El Ejercicio Profesional de la Psicología: Alcance, Áreas y Regulación
Definición del Ejercicio Profesional de la Psicología
Se considera ejercicio profesional de la psicología la aplicación de teorías, la indicación de métodos, recursos, procedimientos y técnicas específicamente psicológicas, que incluyen:
- La investigación psicológica de la conducta humana.
- El diagnóstico, pronóstico, tratamiento, recuperación y conservación de la conducta y la personalidad humana.
- La prevención y promoción en salud.
- El desempeño de cargos, funciones, comisiones o empleos por designación de autoridades públicas, incluidos los nombramientos judiciales.
- La prescripción, certificación, expedición y presentación de consultas, estudios, consejos, informes, dictámenes y peritajes.
- La enseñanza y el asesoramiento.
El psicólogo podrá ejercer su actividad profesional de forma independiente, individualmente o integrando equipos interdisciplinarios, en instituciones públicas o privadas, obras sociales y asociaciones intermedias. Esto puede ser a requerimiento de especialistas de otras disciplinas o de personas que, por propia voluntad, soliciten su asistencia profesional. El ejercicio de la psicología se desarrollará en los niveles individual, familiar, grupal, institucional y comunitario, abarcando las áreas de la psicología clínica, educacional, laboral, institucional, jurídica y social.
Áreas Ocupacionales de la Psicología
Para el ejercicio de la profesión de psicólogo, se establecen las siguientes áreas ocupacionales:
Psicología Clínica
Comprende el estudio, exploración, diagnóstico, tratamiento y rehabilitación de los desajustes de la conducta y la personalidad humana mediante técnicas diagnósticas y/o psicoterapéuticas o terapias psicológicas. Incluye la orientación psicológica, la promoción y prevención orientadas al equilibrio de la personalidad y a las relaciones saludables entre las personas y su contexto, así como la prevención de posibles disfunciones. También abarca la investigación y formulación de diseños experimentales.
Campo de aplicación: Se encuentra en hospitales generales, hospitales pediátricos, hospitales psiquiátricos y neuropsiquiátricos, centros de salud mental y de salud en general, centros de rehabilitación, clínicas, consultorios psicológicos y/o gabinetes, así como en instituciones privadas y estatales de la misma índole.
Psicología Educacional
Comprende el diagnóstico, asistencia, orientación, prevención, asesoramiento e investigación de todo lo concerniente a la conducta humana en el quehacer educativo, con la finalidad de asegurar un adecuado desarrollo del proceso enseñanza-aprendizaje. Le corresponde, asimismo, la orientación vocacional y/u ocupacional.
Campo de aplicación: Se halla en instituciones educativas de todos los niveles y modalidades, consultorios psicológicos, gabinetes y demás instituciones y/o establecimientos de igual finalidad.
Psicología Laboral
Comprende el diagnóstico y análisis de las instituciones; la selección, capacitación y/o asesoramiento del personal en todos los niveles de la estructura; la detección de posibles conflictos individuales e interpersonales y la aplicación de técnicas y estrategias para su esclarecimiento y posible resolución. Asimismo, incluye la aplicación de técnicas psicológicas que tiendan a elevar la calidad de vida de los trabajadores, a promover mejores condiciones y un ambiente de trabajo adecuado, y a prevenir situaciones que atenten contra la seguridad y dignidad en el ámbito laboral.
Campo de aplicación: Se encuentra en toda organización perteneciente al ámbito laboral, en gabinetes o instituciones dedicadas a tal fin y en la práctica privada de la profesión.
Psicología Jurídica
Comprende el estudio de la personalidad del sujeto que delinque y de la víctima, así como de las condiciones sociofamiliares en que se producen los hechos. Incluye el tratamiento y rehabilitación del penado; la asistencia y orientación psicológica del liberado y su contexto familiar; la prevención y el tratamiento de las tensiones y/o conflictos grupales en instituciones penales; la investigación sobre la reincidencia y los factores de riesgo que influyen en las conductas delictivas; y la realización de peritajes psicológicos, estudios e intervenciones en situaciones de adopción y de separación vincular.
Campo de aplicación: Se encuentra en los tribunales de justicia, unidades penitenciarias, institutos de minoridad, alcaidías, patronatos de liberados y en la práctica privada de la profesión.
Psicología Social
Comprende el estudio del comportamiento humano en grupos y de las relaciones entre estos. Incluye la investigación de motivaciones y sistemas comunicacionales; la prevención, el tratamiento y el esclarecimiento de las características y conflictos intergrupales e interpersonales con incidencia en los grupos (sociales e institucionales), con el fin de procurar un nivel de salud mental que implique una integración dinámica, activa y saludable de las personas en sus grupos de pertenencia.
Campo de aplicación: Se encuentra en todas las instituciones, grupos y organismos de la comunidad que, como fuerzas sociales, afectan la conducta del individuo y, a su vez, la de los grupos a los que este pertenece. Dentro de las instituciones, abarca el estudio y/o abordaje de las relaciones grupales en los distintos niveles y de estas entre sí, con el fin de esclarecer o resolver dinámicas y conflictos que afectan o pueden afectar la salud mental de los individuos y los grupos.
En este ámbito, los psicólogos pueden cumplir tareas de diagnóstico, prevención y tratamiento, así como asesorar, estudiar o dirigir las planificaciones y acciones de salud mental que las instituciones ejerzan sobre su propia estructura o hacia la comunidad en su conjunto. En el ámbito específicamente comunitario, trabajan con grupos formales o espontáneos para desarrollar acciones de salud mental, fundamentalmente en el nivel de prevención.
Dado el enfoque teórico y técnico de la Psicología Social, todas las áreas ocupacionales (clínica, educacional, jurídica, laboral) pueden recibir su aporte.
La Psicología en la Docencia
En todos los ámbitos de la enseñanza e instituciones públicas o dependientes del ámbito público, el título profesional de psicólogo será considerado habilitante para el ejercicio de la docencia en psicología, así como para la consideración y resolución de los distintos planes de estudio relacionados con la psicología. En todos los casos, esta disposición se regirá por la legislación vigente en los respectivos ámbitos de enseñanza.
Habilitación Legal para el Ejercicio Profesional
Requisitos Generales para la Habilitación
- Poseer título habilitante expedido por universidad estatal o privada legalmente reconocida en el país.
- Poseer capacidad civil y no estar inhabilitado/a por sentencia judicial o resolución administrativa para el ejercicio de la profesión. No podrán inscribirse quienes hayan sido excluidos o suspendidos de la matrícula profesional de cualquier colegio de la profesión del país por sanción ética, mientras dure la suspensión y no sean objeto de rehabilitación.
- Estar matriculado/a en el Consejo Profesional creado por esta ley.
Condiciones Especiales para Profesionales Extranjeros o en Consulta
- Tener título equivalente otorgado por una universidad extranjera, siempre que las leyes nacionales le otorguen validez.
- Ser profesionales extranjeros con título equivalente (referido en el inciso a), de reconocido prestigio internacional, que se encuentren en tránsito en el país y sean requeridos en consulta para asuntos de exclusiva especialidad. La autorización para el ejercicio profesional será concedida, a pedido de los interesados, por un período de seis meses, pudiendo prorrogarse hasta un año como máximo. Esta habilitación no podrá, en ningún caso, implicar el ejercicio de actividad profesional de forma privada, debiéndose limitar a la finalidad para la que ha sido requerida.
- Ser profesionales extranjeros contratados por instituciones públicas o privadas con fines de investigación, asesoramiento o docencia, durante la vigencia de su contrato. No podrán ejercer la profesión de forma privada, debiendo limitarse a los fines para los que fueron contratados.
- Ser profesionales domiciliados en el país, llamados en consulta por profesionales matriculados, debiendo limitar su actividad al caso para el cual han sido especialmente requeridos.
Derechos del Profesional de la Psicología
- Certificar las prestaciones o servicios que efectúan, así como las conclusiones diagnósticas referentes a estados psíquicos de las personas en consulta.
- Efectuar interconsultas y/o derivaciones a otros profesionales de la salud cuando la naturaleza del problema de la persona que acude a la consulta así lo requiera.
- Prescribir la internación en establecimientos públicos o privados de las personas que, por los trastornos de su conducta, signifiquen peligro para sí mismas o para terceros.
- Decidir de forma independiente la forma y tipo de prestación psicológica para la atención de sus pacientes en las diferentes áreas y campos de trabajo descritos en el artículo 4º de la presente ley, garantizando el trabajo libre y autónomo.
- Ejercer las especialidades de acuerdo con lo prescripto por la presente ley.
- Requerir al Consejo la defensa de sus derechos cuando estos sean desconocidos o menoscabados con motivo del ejercicio profesional.