Deontología periodística: Códigos, valores y responsabilidades profesionales

Deontología y códigos deontológicos: los valores profesionales

Las normas deontológicas

La deontología debe contemplar dos aspectos:

  • Respaldo social: Las normas deben estar respaldadas por la moral social y ser aplicables a todas las profesiones, incluyendo el marco jurídico y político.
  • Acción ética individual: Si bien la ética individual suele ajustarse a la moral social, las convicciones personales pueden diferir.

Según De Santes, la deontología también considera:

  • Garantizar una disciplina interna entre profesionales.
  • Preservar el prestigio profesional.

Podemos distinguir dos sentidos de la deontología:

Sentido amplio

Conjunto de normas legales, estatutarias y convencionales, principios y costumbres de aceptación general en la profesión. Incluye estatutos profesionales y convenios colectivos.

Sentido estricto

Conjunto sistemático de normas, usos, principios y deberes basados en la aceptación voluntaria de los profesionales, más allá de sanciones legales.

La deontología periodística

El periodismo requiere una formación ética y deontológica. Los periodistas tienen una gran responsabilidad.

Deontología y códigos deontológicos del periodismo

La deontología periodística, derivada del griego “to déon” (deber) y “logía” (ciencia), es una ética aplicada que clarifica los deberes mínimos de la práctica periodística. Se define como la concreción de las exigencias del principio de justicia en el ámbito de la información, estableciendo mínimos obligatorios para todos.

Los códigos deontológicos recogen criterios y normas de comportamiento moral, asumiendo el compromiso de quienes realizan la actividad profesional. A diferencia de los códigos de conducta, abordan los aspectos más sustanciales y fundamentales de la dimensión ética profesional.

Los códigos como “cristalización de los valores profesionales”

Los valores del periodismo, como la verdad, la independencia, la objetividad, la integridad y la responsabilidad, se cristalizaron en los códigos deontológicos a lo largo de su historia.

Los códigos como “expresión pública del sentido de la profesión”

Los códigos buscan definir el sentido de la profesión periodística:

  • En primer lugar: Definen la profesión como una misión de servicio público, con metas específicas (la información ciudadana).
  • En segundo lugar: Presentan la profesión como una práctica colectiva y una vocación moral, más allá de un medio individual para ganarse la vida.
  • En tercer lugar: Asumen una responsabilidad pública, sirviendo a las necesidades informativas de los ciudadanos y mediatizando los derechos sociales a la información.

Los códigos deontológicos de la profesión periodística

Los códigos deontológicos del periodista, también llamados códigos éticos o de honor, son textos que hacen referencia a los deberes, derechos y responsabilidades éticas de los periodistas. Se definen como:

  • Conjunto de principios y normas de conducta profesional.
  • Interpretación de los principios generales de la profesión y las actitudes a observar.
  • Ordenación sistemática de principios, normas y reglas para orientar la conducta de los miembros y sus relaciones mutuas.

Código Deontológico de la Profesión Periodística (Código de la FAPE)

Adoptado el 16 de junio de 1993, este código está dividido en cuatro partes:

  1. Preámbulo: Recuerda las responsabilidades éticas y los compromisos profesionales, destacando el compromiso social del periodismo en la mediación de los derechos fundamentales a la información y expresión.
  2. Principios Generales: Resalta deberes como el respeto a la verdad, el derecho a la información, la intimidad, la presunción de inocencia, y la prohibición de entrevistar a menores en temas delictivos o privados.
  3. Estatuto: Reivindica derechos como dignas condiciones de trabajo, secreto profesional, cláusula de conciencia, derechos de autor, participación en la empresa y formación profesional.
  4. Principios de Actuación: Menciona valores como la búsqueda de la verdad, la corrección de errores, el derecho de réplica, la distinción entre hechos y opiniones, y la prohibición de aceptar gratificaciones o usar información privilegiada.

Declaraciones y cartas deontológicas internacionales

Además de los códigos nacionales o regionales, existen declaraciones internacionales que sirven de orientación para la creación de códigos deontológicos nacionales.

Declaración de los Deberes de los Periodistas de la FIP

Desde 1950, la ONU impulsó la reflexión sobre la información y la necesidad de un código internacional. La FIP (Federación Internacional de Periodistas) aprobó en 1954 la “Declaración de los Deberes de los Periodistas”, revisada en 1986 como “Declaración de principios de conducta de los periodistas”, incluyendo el cuidado de evitar la discriminación social.

La»Carta de Munic» de los periodistas europeos

Aprobada en 1971, la Carta de Munich, o “Principios deontológicos de los periodistas europeos”, tiene tres características:

  • Legitima el sentido de la profesión y fundamenta los deberes, derechos y responsabilidades profesionales.
  • Asume la Declaración de la FIP, añadiendo un artículo sobre la independencia redaccional.
  • Considera que los deberes requieren condiciones de independencia y dignidad profesional, declarando derechos como el de investigación, acceso a fuentes, rehusar subordinación contraria a la línea editorial, cláusula de conciencia, información sobre decisiones importantes en la empresa, y dignidad y seguridad en el trabajo.