Estructura y Funciones Clave de la Gestión Municipal Chilena

Fundamentos de la Gestión y Planificación Municipal

Gestión Local

Es la forma en que una comunidad resuelve sus problemas, aprovechando oportunidades y recursos. Se basa en la participación, la toma de decisiones y la rendición de cuentas.

Planificación Territorial

Es un proceso en el cual se organizan los recursos municipales disponibles para resolver problemas.

Actores de la Gobernanza Local

  • Estado
  • Municipio
  • Mercado
  • Sociedad Civil

Instrumentos de Planificación Municipal

  • Plan de Desarrollo Comunal (PLADECO)
  • Plan Regulador Comunal
  • Plan Comunal de Seguridad
  • Plan de Inversión Comunal

Funciones y Atribuciones Municipales

Funciones Privativas

  • Elaborar, aprobar y modificar el Plan Comunal de Desarrollo.
  • Planificar y regular la comuna.
  • Confeccionar el Plan Regulador Comunal.

Funciones Compartidas

  • Educación y Cultura.
  • Salud Pública y Protección del Medio Ambiente (M.A.).
  • Asistencia Social y Jurídica.
  • Capacitación y Promoción del Empleo.
  • Turismo y Deporte.

Atribuciones Generales

  • Ejecutar el Plan Comunal de Desarrollo y programas municipales para su cumplimiento.
  • Elaborar, aprobar, modificar y ejecutar el presupuesto municipal.
  • Administrar bienes municipales y nacionales de uso público.
  • Dictar resoluciones obligatorias de carácter general o particular.

El Plan de Desarrollo Comunal (PLADECO)

El PLADECO tiene una duración máxima de 4 años. Se evalúa y ajusta periódicamente. Define acciones que satisfacen las necesidades de la población y su desarrollo social. Su elaboración y ejecución es responsabilidad del Consejo y la Alcaldía, coordinándose con otros Servicios Públicos (SP).

Contratación y Normativa

  • Condiciones de Contratación: Licitación Pública.
  • Instrumentos Normativos (Ordenanzas Municipales): Son normas generales y obligatorias aplicables a la comunidad.

Se pueden efectuar multas por infracciones, las cuales no pueden exceder las 5 Unidades Tributarias Mensuales (UTM) y serán aplicadas por el Juzgado de Policía Local (JPL).

Régimen Financiero

Patrimonio Municipal

Corresponde a los bienes poseídos o adquiridos a cualquier título. Los ingresos provienen del Fondo Común Municipal.

Administración Financiera

Las municipalidades poseen autonomía para la administración de sus finanzas.

Fondo Común Municipal (FCM)

Destinado al cumplimiento de los fines de la municipalidad. Es un mecanismo de redistribución solidaria de recursos financieros entre los municipios del país.

Estructura Orgánica Municipal

La estructura municipal incluye:

  • Secretaría Municipal
  • Secretaría Comunal de Planificación (SECPLAC)
  • Unidad de Desarrollo Comunitario (DIDECO)
  • Unidad de Administración y Finanzas
  • Unidad de Control
  • Otras unidades encargadas

Encasillamiento de Funcionarios

Los funcionarios de plantas (directivos, profesionales, jefaturas, técnicos, administrativos y auxiliares) se encasillan en cargos de igual grado que tenían a la fecha de encasillamiento, manteniendo el orden del escalafón de mérito.

Direcciones Clave y sus Funciones

Dirección de Seguridad Pública

Existe un director si el Consejo Municipal lo aprueba. Depende directamente del Alcalde, quien lo designa y remueve.

  • Requisito: Título profesional.
  • Rol: Colaborador directo del Alcalde y gestor del Plan Comunal de Seguridad.
  • Notificación: La designación debe ser informada a la Subsecretaría de Prevención del Delito y a la Intendencia de turno.

Secretaría Comunal de Planificación (SECPLAC)

  • Asesora al Alcalde y al Consejo en materia de estudio y evaluación.
  • Asesora al Alcalde en proyectos del Plan Comunal de Desarrollo y presupuesto municipal.
  • Evalúa el cumplimiento de los planes, programas, proyectos, inversiones y el presupuesto municipal.
  • Elabora bases generales y específicas, según corresponda, para licitaciones públicas.

Dirección de Desarrollo Comunitario (DIDECO)

  • Asesora al Alcalde y Concejo en materia de desarrollo comunitario.
  • Asesora técnicamente a las organizaciones comunitarias para fomentar su desarrollo.

Salud (No Corporaciones)

  • Propone y ejecuta medidas para materializar acciones y programas relacionadas con salud pública.
  • Administra los recursos humanos (RRHH), materiales y financieros de los servicios.

Dirección de Obras Municipales

Sus funciones incluyen:

  • Cumplir con las disposiciones de la Ley General de Urbanismo y Construcciones y del Plan Regulador Comunal.
  • Dar aprobación a anteproyectos y proyectos de obras de urbanización y edificaciones.
  • Otorgar los permisos correspondientes, previa verificación de su cumplimiento.
  • Fiscalizar al terminar las obras.

Dirección de Tránsito y Transporte Público

  • Otorga y renueva licencias de conducir.
  • Determina el sentido de circulación de los vehículos.
  • Señaliza las vías públicas.
  • Aprueba, rechaza u observa los informes de mitigación de impacto vial o emite opinión sobre ellos.

Administración, Control y Autoridades

Unidad de Administración y Finanzas

  • Informar trimestralmente al Concejo Municipal sobre las contrataciones de personal realizadas en el trimestre anterior.
  • Asesorar al Alcalde sobre la administración financiera de los bienes municipales.

Administrador Municipal

Es designado y puede ser removido por el Alcalde. Es colaborador directo del Alcalde en:

  • Tareas de coordinación y gestión en el municipio.
  • Elaboración y seguimiento del Plan Anual de Acción Municipal.

Unidades de Apoyo y Fiscalización

  • Unidad Jurídica: Apoya en materias legales.
  • Unidad de Control: Fiscaliza la legalidad y la ejecución presupuestaria.

Régimen de Bienes y Fiscalización Externa

  • Los bienes municipales y fondos son inembargables.
  • Pueden ser concesionados o arrendados, pero mediante Licitación Pública (LP).
  • La Contraloría General de la República (CGR) fiscaliza la legalidad, el uso de fondos y la responsabilidad administrativa.
  • El Concejo Municipal fiscaliza la gestión del Alcalde y puede solicitar auditorías.

Alcalde y Concejo Municipal

El Alcalde

Se elige por voto popular. Puede ser removido por:

  • Pérdida de ciudadanía.
  • Inhabilidad.
  • Notable abandono de deberes.
  • Renuncia justificada.

El Concejo Municipal

Es un órgano colegiado que aprueba presupuestos y planes, y controla la gestión. En caso de vacancia del Alcalde, el Concejo elige a uno de sus miembros como suplente.

Secretaría Municipal

  • Dirige las actividades de secretaría administrativa del Alcalde y el Consejo.
  • Se desempeña como Ministro de Fe.
  • Recibe, mantiene y tramita la declaración de intereses.
  • Lleva el registro municipal de la Junta de Vecinos y organizaciones comunitarias.