Estructura y Legislación del Sistema Educativo Español: Conceptos y Documentos Clave
Conceptos Fundamentales de la Gestión Educativa
Política Educativa
Define los fines de la educación, las intenciones y propósitos de un sistema de gobierno en relación con unos objetivos generales.
Administración Educativa
Nace de la dedicación del Estado a las tareas educativas. Supone gobernar, dirigir, cuidar, distribuir recursos públicos, controlar la inversión en educación y regular jurídicamente las actividades educativas. Se relaciona con la política educativa a través de la legislación.
Organización Escolar
Se relaciona con la administración y su base es técnico-pedagógica.
Organización de la Administración Educativa Española
- Central-Estatal: Ministerio de Educación, Competencias exclusivas del Estado, Consejo Escolar del Estado.
- Autonómica: Conselleria de Educación (en la Comunidad Valenciana), Competencias plenas, Consejo Escolar de la Comunidad Valenciana (C.V.).
- Local: Ayuntamientos, Concejalía de Educación, Competencias locales, Consejo Escolar Municipal.
Órganos Unipersonales y Colegiados en Centros Educativos
Órganos Unipersonales
Asumidos por una sola persona con las competencias que le correspondan de acuerdo con su cargo. Ejemplos: Director/a, Jefe/a de estudios, Secretario/a (equipo directivo).
Funciones del Equipo Directivo:
- Asesorar al director.
- Elaborar el proyecto educativo.
- Coordinar la programación general y la memoria anual.
- Favorecer la participación de la comunidad educativa.
- Coordinar las actuaciones de los órganos de coordinación.
Claustro de Profesores
Órgano propio de participación de los profesores en el gobierno del centro, con la responsabilidad de planificar, coordinar, informar y, en su caso, decidir sobre los aspectos educativos del centro. Está presidido por el director y lo integran la totalidad de los profesores que presten servicios en el centro.
Funciones del Claustro:
- Analizar y valorar el funcionamiento general del centro, el rendimiento escolar y los resultados de evaluación interna y externa en las que participe el centro.
- Informar sobre las normas de organización y funcionamiento del centro.
- Conocer la resolución de conflictos disciplinarios y la imposición de sanciones, y velar por que estas se atengan a la normativa vigente.
- Proponer medidas e iniciativas que favorezcan la convivencia en el centro.
- Cualesquiera otras que le sean atribuidas por la Administración educativa o por las respectivas normas de organización y funcionamiento.
El claustro se reúne a principio de curso, al menos cada dos meses y al final de curso.
Comisión de Coordinación Pedagógica (CCP)
Integrada por el director, el jefe de estudios, los coordinadores de ciclo, el psicólogo o psicopedagogo, y un maestro de educación especial. Se pueden incorporar otros miembros del claustro, con función de secretario (el de menor edad).
Funciones de la CCP:
- Analizar el contexto cultural y sociolingüístico del centro para el diseño del programa de educación bilingüe y el plan de normalización lingüística, para su inclusión en el Proyecto Educativo (PE).
- Coordinar la elaboración del Proyecto Curricular (PC) y sus posibles modificaciones.
- Elaborar propuestas (criterios y procedimientos) para la adaptación curricular del alumnado con Necesidades Educativas Especiales (NEE).
- Asegurar la coherencia entre el Proyecto Educativo (PE) del centro, el Proyecto Curricular (PC) y la Programación General Anual (PGA), y velar por su cumplimiento.
- Proponer al claustro la planificación de las sesiones de evaluación, de acuerdo con las decisiones incluidas en el Proyecto Curricular (PC).
- Coordinar actividades de orientación dirigidas al alumnado y de perfeccionamiento del profesorado.
Marco Normativo del Sistema Educativo Español
Constitución Española de 1978
Establece:
- La descentralización del sistema educativo y el reconocimiento de las Comunidades Autónomas para intervenir en su territorio en los diferentes aspectos educativos.
- La cooficialidad de las lenguas propias de cada Comunidad con el castellano.
- El reconocimiento del derecho a la educación, a la no discriminación, la libertad de enseñanza y el derecho a la participación a través de una democratización del sistema educativo.
Ley Orgánica para la Mejora de la Calidad Educativa (LOMCE)
La LOMCE (Ley Orgánica 8/2013, de 9 de diciembre) no deroga la LOE, sino que la modifica. La Ley Orgánica de Educación (LOE) sigue vigente con las modificaciones introducidas por la LOMCE (la LOMCE consta solo de un artículo único).
Aportaciones Clave de la LOMCE:
- Nueva definición de currículo: «la regulación de los elementos que determinan los procesos de enseñanza y aprendizaje para cada una de las enseñanzas.»
- La Educación Primaria (EP) dejará de organizarse por ciclos y comprenderá 6 cursos organizados por áreas.
- Aparecen los estándares de aprendizaje, definidos como «concreciones de los criterios de evaluación que permiten definir los resultados de los aprendizajes.»
- Se pasa de 8 a 7 competencias. Antes se llamaban competencias básicas (LOE) y ahora solo competencias o competencias clave. Hay de dos tipos:
- Dos básicas o disciplinares: Comunicación Lingüística, Competencia Matemática y Competencia en Ciencia y Tecnología.
- Cinco transversales: Competencia Digital, Aprender a aprender, Competencias Sociales y Cívicas, Sentido de Iniciativa y Espíritu Emprendedor, y Conciencia y Expresiones Culturales.
- Tipología de las asignaturas:
- Troncales: Lengua Castellana y Literatura, Matemáticas, Ciencias de la Naturaleza, Ciencias Sociales y Primera Lengua Extranjera.
- Específicas (mínimo 3):
- Obligatorias: Educación Física (EF), Religión o Valores Sociales y Cívicos (VSC) (a elegir una).
- Optativas: Educación Artística, Segunda Lengua Extranjera, Religión o VSC.
- De libre configuración autonómica: Lengua Cooficial.
- Desaparece Educación para la Ciudadanía y los Derechos Humanos (ahora es Valores Sociales y Cívicos).
En Educación Primaria se realizarán pruebas externas en 3º y en 6º curso.
En la Comunidad Valenciana, en 5º curso se impartirá la asignatura de Cultura Valenciana, que incluirá contenidos sobre el patrimonio, tradiciones, fiestas, costumbres, etc.
La comprensión lectora, la expresión oral y escrita, la comunicación audiovisual, las Tecnologías de la Información y la Comunicación (TIC), el emprendimiento y la educación cívica y constitucional se trabajarán en todas las áreas.
Aspectos de la LOE que Siguen Vigentes
La LOE sigue en vigor en apartados como:
- Educación Infantil.
- Régimen jurídico aplicable al profesorado y a los centros docentes.
- Medidas generales de atención al alumnado con Necesidad Específica de Apoyo Educativo (NEAE).
- Becas y ayudas al estudio.
- Inspección educativa.
Decretos Curriculares Relevantes
Real Decreto 126/2014, de 28 de febrero
Establece el currículo básico de la Educación Primaria.
Decreto 108/2014, de 4 de julio, del Consell
Por el cual se establece el currículo y se desarrolla la ordenación general de la Educación Primaria (EP) en la Comunidad Valenciana (C.V.). Se recogen aspectos como: el currículo, la organización de las enseñanzas, el horario, la evaluación, los elementos de las programaciones didácticas, la atención a la diversidad, etc.
Documentos Institucionales Clave en Centros Educativos
Proyecto Educativo del Centro (PEC)
Características:
- Define la identidad del centro: es singular, propio y particular de cada centro. Refleja la ideología del mismo.
- Posee un sentido de globalidad: contempla aspectos formativos, de convivencia, de organización y de gobierno.
- Es flexible (sin perder cierta estabilidad): susceptible de modificaciones periódicas.
- Tiene un carácter prospectivo: parte del análisis de la realidad.
- Unifica el proceso educativo: le da coherencia.
- Su redacción debe ser clara.
- Al ser un documento consensuado y vinculante, implica un compromiso de todos los sectores implicados.
- Es un documento público.
- Orienta a los demás documentos institucionales.
- Es el principal documento institucional.
- Debe ser práctico en sus formulaciones y asequible en la consecución de los objetivos.
- Posibilita la autonomía pedagógica del centro.
Proyecto Curricular del Centro (PCC)
Es el instrumento de trabajo que permite tomar decisiones compartidas y fundamentadas en la reflexión sobre la práctica. Debe ser el instrumento pedagógico que permita alcanzar las finalidades educativas.
Funciones del PCC:
- Adaptar la propuesta curricular a la realidad de la escuela y del alumnado.
- Exponer el modelo educativo que ya se está llevando a cabo en el centro.
- Responder a las necesidades educativas del contexto sociocultural de la escuela.
- Expresar los criterios y los acuerdos realmente compartidos por el conjunto del profesorado.
- Promover el cambio educativo introduciendo elementos de racionalidad que permitan mejorar la acción educativa.
Lo elabora el equipo docente y lo aprueban el claustro y el consejo escolar.
Programación General Anual (PGA)
Los apartados más usuales son:
- Objetivos generales del centro.
- La jornada escolar.
- El Plan de Acción Tutorial (PAT).
- Orientación y apoyo.
- Plan de actividades culturales y de la Asociación de Madres y Padres de Alumnos (AMPA).
- El calendario de reuniones.
- Plan de formación del profesorado.
- Plan de evaluación: profesorado y alumnado.
Memoria Anual
- Documento conexo con la PGA.
- Tiene naturaleza evaluadora.
- Contribuye a enlazar cada año la programación general de un curso con la siguiente.
- Su finalidad es valorar el grado de consecución de lo previsto en la correspondiente PGA.
- Establece propuestas de mejora y reajuste positivo.
- Facilita tanto el proceso interno de evaluación en el centro como la información oportuna a la Administración educativa.
Reglamento de Régimen Interior (RRI)
- Documento organizativo que regula la actividad cotidiana del centro educativo, estableciendo los derechos y deberes de cada miembro de la comunidad educativa, las normas de convivencia y los principios básicos de organización y funcionamiento.
- Debe respetar los principios constitucionales básicos.
- Debe ser coherente con el PEC y las características de su entorno sociocultural.
- Debe ser claro, preciso y aplicable.
- Es el conjunto de normas internas para el funcionamiento del centro. Contribuye a mejorar las relaciones entre los diferentes elementos del centro.