Dominio del Derecho Mercantil y Concursal: Conceptos Clave y Preparación de Exámenes

Obligaciones y Contratos Mercantiles

La Obligación Mercantil

  • Relación jurídica: Vínculo entre acreedor y deudor dentro del tráfico mercantil.
  • Normativa aplicable: Se aplica el Código de Comercio y, de forma supletoria, el Código Civil.

Fuentes de las Obligaciones

  1. Contrato mercantil.
  2. Ley mercantil.
  3. Usos de comercio (según el Art. 2 del Código de Comercio).

Presunción de Mercantilidad

  • Se consideran mercantiles los actos realizados por empresarios en el ejercicio de su actividad profesional.

Principios Clave

  • Autonomía de la voluntad: Libertad de pactos entre las partes.
  • Rapidez y seguridad del tráfico: Agilidad en las transacciones comerciales.
  • Formalismo reducido: Menores exigencias formales para favorecer el comercio.

Mora Mercantil

  • Automaticidad: La mora es automática; no requiere interpelación o requerimiento previo (Art. 63 CCom).

Intereses

  • Se devengan únicamente si están pactados por escrito.
  • Los intereses moratorios son más estrictos que en el ámbito civil.

💡 Truco de examen: Si intervienen un empresario y su actividad profesional, la relación es mercantil.

Contratación Mercantil

Formación del Contrato

  • Requiere la concurrencia de consentimiento, objeto y causa.
  • Rige el principio de libertad de forma, salvo excepciones legales específicas.

Prueba del Contrato

  • Se admite el uso de facturas, correos electrónicos, albaranes y usos del comercio.

Interpretación

  • Primacía de los usos mercantiles.
  • La interpretación debe favorecer la seguridad del tráfico jurídico.

Cláusulas Contractuales

  • Generales: Deben ser redactadas de forma clara y transparente.
  • Limitativas: Se interpretan de forma restrictiva y contra proferentem (en contra de quien las redactó).

💡 Truco: Un contrato sin escritura pública es válido, pero no es ejecutivo (no permite embargo directo).

Contratos de Colaboración (Altamente relevante)

Comisión Mercantil

  • El comisionista actúa siempre por cuenta ajena.
  • Puede actuar en nombre propio o en nombre del comitente.

Agencia

  • Se basa en una relación estable y duradera.
  • El agente no asume el riesgo de las operaciones, salvo pacto en contrario.

Distribución

  • El distribuidor compra la mercancía para revenderla.
  • Asume plenamente el riesgo empresarial.

Diferencia clave: El Agente es un intermediario; el Distribuidor es un empresario independiente.

Depósito y Transporte

A) Contrato de Depósito Mercantil

  • Consiste en la custodia de una cosa ajena.
  • Genera la obligación de conservar y restituir el bien.
  • El depositario responde por negligencia o culpa.

B) Contrato de Transporte de Mercancías

  • El porteador se obliga a trasladar la mercancía de un punto a otro.
  • Se rige por un sistema de responsabilidad objetiva.

Tipos de Daños

  • Pérdida, avería o retraso en la entrega.

Límites de Indemnización (Ley de Contrato de Transporte Terrestre)

  • Pérdida o avería: Límite de 1/3 del IPREM por kg/día.
  • Retraso: El límite máximo es el precio del transporte.
  • Excepción: Los límites desaparecen en caso de dolo o culpa grave.

Prescripción: 1 año para casos de culpa; 2 años en caso de dolo.

💡 Truco: En el examen, pregunta siempre si hay dolo; si lo hay, se rompen todos los límites indemnizatorios.

Préstamo, Cuenta Corriente y Fianza

Préstamo Mercantil

  • Consiste en la entrega de dinero con obligación de devolución e intereses.
  • Si no consta en escritura pública, carece de fuerza ejecutiva.

Cuenta Corriente Mercantil

  • Sistema de compensación de créditos recíprocos.
  • Solo es exigible el saldo final tras el cierre del periodo.

Fianza Mercantil

  • Es una garantía personal.
  • Suele tener carácter solidario.
  • El fiador responde en caso de incumplimiento del deudor principal.

Novación: Si se modifica el contrato principal sin consentimiento del fiador, este queda liberado (Art. 1851 CC).

💡 Truco de examen: Cualquier novación sin contar con el fiador implica que el fiador queda fuera de la obligación.

Contratos Bancarios

  • Préstamo bancario: Entrega de capital con devolución aplazada e intereses.
  • Apertura de crédito: El banco pone fondos a disposición del cliente; solo se pagan intereses por el capital efectivamente utilizado.
  • Descuento: El banco adelanta el importe de un crédito futuro. Si el tercero no paga, el cliente responde frente al banco.
  • Leasing: Arrendamiento financiero con opción de compra final. Combina el uso del bien con la financiación.
  • Factoring (Muy importante): La empresa cede sus créditos comerciales a una entidad financiera (factor).

Modalidades de Factoring

  • La entidad anticipa el dinero y gestiona los cobros.
  • Con recurso: Si el cliente final no paga, el cedente responde.
  • Sin recurso: El factor asume el riesgo de insolvencia.

Frase clave: Factoring = Financiación + Gestión de cobro.

Contrato de Seguro

  • Ley aplicable: Ley de Contrato de Seguro (LCS).
  • Elementos esenciales: Asegurador, Asegurado, Tomador, Riesgo, Prima y Siniestro.
  • Seguro de daños: La indemnización equivale al daño real; está estrictamente prohibido el enriquecimiento injusto.
  • Seguro de personas: Incluye modalidades de vida, accidentes y enfermedad.
  • Responsabilidad Civil (RC): Existe acción directa del perjudicado contra el asegurador (Art. 76 LCS). El asegurador no puede oponer la culpa grave del asegurado frente al tercero perjudicado.

Dolo y Culpa Grave

  • Dolo: Nunca está cubierto por el seguro.
  • Culpa grave: Puede excluirse frente al asegurado, pero nunca frente al tercero en seguros de RC.
  • Reaseguro: Contrato entre aseguradoras. En este caso, el reasegurador sí puede oponer exclusiones.

Resumen Final para el Examen

  • Mercantil: Empresario + Tráfico profesional.
  • Documento privado: Válido, pero no ejecutivo.
  • Novación sin fiador: Fiador liberado.
  • Transporte: Responsabilidad objetiva con límites legales.
  • Factoring: No es un simple préstamo, es una cesión de créditos.
  • Seguro RC: Protege siempre al tercero.
  • Dolo: Rompe cualquier límite o protección.

Derecho Concursal – Cuestiones Generales

  • Definición: El Derecho concursal es un procedimiento universal.
  • Finalidad: La satisfacción ordenada de los acreedores.
  • Sustituye las ejecuciones individuales por una colectiva.
  • Insolvencia: Incapacidad de cumplir regularmente con las obligaciones exigibles. Puede ser actual o inminente.
  • Principios: Universalidad, igualdad y par conditio creditorum (igualdad de trato).
  • Marco legal: Texto Refundido de la Ley Concursal (TRLC), sujeto a reformas continuas.
  • Órgano judicial: El Juzgado de lo Mercantil.

Presupuestos, Declaración y Órganos

Presupuestos del Concurso

  • Subjetivo: El deudor puede ser empresario o no empresario.
  • Objetivo: Estado de insolvencia (actual o inminente).

Declaración de Concurso

  • Concurso voluntario: Solicitado por el propio deudor.
  • Concurso necesario: Solicitado por un acreedor.
  • Auto de declaración: Produce efectos inmediatos y requiere publicidad obligatoria.

Concursos Conexos

  • Se aplica a grupos de sociedades.
  • Implica acumulación procesal, pero no confusión de masas patrimoniales (salvo excepciones).

Administración Concursal

  • Es un órgano auxiliar del juez con funciones de gestión y control.
  • Puede actuar mediante intervención (el deudor conserva facultades) o suspensión (el deudor pierde facultades).

Efectos del Concurso y Masas

Efectos sobre el Deudor

  • Intervención: Conserva facultades de administración bajo supervisión.
  • Suspensión: Pierde sus facultades, que pasan a la administración concursal.
  • Prohibición de realizar pagos singulares.

Efectos sobre los Acreedores

  • Suspensión de ejecuciones individuales.
  • Paralización del devengo de intereses (excepto los garantizados).
  • Prohibición general de compensación de créditos.

Efectos sobre los Contratos

  • Regla general: Continúan vigentes.
  • Posibilidad de resolución si resulta perjudicial para la masa.

Actos Perjudiciales y Rescisión

  • Rescisión concursal: Para actos perjudiciales realizados en los 2 años anteriores.
  • No requiere la existencia de fraude, basta con el perjuicio patrimonial.

Masa Activa y Pasiva

  • Masa Activa: Bienes y derechos del deudor con valoración económica.
  • Masa Pasiva: Créditos contra el deudor. Clasificación:
    • Créditos contra la masa (prioritarios).
    • Privilegiados (especiales o generales).
    • Ordinarios.
    • Subordinados.

Soluciones del Concurso

  • Convenio: Acuerdo de quitas y esperas con los acreedores. Requiere aprobación judicial y vincula a los ordinarios.
  • Liquidación: Venta de bienes para el pago según el orden legal. Supone el cierre de la actividad.
  • Calificación: El concurso puede ser fortuito o culpable (si hay dolo o culpa grave).
  • Conclusión: Por pago íntegro, insuficiencia de masa o cumplimiento del convenio.
  • Segunda Oportunidad (EPI): Exoneración del Pasivo Insatisfecho para deudores personas físicas de buena fe.

Derecho Preconcursal

  • Fase preventiva para evitar la insolvencia.
  • Comunicación de negociaciones y suspensión temporal de ejecuciones.
  • Planes de reestructuración: Permiten el arrastre de acreedores disidentes mediante mayorías.

Trampas Típicas de Examen

  • ¿El concurso es solo para empresarios? FALSO.
  • ¿Insolvencia es una falta puntual de liquidez? FALSO.
  • ¿Todos los contratos se extinguen al declarar el concurso? FALSO.
  • ¿La rescisión concursal exige siempre fraude? FALSO.
  • ¿La administración concursal sustituye siempre al deudor? FALSO.
  • ¿Los créditos contra la masa se pagan antes? VERDADERO.
  • ¿El concurso suspende las ejecuciones individuales? VERDADERO.

Cuestionario de Autoevaluación (Verdadero/Falso)

Bloque: Derecho Concursal General

1. «La finalidad principal del Derecho concursal es sancionar al deudor insolvente.»
FALSO: La finalidad es ordenar la satisfacción de los acreedores y conservar la empresa si es viable.

2. «El principio de universalidad implica que todos los acreedores quedan sometidos al concurso.»
VERDADERO: Afecta a todo el patrimonio y a todos los acreedores, salvo excepciones legales.

3. «La legislación concursal española se caracteriza por su estabilidad normativa.»
FALSO: Es una normativa en constante reforma (especialmente desde 2020).

Bloque: Presupuestos y Órganos

4. «La insolvencia es el único presupuesto objetivo del concurso.»
VERDADERO: Ya sea actual o inminente.

5. «Solo el deudor puede solicitar la declaración de concurso.»
FALSO: También pueden hacerlo los acreedores (concurso necesario).

6. «En el concurso voluntario el deudor conserva normalmente las facultades de administración.»
VERDADERO: Se aplica el régimen de intervención.

Bloque: Efectos y Masas

7. «Los créditos contra la masa se pagan antes que los créditos concursales.»
VERDADERO: Son créditos prioritarios.

8. «Todos los créditos deben comunicarse a la administración concursal para ser reconocidos.»
FALSO: Los créditos contra la masa no se comunican, se pagan directamente según vencimiento.

9. «Los créditos subordinados se satisfacen después de los ordinarios.»
VERDADERO: Siguen el orden: Privilegiados → Ordinarios → Subordinados.

Bloque: Soluciones y Preconcursal

10. «El convenio tiene como finalidad evitar la liquidación del deudor.»
VERDADERO: Busca la continuidad empresarial.

11. «La liquidación supone la extinción automática de la persona jurídica.»
FALSO: La extinción ocurre tras la conclusión del concurso, no al inicio de la liquidación.

12. «La exoneración del pasivo insatisfecho permite al deudor persona física liberarse de deudas.»
VERDADERO: Es el mecanismo de segunda oportunidad.

13. «La comunicación de apertura de negociaciones evita automáticamente el concurso.»
FALSO: Solo suspende el deber de solicitarlo temporalmente.

14. «Los planes de reestructuración pueden imponerse a acreedores disidentes.»
VERDADERO: Mediante el sistema de arrastre.

15. «El derecho preconcursal tiene una finalidad preventiva.»
VERDADERO: Su objetivo es evitar la declaración de concurso.

Bloque: Estatuto del Empresario y Otros Temas

16. «Solo las personas físicas pueden ser empresarios mercantiles.»
FALSO: También las personas jurídicas (sociedades).

17. «La inscripción en el Registro Mercantil es constitutiva para el empresario individual.»
FALSO: Es meramente declarativa.

18. «El empresario responde con todo su patrimonio (responsabilidad universal).»
VERDADERO: Según el Art. 1911 del Código Civil.

19. «Los actos no inscritos en el Registro Mercantil no producen efectos.»
FALSO: Son válidos entre las partes, pero no oponibles a terceros de buena fe.

20. «El factor actúa siempre en nombre propio.»
FALSO: Actúa en nombre del empresario al que representa.

21. «El contrato de transporte es formal.»
FALSO: Es consensual; la carta de porte es solo un medio de prueba.

22. «El factoring sin recurso traslada el riesgo al factor.»
VERDADERO: El factor asume la posible insolvencia del deudor.

23. «La culpa grave del asegurado libera al asegurador frente al tercero en RC.»
FALSO: El tercero tiene acción directa y la culpa grave no le es oponible.


Consejo Final de Estrategia

En preguntas de Verdadero/Falso, desconfíe de términos absolutos como «solo», «siempre» o «automáticamente». Por el contrario, las afirmaciones sobre principios, finalidades o clasificaciones generales suelen ser verdaderas.