Derecho de Propiedad: Conceptos y Aplicaciones

Derecho de Propiedad

1. ¿Qué es propiedad? Es el derecho de gozar y disponer de una cosa, sin más limitaciones que las establecidas en la ley.

2. ¿Cómo nace el derecho de propiedad? De virtud y legítima justa inspiración del hombre que le pertenezca con exclusión de los demás a fin de asegurar de ese modo su propia subsistencia y las de quienes formen su familia.

3. ¿Cuáles son las características de la propiedad según el Derecho Romano? El derecho de usar, disfrutar y abusar de una cosa.

4. ¿Qué significa el derecho de usar? El titular podía servirse de la cosa sobre la cual ejercía el dominio.

5. ¿Qué significa el derecho de disfrutar? El uso de los frutos que produzca la cosa.

6. ¿Qué significa el derecho de abusar? El titular podía hacer con la cosa lo que mejor le pareciera.

7. ¿Qué significa que el derecho de propiedad sea absoluto? El titular podía ejercer, sin ningún obstáculo que lo impidiera, el uso, goce, disfrute y abuso.

8. ¿Qué significa que el derecho de propiedad sea exclusivo? Porque el dominio, siendo poder jurídico total, no admite ser ejercido por dos personas simultáneamente.

9. ¿Qué significa que el derecho de propiedad sea perpetuo? Que este derecho, una vez nacido, no desaparece, aun cuando se cambie de titular, el derecho subsiste a quien se le transmite por cualquier título.

10. ¿Qué significa traslado de dominio? Ofrecer totalmente una propiedad.

11. ¿Qué significa reserva de dominio? El acuerdo que se establece entre comprador y vendedor.

12. ¿Qué se entiende por derecho real? Facultad correspondiente a una persona, sobre una cosa específica y sin sujeto pasivo contra quien pueda dirigirse.

13. ¿Qué se entiende por derecho personal? Facultad que tiene una persona para exigir de forma pasiva a otro sujeto el cumplimiento de una obligación de dar, hacer o no hacer, y es clasificado como relativo.

14. Diferencias entre derecho real y personal.

  • Derecho Real: Clasificado en absolutos, derechos extrapatrimoniales (tales como el derecho a la existencia o al honor). Tienen un sujeto activo titular y una cosa objeto del mismo. La cosa está en manos de cualquiera y es un derecho perpetuo.
  • Derecho Personal: Se clasifica en relativos, coincide con derechos de crédito o personales. Tiene un sujeto activo que es el acreedor y uno pasivo que es el deudor. Protegen las acciones dirigidas contra el deudor. Es un derecho temporal por medio del cual se cumple el pago.

15. ¿Qué se entiende por los medios de adquirir la propiedad? Los medios en virtud de los cuales se adquiere una propiedad son las formas o modos a fin de hacer ingresar a nuestro patrimonio el dominio de ciertos bienes o derechos.

16. ¿Qué se entiende por transmisión universal? Aquella por la cual se transfiere el patrimonio como una universalidad jurídica, como un conjunto integrado de derechos, obligaciones y bienes constituyendo un activo y pasivo. Ej: herencia.

17. ¿Qué es la herencia? Sucesión en todos los bienes del difunto y en todos sus derechos y obligaciones que no se extinguen por la muerte.

18. ¿Qué se entiende por transmisión a título particular? Aquella en la que se transmite el dominio o propiedad de bienes determinados y no se comprende la transmisión de un activo y un pasivo.

19. ¿Qué es el legado? Es la forma en la que una persona fallecida (testador) deja reflejada en su testamento la transmisión de sus bienes.

20. ¿Qué se entiende por adquisición primitiva? Aquella por la cual la cosa no se recibe de un titular anterior, ya que ha permanecido sin dueño hasta que una persona la ocupa. La ocupación es el medio histórico principal de adquisición. Ej: botín de guerra.

21. ¿Qué se entiende por adquisición derivada? Forma de adquisición operada por la transmisión de dominio de una persona a otra, sobre una cosa o un derecho. Ej: compraventa o donación.

22. ¿Qué se entiende por adquisición onerosa? Cuando quien recibe el dominio paga cierto valor de dinero, bienes o servicios a cambio de lo que recibe. Ej: compraventa.

23. ¿Qué se entiende por adquisición de dominio entre vivos? En el caso de que el acto jurídico a consecuencia del cual se realiza la transmisión del dominio no pierde sus efectos por la vida de las partes que lo ejecutaron. Ej: Contratos.

24. ¿Qué se entiende por transmisión por causa de muerte? Adquirir la propiedad en virtud de la muerte del titular del dominio, pasando este a los individuos que hubiera designado en testamento o aquellos que la ley designe si no existiera disposición testamentaria. Ej: herencia.

25. Tipos de sucesiones: Intestada y Testamentada.

26. Cuando no hay testamento, ¿quién tiene derecho a heredar? Los ascendientes (en caso de no tener descendientes).

27. Mencione los nombres de todos los contratos del Código Civil y fundamento legal:

  • Promesa: Art. 2245
  • Compraventa: Art. 2248
  • Permuta: Art. 2327
  • Donación: Art. 2332
  • Arrendamiento: Art. 2398
  • Comodato: Art. 2497
  • Depósito: Art. 2516
  • Prestación de servicios profesionales: Art. 2606

¿Qué es un contrato? Es un acuerdo de una o más voluntades de personas para producir o transmitir derechos y obligaciones.