Estructura y Regulación del Sistema Financiero Mexicano: Entidades, Operaciones y Mercado de Valores

Requisitos Legales para la Constitución de una Entidad Financiera

  • Inscripción de la entidad en el Registro Público de la Propiedad y del Comercio.
  • Publicación en el Diario Oficial de la Federación del oficio de autorización de la entidad financiera.

Concepto de Entidad Financiera

Sociedad anónima de capital fijo que tiene por objeto la prestación del servicio de banca y crédito.

Servicio de Banca y Crédito

Implica la captación de recursos de quien más tiene y su posterior colocación con las personas que lo requieren, obligándose la entidad a restituir el principal y, en su caso, los intereses.

Integrantes del Sector Bancario

La Ley de Instituciones de Crédito establece quiénes son integrantes del sector bancario:

  • Instituciones de Banca Múltiple (IBM)
    • Su organismo autorregulatorio es la Asociación de Bancos de México (ABM).
  • Instituciones de Banca de Desarrollo
  • Banco de México (como entidad)
  • Fideicomisos públicos con actividades financieras
  • Organismos Autorregulatorios
    • Son agrupaciones gremiales.
    • Emiten disposiciones que no aplican a todos. Son, por lo regular, códigos de conducta de las entidades con sus clientes, entidades con sus socios y entre entidades.

Operaciones que Pueden Realizar las Entidades Financieras

Por todas las operaciones, el banco cobra una comisión.

Operaciones Activas

La operación activa por excelencia es el crédito.

  • Crédito Simple
    • Se agota por haber hecho uso de la suma que pusieron a disposición del acreditado.
  • Crédito en Cuenta Corriente
    • Tarjetas de crédito con una suma de dinero disponible que se va agotando.
    • Los pagos que se realizan vuelven a estar disponibles.
    • También es llamado “crédito revolvente”.
  • Crédito Hipotecario
    • No siempre es sobre casas; lo importante es que la garantía es un inmueble.
  • Crédito Prendario
    • La garantía es un bien mueble tangible.
  • Crédito de Habilitación o Avío
    • Los recursos deben utilizarse para adquirir materiales, pagar salarios o cubrir gastos relacionados con la empresa.
    • Son créditos de fomento a la actividad empresarial o a la producción.
    • El banco tiene la facultad de revisar y supervisar que el monto del crédito se haya destinado a la producción.
  • Crédito Refaccionario
    • El importe del crédito debe destinarse a la adquisición de instrumentos, útiles de labranza, abonos, ganado o animales de cría para la realización de obras necesarias.
  • Descuento
    • Se realiza sobre títulos de crédito vigentes. El banco compra un título de crédito y aplica un descuento. El titular del título se vuelve obligado solidario. Es parecido al factoraje financiero.
  • Factoraje Financiero
    • Implica cuentas por cobrar, vigentes o no, que no necesariamente deben ser títulos de crédito. Puede o no haber obligado solidario.
    • El factorante obtiene liquidez inmediata a cambio de adquirir sus créditos por cobrar; es decir, el factorante le brinda a sus clientes la posibilidad de que dispongan de inmediato del efectivo para cubrir sus obligaciones a corto plazo o para llevar a cabo inversiones o gastos de mantenimiento de sus empresas.
  • Carta de Crédito
    • Se realiza cuando el comprador y el vendedor están en un lugar diferente. Se entrega un documento llamado “carta de crédito”.
    • Las partes de la carta de crédito se denominan:
    1. Ordenante (comprador, a quien le dan el crédito)
    2. Beneficiario (vendedor)
  • Tipos de Carta de Crédito:
    • Carta de Crédito Nacional: El ordenante pide al banco emisor que contacte al beneficiario, reúna toda la documentación necesaria y le cobre al beneficiario.
    • Carta de Crédito Internacional: El ordenante pide al banco emisor que contacte al banco corresponsal y este, a su vez, contacte al beneficiario.

Operaciones Pasivas

En las operaciones pasivas, el banco es el deudor. Están garantizadas por el Instituto para la Protección al Ahorro Bancario (IPAB).

Depósitos a la Vista o en Cuenta de Cheques

  • Cheque Cruzado: Las líneas significan “no negociable”, lo que implica que solo se pueden cobrar en una entidad financiera determinada.
    • Cruzado Simple: Cualquier banco lo puede cobrar.
    • Cruzado Especial: Dentro de las rayas se coloca el nombre del banco.
  • Cheque Certificado: El banco garantiza que el cheque tiene fondos. La entidad certifica que hay fondos suficientes, retira los fondos y entrega un “talón”. La certificación consiste en descontar los fondos.
  • Cheque de Caja: Se compra un cheque de otra entidad financiera.
  • Cheque No Negociable: A un cheque cualquiera se le escribe esa expresión, lo que implica que ya no hay circulación.
  • Cheque de Viajero: Tenía dos espacios para firmar: uno donde se compra el cheque y el segundo para su cobro.

Obligaciones (Sociedades Anónimas)

  • Si una sociedad anónima necesita dinero, puede aumentar el capital de los socios o pedir un préstamo o crédito.
  • Se emiten obligaciones que son similares a las acciones.
  • Las obligaciones se emiten y se ponen en venta al público, y la sociedad se obliga con cada persona que compra una obligación a restituir ese dinero con los respectivos intereses.
  • Si un socio adquiere una obligación, sería accionista y obligacionista. Solo las sociedades anónimas pueden hacer esto.

Emisión de Bonos Bancarios

  • Emisión de títulos que dan derecho a decidir con relación a las obligaciones. El banco es deudor porque le debe a cada persona que adquirió un bono el principal y el respectivo interés.

Obligaciones Subordinadas

  • En caso de que el banco tenga que liquidarse, los tenedores deben ser los penúltimos en ser pagados, solo están por delante de los accionistas.
  • El pago está subordinado al pago de esas obligaciones. El rendimiento es más jugoso en estas obligaciones.

Operaciones Neutras

Son aquellas que no implican captación ni colocación de recursos propios del banco, tales como:

  • Cajas de seguridad.
  • Practicar avalúos.
  • Albaceazgo.
  • Fideicomisos.
  • Mandato y comisión mercantil (mandato aplicado a los actos de comercio).
  • Llevar la contabilidad de alguna empresa.
  • Llevar el libro de actas y de registro de alguna sociedad.
  • Dar cartas de crédito, pero solamente en caso de que ya tengan el dinero. En este caso, el papel del banco es checar que todo esté en regla o reunir los documentos necesarios para hacer la carta.

Instituciones de Banca de Desarrollo (IBD)

Son empresas paraestatales, sociedades nacionales de crédito (S.N.C.), que están a cargo del Gobierno Federal puesto que le interesa desarrollar ciertos sectores. Por ello, están sectorizadas:

Sectorización de la Banca de Desarrollo

  • Sector de Servicios Financieros
    • Banco Nacional del Ejército, Fuerza Aérea y Armada, S.N.C. (BANJERCITO)
    • Banco del Bienestar, S.N.C.
  • Sector Empresarial
    • Nacional Financiera, S.N.C. (Nafin)*
    • Banco Nacional de Comercio Exterior, S.N.C. (Bancomext)*
  • Sector Infraestructura
    • Banco Nacional de Obras y Servicios Públicos, S.N.C. (BANOBRAS)*
  • Sector Vivienda
    • Sociedad Hipotecaria Federal, S.N.C. (SHF)

(*) = Son bancos de “segundo piso” porque no realizan operaciones directamente con el público, sino a través de las Instituciones de Banca Múltiple (IBM).

Capital Social de las Instituciones de Banca de Desarrollo

El equivalente a las acciones son los certificados de aportación patrimonial. Tienen dos series: la Serie A y la Serie B.

Serie A

  • A cargo del Gobierno Federal.
  • Representa por lo menos el 66% del capital en un solo certificado.

Serie B

  • Integran el 34% restante. Puede tenerlo cualquier mexicano y nadie puede poseer más del 5% de ese 34%.
  • Solo pueden ser sociedades con cláusula de exclusión de extranjeros (directa o indirecta).
    • Cláusula de Exclusión de Extranjeros (Directa): No puede ser socio de una sociedad extranjera.
    • Cláusula de Exclusión de Extranjeros (Indirecta): No se admite capital extranjero, ni siquiera a través de sociedades con capital extranjero.

Consejo Directivo

Su órgano de administración se denomina “consejo directivo”. Lo integran los servidores públicos que tienen que ver con el ramo al que la entidad está adscrita.

Ejemplo: Consejo Directivo de Nacional Financiera (Nafin)

Debe sesionar por lo menos 4 veces al año de manera ordinaria (trimestralmente). Las sesiones extraordinarias ocurren cada vez que sea necesario.

Integrantes de la Serie “A”
  • Secretario de Hacienda
  • Subsecretario de Hacienda
  • Secretario de Economía
  • Secretario de Energía
  • Gobernador del Banco de México
  • Director General de Nacional Financiera
Integrantes de la Serie “B”
  • 3 designados por Hacienda (subordinados)
  • 2 designados por Hacienda (independientes)

Mercado de Valores

En el mercado de valores se comercializan valores que se dividen en:

  • Capital (implica riesgo)
  • Deuda (ej. CETES; de menor riesgo, más seguros)

Bolsas de Valores

Todas las operaciones ocurren en la bolsa de valores, que puede ser:

  • Bolsa Mexicana de Valores (BMV)
  • Bolsa Institucional de Valores (BIVA)

Emisoras

Los productores de estos valores son los emisores:

  • Sociedad Anónima Promotora de Inversión (SAPI)
  • Sociedad Anónima Promotora de Inversión Bursátil (SAPIB)
  • Sociedad Anónima Bursátil (SAB)

Casas de Bolsa y Fondos de Inversión (Comerciantes)

Son los “comerciantes”. Ponen en contacto a emisores y a los inversionistas:

  • Casas de Bolsa: Orientadas a grandes inversionistas.
  • Fondos de Inversión: Orientados a pequeños inversionistas.

Inversionistas (Clientes)

Hay tres clases de inversionistas:

  • Inversionistas Públicos: Gran Público Inversionista.
  • Inversionistas Institucionales: Son instituciones que existen con ese fin.
  • Inversionistas Calificados: Aquellos que realizan muchas operaciones al año.

Los emisores, al emitir acciones, son objeto o pueden ser objeto de inversión por parte de los inversionistas.

Mercado Primario y Mercado Secundario

  • Mercado Primario: La primera vez que se pone en circulación un valor.
  • Mercado Secundario: La segunda vez o sucesiva que se pone en circulación un valor.

Delito de Uso de Información Privilegiada

Implica que se gane o se evite la pérdida de dinero usando información confidencial. Las multas serán calculadas de acuerdo con el dinero ganado o con la pérdida evitada.

Contratos de Intermediación Bursátil

La casa de bolsa celebra un contrato con el inversionista. Puede ser discrecional o no discrecional:

  • Discrecional: La casa de bolsa opera discrecionalmente el dinero del inversionista.
  • No Discrecional: La casa de bolsa opera de acuerdo con las instrucciones del inversionista, quien le indica en qué momento comprar o vender valores.

Emisiones Simplificadas

  • Pensadas para pequeñas y medianas empresas (PyMEs).
  • Implican una relajación por parte de la Comisión Nacional Bancaria y de Valores (CNBV) para la inscripción de acciones en el mercado de valores, “trasladando” esta responsabilidad a las Casas de Bolsa.
  • Tienen un mayor riesgo porque la Comisión no las revisa, pero este tipo de inversiones está limitada a los inversionistas institucionales y calificados.
  • El candado de destinarse a institucionales y calificados es a la vez un incentivo, ya que se pensaron para las PyMEs.

Sector de Organizaciones y Actividades Auxiliares de Crédito

Organizaciones Auxiliares: Almacenes Generales de Depósito (AGD)

Son sociedades anónimas autorizadas por la Secretaría de Hacienda que realizan operaciones de depósito y que expiden un certificado de depósito o bonos de prenda, ambos títulos de crédito.

  • El certificado de depósito ampara las mercancías depositadas.
  • Tipos de Depósito:
    • Depósito Regular: Se constituye sobre bienes no fungibles.
    • Depósito Irregular: Se constituye sobre bienes fungibles.

Niveles de los Almacenes Generales de Depósito

  • Nivel I: Sector Agropecuario y Pesquero.
  • Nivel II: Cualquier tipo de mercancías.
  • Nivel III: Cualquier tipo de mercancías y depósito fiscal.
  • Nivel IV: Todos los anteriores + otorgar financiamiento.

Actividades Auxiliares

Casas de Cambio

Sociedad Anónima autorizada por Hacienda y Crédito Público que se dedica de forma habitual y profesional a la compraventa e intercambio de divisas, así como a la transferencia de recursos.

Figuras No Autorizadas (No Reguladas como Entidades Financieras)

  • Centros Cambiarios: Están en ciudades turísticas y aeropuertos. No requieren una autorización más que de la Comisión Bancaria; compran y venden divisas.
  • Transmisores de Dinero: Hacen solo transferencia de recursos.

Sociedades Financieras de Objeto Múltiple (SOFOMES)

Entidad regulada en la Ley General de Instituciones de Crédito que tiene tres funciones principales:

  • Otorgar Crédito.
  • Realizar factoraje financiero (cobrar cuentas por cobrar).
  • Hacer arrendamiento financiero (similar al arrendamiento civil, se transmite el uso y goce de un bien de forma temporal).
Opciones al Finalizar el Contrato de Arrendamiento Financiero
  • Compra de los bienes: El arrendatario puede adquirir los bienes a un precio menor a su valor de adquisición, ya sea el residual pactado en el contrato o el valor de mercado si no se fijó un precio.
  • Prórroga del Contrato: Se puede extender el plazo del arrendamiento, a menudo con el acuerdo de una renta mensual más baja.
  • Venta a un tercero: El arrendatario puede acordar con el arrendador participar en el precio de venta de los bienes a un tercero, según las condiciones pactadas en el contrato.

Estos contratos se registran ante la CONDUSEF con el visto bueno de la CNBV.

Tipos de SOFOMES
  • Reguladas: Se les supervisa como a cualquier entidad. Pueden ser reguladas por:
    • Porque la entidad lo pida.
    • Porque la entidad tenga vínculo con otra entidad.
    • Porque sea emisora del mercado de valores.
  • No Reguladas: Únicamente son supervisadas en materia de prevención de lavado de dinero y prevención de financiamiento al terrorismo.

Sector Finanzas Populares

Pensado en principio para acercar servicios financieros a personas que no tienen acceso a estos servicios.

Sociedades Financieras Populares (SOFIPO)

Reguladas en la Ley de Ahorro y Crédito Popular. Son sociedades anónimas autorizadas por la CNBV que prestan servicios de ahorro y préstamo. Pueden captar y colocar recursos.

Sociedades Financieras Comunitarias (SOFINCOS)

Reguladas en la Ley de Ahorro y Crédito Popular. Sociedades anónimas autorizadas por la CNBV que buscan acercar los servicios financieros a las comunidades indígenas.

Sociedades Cooperativas de Ahorro y Préstamo (SOCAPS)

Reguladas en la Ley para Regular las Actividades de las Sociedades Cooperativas de Ahorro y Préstamo. Sociedades anónimas autorizadas por la CNBV que prestan servicios de ahorro y préstamo exclusivamente entre sus socios, sin contacto con el público.

  • Requiere al menos cinco personas físicas.
  • Se distinguen por tener administración democrática, votando por personas y no por capital.
  • Funcionan como un banco pequeño entre amigos.

Uniones de Crédito

Reguladas en la Ley de Uniones de Crédito. Sociedades anónimas autorizadas por la CNBV cuyos socios son personas físicas con actividades empresariales o morales.

Sector FINTECH (Tecnología Financiera)

La palabra “FINTECH” es la suma de los términos “Financial” y “Technology”. Lo fintech es el género y la especie es el sector fintech.

Regulación y Comité Interinstitucional

Surgió en 2018 con la expedición de la Ley para Regular a las Instituciones de Tecnología Financiera (LRITF). Esta ley creó el comité interinstitucional, el cual está integrado por:

  • Dos miembros de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP).
  • Dos miembros del Banco de México (Banxico).
  • Dos miembros de la Comisión Nacional Bancaria y de Valores (CNBV), quien debe autorizar que opere este comité.

Tipos de Instituciones de Tecnología Financiera (ITF)

La LRITF prevé tres tipos de Instituciones de Tecnología Financiera:

  • Instituciones de Fondos de Pago Electrónico (IFPE)
    • Son las conocidas como wallets. Ofrecen servicios de pago y transferencia de dinero de forma digital.
    • Permiten realizar pagos, compras y envíos de dinero a través de plataformas digitales.
  • Instituciones de Financiamiento Colectivo (IFC)
    • Son empresas que ponen en contacto a muchas personas para financiar el proyecto de alguien (crowdfunding).
    • Conectan personas que necesitan financiamiento con inversionistas.
  • Modelo Novedoso
    • Son aquellos que se crean en principio para prestar servicios financieros utilizando herramientas o medios tecnológicos con modalidades distintas a las existentes en el mercado.
    • Son aquellas figuras o entidades que no caben en ningún otro rubro.
    • Es una propuesta de servicio financiero que busca obtener una autorización temporal.

Datos y Finanzas Abiertas (Open Finance)

La LRITF impuso a todas las entidades financieras la obligación de compartir datos en tres niveles:

  • Datos Públicos: Que entre las entidades se compartan datos como el domicilio o la ubicación de sucursales.
  • A Nivel de Transacción General: Es a nivel general (ej. cuántos créditos coloca en un mes y de qué monto). No se desagrega la información.
  • A Nivel de Transacción por Usuario: Requieren la autorización o el consentimiento del cliente para saber qué operaciones realiza.