Estados Financieros Consolidados y Separados: Normas NIIF para PYMES, NIIF 3, NIIF 10 y NIC 21
Sección 9 de NIIF para PYMES: Estados Financieros Consolidados y Separados
Esta sección define las circunstancias en las que una entidad presenta y los procedimientos para la preparación de estados financieros consolidados y separados.
Si una controladora por sí misma no tiene obligación pública de rendir cuentas, puede presentar sus estados financieros separados de acuerdo con esta norma.
Una entidad controladora presentará estados financieros consolidados en los que consolide sus inversiones en subsidiarias.
Una controladora no necesita presentar estados financieros consolidados si se cumplen las dos condiciones siguientes:
- La controladora es ella misma una subsidiaria.
- Su controladora última elabora estados financieros con propósitos de información general consolidados que cumplen las NIIF.
Una subsidiaria no se consolidará si se adquiere y mantiene con la intención de venderla o disponer de ella dentro de un año desde su fecha de adquisición.
Procedimientos de Consolidación
Los estados financieros consolidados presentarán la información financiera de un grupo como si se tratara de una sola entidad económica.
Al preparar los estados financieros consolidados una entidad:
- Combinará los estados financieros de la controladora y sus subsidiarias línea por línea, agregando las partidas que presenten activos, pasivos, etc.
- Eliminará el importe en libros de la inversión de la controladora en cada subsidiaria junto con la porción del patrimonio.
- Medirá y presentará las particiones no controladoras en los resultados de las subsidiarias consolidadas para el periodo sobre el que se informa.
- Medirá y presentará las particiones no controladoras en los activos netos de las subsidiarias consolidadas por separado de la participación en el patrimonio de los accionistas de la controladora.
Fecha de Presentación Uniforme
Los estados financieros de la controladora y de sus subsidiarias, utilizados para la elaboración de los estados financieros consolidados, deberán estar referidos a la misma fecha de presentación a menos que sea impracticable. Si fuera impracticable preparar los estados financieros de una subsidiaria en la misma fecha de presentación de la controladora.
Políticas Contables
Se utilizarán políticas contables uniformes para la transacción similar y para otros sucesos y condiciones que se hayan producido en circunstancias parecidas. Si un miembro utiliza diferentes políticas de las adoptadas en los estados financieros consolidados, se realizarán ajustes adecuados en sus estados financieros.
Información a Revelar en los Estados Financieros Consolidados
Se deberá revelar la siguiente información:
- El hecho de que los estados son estados financieros consolidados.
- La base para concluir que existe control cuando la controladora no posee.
- Cualquier diferencia en la fecha sobre la que se informa de los estados financieros de la controladora y sus subsidiarias utilizados para la elaboración de los estados financieros consolidados.
- Naturaleza y el alcance de cualquier restricción significativa.
Información a Revelar en los Estados Financieros Separados
- Que los estados son estados financieros separados.
- Descripción de los métodos utilizados para contabilizar las inversiones en subsidiarias, entidades controladas de forma conjunta y asociadas.
- Identificar los estados financieros consolidados u otros estados principales en los que se relacionan.
Información a Revelar en los Estados Combinados
- Razón por la que se preparan estados combinados.
- Base para determinar qué entidades se incluyen en los estados financieros combinados.
- Base para la preparación de los estados combinados.
- Información a revelar sobre partes relacionadas requeridas en la sección 33.
NIIF 3 Combinaciones de Negocios
El objetivo de esta NIIF es mejorar la relevancia, fiabilidad y comparabilidad de la información sobre combinaciones de negocios y sus efectos que una entidad que informa proporciona en sus estados financieros. Para la consecución del señalado objetivo, esta NIIF establece principios y requerimientos sobre cómo la entidad adquirente:
(a) reconocerá y valorará en sus estados financieros los activos adquiridos identificables, los pasivos asumidos y cualquier participación no dominante en la entidad adquirida;
(b) reconocerá y valorará el fondo de comercio adquirido en la combinación de negocios o una ganancia procedente de una compra en condiciones muy ventajosas; y
(c) determinará qué información se ha de revelar para permitir a los usuarios de los estados financieros evaluar la naturaleza y los efectos financieros de la combinación de negocios.
Alcance
Esta NIIF se aplicará a una transacción u otro suceso que cumpla la definición de una combinación de negocios. Esta NIIF no se aplicará a:
(a) la formación de un negocio conjunto.
(b) la adquisición de un activo o un grupo de activos que no constituya un negocio. En estos casos la entidad adquirente identificará y reconocerá los activos identificables individualmente adquiridos (incluyendo aquellos activos que cumplan la definición y criterios de reconocimiento de los activos intangibles de la NIC 38 Activos intangibles) y pasivos asumidos. El coste del grupo deberá distribuirse entre los activos identificables individualmente y los pasivos sobre la base de sus valores razonables relativos en la fecha de la compra. Esta transacción o suceso no dará lugar a un fondo de comercio.
(c) una combinación de entidades o negocios bajo control común (los párrafos B1 a B4 proporcionan directrices de aplicación que guardan relación).
NIIF 10 Estados Financieros Consolidados
La NIIF 10 trata los requerimientos contables para la preparación de los estados financieros consolidados.
En la NIIF 10 la valoración del control resultará de la combinación de los tres elementos comentados: poder, exposición a resultados variables procedentes de su interacción con la participada y capacidad de utilizar su poder sobre la participada para influir en el importe de los resultados del inversor. Cumplir alguno de los factores sin cumplir el resto no otorgará el control.
El objetivo de esta NIIF es establecer una serie de principios para la presentación y la elaboración de estados financieros consolidados en los casos en que una entidad controle una o varias otras entidades.
Cumplimiento del Objetivo
- Para cumplir el objetivo enunciado en el párrafo 1, esta NIIF:
- requiere que una entidad (dominante) que controla una o varias otras entidades (dependientes) presente estados financieros consolidados;
- define el principio de control y establece el control como base para la consolidación;
- establece el modo en que debe aplicarse el principio de control para determinar si un inversor controla una participada y si debe, por tanto, consolidar las cuentas de ésta; y
- establece los requerimientos contables para la elaboración de estados financieros consolidados.
- Esta NIIF no aborda los requerimientos para contabilizar las combinaciones de negocios ni sus efectos en la consolidación, incluido el fondo de comercio que surge de una combinación de negocios.
NIC 21 Efectos de las Variaciones en las Tasas de Cambio de la Moneda Extranjera
Esta NIC nos habla del tipo de moneda que se puede usar en una transacción o el tipo de moneda que se usa para presentar estados financieros. El objetivo de esta norma es prescribir cómo se incorporan, en los estados financieros de una entidad, las transacciones en moneda extranjera y los negocios en el extranjero, y cómo convertir los estados financieros a la moneda de presentación elegida. Esta Norma no se aplicará a la presentación, dentro del estado de flujos de efectivo, de los flujos de efectivo que se deriven de transacciones en moneda extranjera, ni de la conversión de los flujos de efectivo de los negocios en el extranjero.
Los siguientes términos se usan, en la presente Norma, con el significado que a continuación se especifica:
Operación en el extranjero es toda empresa subsidiaria, asociada, negocio conjunto o sucursal de la empresa que informa, cuyas actividades se fundamentan o llevan a cabo en un país diferente al de la empresa que informa.
Entidad extranjera es toda operación en el extranjero cuyas actividades no son parte integrante de las realizadas por la empresa que informa.
Moneda de los estados financieros es la moneda usada por la empresa al presentar los estados financieros.
Moneda extranjera es cualquier moneda diferente a la moneda de los estados financieros de una empresa.
Tasa de cambio es la proporción utilizada para el intercambio de dos tipos de monedas diferentes.
Diferencia de cambio es la variación que surge al presentar el mismo número de unidades de una moneda extranjera en términos de la moneda de los estados financieros, utilizando dos tasas de cambio diferentes.
Tasa de cambio de cierre es el cambio al contado existente a la fecha del balance.
Inversión neta en una entidad extranjera es la parte que corresponde a la empresa que presenta sus estados financieros, en los activos netos de la citada entidad.
Partidas monetarias son el dinero en efectivo, así como los activos y pasivos que se van a recibir o pagar, al vencimiento, mediante una cantidad fija o determinable de dinero.
Valor razonable es el importe por el cual puede ser intercambiado un activo, entre un comprador y un vendedor interesados y debidamente informados, que realizan una transacción libre.