Derecho de la Publicidad y Libertad de Expresión
Parcial 3 (Tema 8): Derecho de la Publicidad
1. Definición y Principios de la Publicidad
La publicidad es una modalidad de comunicación pública caracterizada esencialmente por su finalidad comercial. En su regulación confluyen los principios básicos de la actividad comercial y los vinculados a la actividad de comunicación.
2. Derechos Constitucionales
La actividad publicitaria se fundamenta en la libertad de empresa (funcionalidad económica) y la libertad de expresión (estructura comunicativa).
3. Justificación de la Intervención del Derecho
La intervención del Derecho en la publicidad se justifica por la necesidad de proteger la dignidad humana, los valores y derechos fundamentales, así como la lealtad en la competencia.
4. El Derecho de Publicidad: ¿Rama Autónoma?
El Derecho de la Publicidad no es una rama autónoma, sino un conjunto de normas de distintas ramas (derecho administrativo, mercantil, penal, etc.) que regulan la actividad publicitaria por su influencia social y económica.
5. Consecuencias de la No Autonomía
- Se rige por principios jurídicos diferentes.
- Existe una gran dispersión normativa.
6. Definición Restringida de Publicidad (Art. 2 LGP)
Toda forma de comunicación en el ejercicio de una actividad económica para promover la contratación de bienes, servicios o prestaciones. Se trata de Publicidad Comercial.
7. Elementos de la Definición (Art. 2 LGP)
- Elemento informativo (forma de comunicación).
- Elemento subjetivo (realizada por una persona física o jurídica en el ejercicio de una actividad comercial, industrial, artesanal o profesional).
- Elemento finalista, finalidad (promover la contratación). Distingue la publicidad del art. 2 LGP, ya que no toda comunicación comercial es publicidad. Su objetivo es captar clientes.
8. Interpretación Amplia del Concepto
La interpretación amplia incluiría la publicidad con finalidad no comercial dentro del concepto regulado en la LGP.
9. Leyes Estatales que Regulan la Publicidad
- Ley General de la Publicidad (Ley 34/1988).
- Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios (Real Decreto Legislativo 1/2007).
- Ley de Competencia Desleal (Ley 3/1991).
- Ley Orgánica de Protección Jurídica del Menor (LO 1/1996).
- Código Penal (LO 10/1995).
10. Sujetos Publicitarios
- Emisor: el anunciante, persona en cuyo interés se realiza la publicidad.
- Ejecutor: la agencia de publicidad, que crea, prepara, programa o ejecuta publicidad para el anunciante.
- Difusores: los medios de publicidad, que difunden la publicidad a través de soportes o medios de comunicación.
11. Contrato de Publicidad
Acuerdo por el que un anunciante encarga a una agencia la ejecución y creación de publicidad a cambio de una contraprestación.
12. Contrato de Difusión Publicitaria
Acuerdo por el que un medio se obliga, a cambio de una contraprestación, a permitir la utilización publicitaria de espacio o tiempo y a desarrollar la actividad técnica necesaria.
13. Objeto de la Actividad Publicitaria
El mensaje publicitario.
14. Principio de Autenticidad o Identificación
El público tiene derecho a identificar fácilmente la actividad publicitaria como tal.
15. Publicidad Encubierta
La publicidad encubierta oculta su naturaleza adoptando formas de otros mensajes (informativos, entretenimiento). No respeta el principio de autenticidad y es ilícita.
16. Emplazamiento de Producto
Presentación de productos o marcas con fines publicitarios en películas, series, etc. Es difícil de deslindar de la publicidad encubierta.
17. Campaña Publicitaria
Comunicación comercial mediante varios actos y medios diferentes.
18. Publicidad Institucional
Publicidad realizada por las Administraciones Públicas.
19. Elemento Persuasivo en la Publicidad Institucional
Sí, busca una toma de posición del ciudadano ante el mensaje.
20. Ley que Regula la Publicidad Institucional
Ley 29/2005, de 29 de diciembre, de Publicidad y Comunicación Institucional.
21. Finalidad de la Publicidad Institucional
Ajustarse al interés público, no a la proyección política ni a la crítica de la oposición.
22. Requisitos de la Publicidad Institucional (Art. 3 LPCI)
- Perseguir objetivos previstos en la ley.
- Razones de interés público y ejercicio de competencias propias.
- Fomentar la igualdad y respetar la diversidad.
- Ajustarse a los principios de interés general, lealtad institucional, veracidad, transparencia, eficacia, responsabilidad, eficiencia y austeridad.
23. Supuestos Prohibidos (Art. 4 LPCI)
- Atentar contra la legalidad.
- Inducir a confusión con símbolos políticos o sociales.
- No identificarse como publicidad institucional ni mencionar al promotor.
24. Contrato de Patrocinio Publicitario (Art. 22 LGP)
El patrocinado, a cambio de ayuda económica, colabora en la publicidad del patrocinador utilizando sus signos distintivos.
25. Alcance del Patrocinio
Afecta a cualquier actividad lícita, especialmente deporte, beneficencia, cultura y ciencia. El patrocinador busca el prestigio del patrocinado.
26. Acción Administrativa sobre la Publicidad
- Sobre el contenido:
- Protección frente a publicidad ilícita.
- Regímenes especiales según el producto o servicio.
- Sobre el medio o la forma.
27. Intereses Tutelables en la Publicidad Ilícita
Protección del consumidor y del equilibrio en el mercado, garantizando la competencia leal.
28. Castigo de la Publicidad Ilícita
Vía jurisdicción ordinaria y potestad sancionadora de la Administración.
29. Supuestos de Publicidad Ilícita (Art. 3 LGP)
- Contra la dignidad de la persona o los valores constitucionales (ej. artículos 14, 18, 20.4).
- Dirigida a menores incitando a la compra.
- Subliminal.
- Que infrinja la normativa de productos específicos (alcohol, tabaco, etc.).
- Engañosa, desleal o agresiva.
30. Acciones Judiciales contra la Publicidad Ilícita
- Resarcimiento de daños y perjuicios.
- Remoción de los efectos.
- Rectificación.
- Cese de la comunicación.
- Declarativa de deslealtad.
31. Sanciones Específicas
Cesación y/o rectificación de la publicidad.
32. Responsables por Daños en Contratos Publicitarios
Anunciante, agencia y medio de comunicación (responsable en menor medida, solo en casos de dolo).
33. Responsabilidad Solidaria
El perjudicado puede dirigirse contra cualquiera de los responsables o contra todos.
34. Regímenes Jurídicos Especiales
- Materiales o productos sanitarios.
- Productos con riesgo para la salud o seguridad.
- Juegos de suerte, envite o azar.
- Productos estupefacientes, psicotrópicos y medicamentos.
- Bebidas alcohólicas.
35. Prohibiciones en la Ley del Tabaco (Ley 28/2005)
- Publicidad en medios y soportes.
- Distribución gratuita o promocional (salvo en expendurías).
- Aparición de personas fumando en medios de comunicación.
36. Especificaciones en Publicidad de Medicamentos
Indicar que es un medicamento, su denominación, información para su uso correcto, invitación a leer las instrucciones y consultar al farmacéutico.
37. Prohibición en Publicidad de Bebidas Alcohólicas
Publicidad en televisión de bebidas con más de 20 grados.
38. Normas para Mensajes Audiovisuales (RD 1624/2011)
- Límite de tiempo publicitario (20 minutos por hora).
- Diferenciación clara entre publicidad y programas.
- Interrupciones en películas y programas cada 30 minutos.
Interpretación Jurídica y Libertad de Expresión
1. Métodos de Interpretación Jurídica
- Literal: sentido de la palabra.
- Histórico: contexto de creación de la norma.
- Sistemático: significado en el ordenamiento jurídico.
- Teleológico: fines perseguidos.
- Derecho comparado.
2. Método para la Finalidad de los Derechos Fundamentales
El método teleológico.
3. Argumentos para la Protección de la Libertad de Expresión
- Búsqueda de la verdad.
- Argumento democrático.
- Manifestación de la libertad individual.
4. Argumento de la Búsqueda de la Verdad
El debate libre permite alcanzar la verdad racional. Excluye mensajes no orientados a ella (ej. expresión de sentimientos o falsedades).
5. Argumento Democrático
La libertad de expresión es esencial para decisiones racionales en democracia. Protege mensajes que contribuyen al debate público, especialmente los políticos. Excluye los irrelevantes.
6. Argumento de la Libertad Individual
Todo mensaje implica un ejercicio de libertad. Protege todo tipo de mensajes y actitudes.
7. Argumento Preferente del TC
El argumento democrático.
8. Doble Naturaleza de los Derechos Fundamentales
- Subjetiva: estatuto jurídico del ciudadano frente al Estado y terceros.
- Objetiva: dimensión institucional, presupuestos de consenso social y político.
9. Doble Naturaleza de la Libertad de Expresión
Derecho fundamental de libertad (subjetiva) y reconocimiento de la opinión pública libre (objetiva).
10. Titulares de la Libertad de Expresión (Art. 20 CE)
Todas las personas, físicas y jurídicas. Los profesionales no tienen privilegios.
11. Derechos del Artículo 20 CE
- Libertad de opinión.
- Derecho de autor.
- Libertad de cátedra.
- Información veraz.
12. Influencia Internacional en el Artículo 20 CE
- Declaración Universal de Derechos Humanos (1948): moral, no vinculante.
- Convenio Europeo de Derechos Humanos: vinculante.
13. Diferencia entre Libertad de Opinión y de Información
Se diferencian por su objeto: juicios de valor (opinión) vs. descripción de hechos (información). Implica distinto régimen jurídico.
14. Criterio de la Preponderancia
Se aplica cuando se mezclan elementos de opinión e información. Se atiende a la finalidad del texto, no a la cantidad de cada elemento.
15. Definición de Libertad de Opinión
Derecho a emitir juicios de valor libremente por cualquier medio.
16. Identificación de un «Juicio de Valor»
El mensaje es más valorativo cuanto más genérico es.
17. Exclusiones de la Libertad de Opinión
Expresiones vejatorias.
18. Insulto
Opinión con expresiones vejatorias o humillantes innecesarias, o con intención de injuriar.
19. Enjuiciamiento de Mensajes Mixtos
Calificar el mensaje como predominantemente valorativo o descriptivo y enjuiciarlo desde esa perspectiva.
20. Libertad en la Emisión de Juicios de Valor
No debe haber restricciones previas, ni estatales ni privadas.
21. Medios para la Libertad de Opinión
Cualquier técnica de comunicación o manifestación artística que comunique un juicio de valor.
22. Objeto de la Libertad de Información
La información veraz: descripción de hechos.
23. Vertientes de la Libertad de Información
- Activa: derecho a comunicar, protege al autor y al medio.
- Pasiva: derecho a recibir, exige al Estado garantizar la distribución de información plural.
24. Interpretación de la Vertiente Pasiva
No implica un derecho autónomo de acceso a fuentes, sino a la información que el titular activo quiera emitir.
25. Exigencia de Veracidad
No implica exactitud total, sino adecuación a la verdad en aspectos sustanciales.
26. Deber de Diligencia
Nivel de razonabilidad en la comprobación de hechos, según las obligaciones profesionales y las características de la comunicación.
27. Supuestos de Máxima Diligencia
- Cuando la noticia puede desacreditar a alguien.
- Respeto a la presunción de inocencia.
- Trascendencia de la información.
28. Diligencia según Condición Pública o Privada
Menos exigible para personas públicas.
29. Obligación de Contraste según la Fuente
Mayor si el medio asume la información como propia.
30. Exigencias Relativas a la Fuente
Fiabilidad, fidedignidad y especificación de la fuente.
31. Veracidad Subjetiva y Objetiva
La subjetiva depende del autor y se complementa con la objetiva (basada en el contenido). La objetiva se exige en menor grado.
32. Reportaje Neutral
La veracidad se considera respecto a la difusión de las declaraciones, no a su contenido (responsabilidad del declarante).
33. Límite del Reportaje Neutral
Pierde protección si la falsedad es manifiesta, incluso con cláusulas de estilo sin especificar la fuente.
34. Definición de Reportaje Neutral (TC)
Simple translado de la noticia de otra fuente. No lo es si el medio asume la información como propia.
35. Prueba de Veracidad
Quien alega la falsedad debe probarla. Hay dos procedimientos: para la verdad procesal (presunción de inocencia) y para la veracidad de la información.
36. «Exceptio Veritatis»
El periodista acusado de calumnia queda exento de pena si prueba el hecho imputado.
37. Definición de Libertad de Prensa
Ejercicio de la libertad de opinión e información a través de medios de comunicación.
38. Singularidad de la Libertad de Prensa
- Relevancia social de la información.
- Garantías constitucionales específicas.
- Legislación específica (ej. «Ley Fraga»).