el régimen aduanero a asignar a las mercancías y comunican los datos que exige por la aduana.
- Derechos de Aduana: Son derechos establecidos en el arancel aduanero a los que quedan sujetas las mercancías que entran o salen del territorio aduanero.
- Despacho: Es la realización de las formalidades aduaneras necesarias para que las mercancías puedan ser importadas a consumo, exportadas o colocadas al amparo dentro régimen aduanero.
- Formalidades aduaneras: Son todas las operaciones que deben llevar a cabo los interesados y la aduana debe cumplir con la legislación aduanera.
- Garantía: Es aquel que asegura la satisfacción de la aduana en cumplimiento de una obligación contraída con la misma.
- Legislación aduanera: Son las disposiciones legales y reglamentarias relativas a la importación, exportación, circulación y depósito de mercancías, cuya aplicación está expresamente encomendada a la aduana.
- Levante de las mercancías: Es el acto por el que la aduana permite que las mercancías objeto de despacho sean puestas a disposición de los interesados.
- Liquidación de los derechos e impuestos: Es el cálculo del importe de los derechos e impuestos a pagar.
- Reconocimiento de mercancías: Es el examen físico de las mercancías por la aduana para comprobar que la naturaleza, origen, estado, cantidad y valor de las mercancías concuerdan con los datos de la declaración de mercancías.
- Territorio aduanero: Es el territorio donde se aplica la legislación aduanera.
Organización Mundial de Aduanas (OMA)
Es responsable de su administración, formula planes estratégicos en el marco de sus lineamientos, actividades y objetivos estratégicos. Es un Consejo de cooperación aduanera con 179 países miembros.
Principales Actividades del Consejo de la OMA
- Armonización y simplificación de los procedimientos aduaneros.
- Promoción y marketing.
- Cooperación e intercambio de información.
- Fortalecimiento de capacidades.
- Investigación y análisis.
Composición de la OMA
- Comités:
- Comité de Política
- Comité de Finanzas
- Evaluación del Plan Estratégico
- Comité Técnico
- Fortalecimiento a los Convenios
Régimen de Importación a Consumo Según el Convenio Internacional de Kyoto
Las formalidades aduaneras imponen obligaciones a las personas relacionadas con las mercancías. En general, las obligaciones consisten en:
- Presentación de mercancía.
- Presentación del medio de transporte ante la aduana.
- Presentación de la declaración de la mercancía y otros documentos de respaldo (factura, licencia de importación y certificado de origen).
Directivas del Capítulo 3
Las directivas de este capítulo constan de once partes:
Parte 1 – Creación de Oficinas Aduaneras
La necesidad de crear una oficina aduanera se basará en los volúmenes de tráfico, de mercancías y de viajeros que ingresan al territorio aduanero a través de rutas terrestres, puertos, aeropuertos y puntos dentro del territorio.
Creación y Designación de una Oficina Aduanera (Norma 3.1)
La Aduana designará las oficinas aduaneras en que se presentarán o desaduanarán las mercancías.
Normas Adicionales
- Horas de atención al público y lugares de desaduanamiento (Norma 3.2)
- Oficinas aduaneras yuxtapuestas (Norma 3.3)
- Cooperación entre oficinas aduaneras yuxtapuestas (Norma Transitoria 3.4)
Parte 2 – Derechos y Responsabilidades del Declarante
Cuando las mercancías ingresan al territorio aduanero, la Aduana debe ser informada respecto de la persona responsable de cumplir con las obligaciones aduaneras con relación a las mercancías.
Parte 3 – La Declaración de Mercancías
Luego del ingreso de las mercancías a territorio aduanero, las mismas deben ser colocadas bajo un régimen aduanero, ya sea, importación para el consumo, admisión temporaria, tránsito, depósito aduanero o perfeccionamiento, dentro de un límite de tiempo específico.