Dirección y Ejecución de Obras: Funciones, Seguridad y Salud, y Evaluación de Impacto Ambiental

1. Director de Ejecución de Obra

El director de la ejecución de la obra es el agente que, formando parte de la dirección facultativa, asume la función técnica de dirigir la ejecución material de la obra y de controlar cualitativa y cuantitativamente la construcción y la calidad de lo edificado.

Funciones del Director de Ejecución de Obra

  • Verificar la recepción en obra de los productos de construcción, ordenando la realización de ensayos y pruebas precisas.
  • Dirigir la ejecución material de la obra comprobando los replanteos, los materiales, la correcta ejecución y disposición de los elementos constructivos y de las instalaciones, de acuerdo con el proyecto y con las instrucciones del director de obra.
  • Consignar en el Libro de Órdenes y Asistencias las instrucciones precisas.
  • Suscribir el acta de replanteo o de comienzo de obra y el certificado final de obra, así como elaborar y suscribir las certificaciones parciales y la liquidación final de las unidades de obra ejecutadas.
  • Colaborar con los restantes agentes en la elaboración de la documentación de la obra ejecutada, aportando los resultados del control realizado.

Titulación Necesaria para el Director de Ejecución de Obra

  • Administrativo, sanitario, religioso, residencial, docente y cultural: Arquitecto técnico.
  • Aeronáutico, agropecuario, de la energía, de la hidráulica, minero, de telecomunicaciones, del transporte terrestre, marítimo, fluvial y aéreo, forestal, industrial: Arquitecto.
  • Otros casos: Arquitecto, arquitecto técnico, ingeniero o ingeniero técnico.

2. Estudio de Seguridad y Salud

El Estudio de Seguridad y Salud es elaborado por un técnico designado por el promotor. Cuando deba existir un coordinador en materia de seguridad y salud durante la elaboración del proyecto de obra, le corresponderá a éste elaborar o hacer que se elabore, bajo su responsabilidad, dicho estudio.

Según la LOE (Ley de Ordenación de la Edificación), en su disposición adicional cuarta, las titulaciones académicas y profesionales habilitantes para desempeñar la función de coordinador de seguridad y salud en obras de edificación, durante la elaboración del proyecto y la ejecución de la obra, serán las de arquitecto, arquitecto técnico, ingeniero o ingeniero técnico, de acuerdo con sus competencias y especialidades.

El estudio de seguridad y salud deberá formar parte del proyecto de ejecución de obra o, en su caso, del proyecto de obra, ser coherente con el contenido del mismo y recoger las medidas preventivas adecuadas a los riesgos que conlleve la realización de la obra. Deberá tener en cuenta cualquier tipo de actividad que se lleve a cabo en la obra, contemplando también las previsiones y las informaciones útiles para efectuar en su día, en las debidas condiciones de seguridad y salud, los previsibles trabajos posteriores.

Contenido del Estudio de Seguridad y Salud

  • Memoria descriptiva
  • Planos
  • Pliego de condiciones particulares
  • Mediciones
  • Presupuesto

3. Estudio Básico de Seguridad y Salud vs. Estudio de Seguridad y Salud

El promotor estará obligado a que en la fase de redacción del proyecto se elabore un Estudio de Seguridad y Salud en los proyectos de obras en que se den alguno de los supuestos siguientes:

  • Que el presupuesto de ejecución por contrata incluido en el proyecto sea igual o superior a 75 millones de pesetas.
  • Que la duración estimada sea superior a 30 días laborables, con más de 20 trabajadores trabajando simultáneamente.
  • Que el volumen de mano de obra estimada sea superior a 500.
  • Cuando se trate de obras de túneles, galerías, conducciones subterráneas y presas.

En los proyectos de obras que no cumplan los supuestos anteriores, el promotor estará obligado a que en la fase de redacción del proyecto se elabore un Estudio Básico de Seguridad y Salud.

4. Jefe de Obra

El jefe de obra es designado por la empresa constructora una vez adjudicado el contrato de obra. Asume la responsabilidad de la gestión de la obra en todas sus facetas, estando en todo momento a disposición del director de obra. Generalmente, los requisitos que ha de verificar la persona designada para el cargo tienen que ver con su titulación o con la experiencia profesional.

Funciones del Jefe de Obra

  • Organización de las obras.
  • Planificación de la obra.
  • Ejecución de las obras en plazo con calidad y seguridad.
  • Control de producción, costes, certificaciones y cobros.
  • Contratación de los recursos necesarios.

5. Evaluación del Impacto Ambiental Ordinaria

Proceso de Tramitación Administrativa

  • El promotor del proyecto elabora el estudio del impacto ambiental (EsIA) que se entrega al órgano sustantivo junto con los documentos del proyecto.
  • El órgano sustantivo someterá la documentación a los trámites de información pública y de consultas a las administraciones públicas afectadas y a las personas interesadas.
  • El órgano sustantivo remitirá al promotor los informes y alegaciones recibidas durante el trámite de información pública y de consultas para su consideración en la redacción.
  • El promotor realiza las modificaciones pertinentes en el proyecto y la nueva versión del EsIA.
  • El promotor presenta ante el órgano sustantivo una solicitud de inicio de la Evaluación de Impacto Ambiental (EIA) ordinaria.
  • Recepción por parte del órgano sustantivo el expediente completo de EIA. Se comprueba que incluye todos los documentos señalados.
  • El órgano sustantivo remitirá el expediente de EIA al órgano ambiental.
  • En un plazo de 20 días hábiles el órgano ambiental puede resolver su inadmisión si encuentra el proyecto inviable.
  • Análisis técnico del expediente de impacto ambiental.
  • Declaración de impacto ambiental.