Estructuras y Propósitos de las Organizaciones Internacionales: Un Análisis Comparativo

Estructuras y Propósitos de las Organizaciones Internacionales

Las organizaciones se pueden clasificar según su estructura institucional o la modalidad de organización interna. A diferencia de otras clasificaciones, es más difícil establecer pautas que permitan una clasificación determinada. Para ello, utilizaremos el modelo de Merle, que se ordena de menor a mayor según el grado de complejidad:

Modelos de Estructura Organizacional

  1. Modelo nº 1 (tipo OTAN): Esquema básico compuesto por un plenario (órgano político) y un secretariado (administración). El secretariado es el órgano central, con posibilidad de añadir organismos subsidiarios.

  2. Modelo nº 2 (Instituciones especializadas de la familia de la ONU): Modelo extendido entre las organizaciones universales. La estructura consiste en un plenario, un órgano restringido que emana del anterior, y un secretariado.

  3. Modelo nº 3: Habitual en organizaciones surgidas en el marco de la Europa Occidental (Consejo de Europa). Junto al papel de los representantes gubernamentales en el órgano plenario, destaca el papel de los parlamentos nacionales. Este tipo de organización, solo presente a escala regional, se aproxima más al sistema de separación de poderes que el modelo “onusiano”, donde la Asamblea Plenaria, como encarnación de la colectividad de los Estados miembros, sigue siendo el órgano soberano del que emanan las directrices esenciales.

  4. Modelo nº 4: Caso único, la Unión Europea. El esquema está a medio camino entre la lógica institucional de la separación de poderes dominante en el estado y la lógica intergubernamental de las organizaciones internacionales propias de los tres modelos anteriores, en los que el plenario formado por los representantes gubernamentales de los estados miembros constituye el órgano supremo.

Artículos Clave de las Naciones Unidas

Artículo 1: Propósitos de las Naciones Unidas

Los propósitos de las Naciones Unidas son:

  1. Mantener la paz y la seguridad internacionales, y con tal fin: tomar medidas colectivas eficaces para prevenir y eliminar amenazas a la paz, y para suprimir actos de agresión u otros quebrantamientos de la paz; y lograr por medios pacíficos, y de conformidad con los principios de la justicia y del derecho internacional, el ajuste o arreglo de controversias o situaciones internacionales susceptibles de conducir a quebrantamientos de la paz.
  2. Fomentar entre las naciones relaciones de amistad basadas en el respeto al principio de la igualdad de derechos y al de la libre determinación de los pueblos, y tomar otras medidas adecuadas para fortalecer la paz universal.
  3. Realizar la cooperación internacional en la solución de problemas internacionales de carácter económico, social, cultural o humanitario, y en el desarrollo y estímulo del respeto a los derechos humanos y a las libertades fundamentales de todos, sin hacer distinción por motivos de raza, sexo, idioma o religión.
  4. Servir de centro que armonice los esfuerzos de las naciones por alcanzar estos propósitos comunes.

Artículo 2

  1. La Organización está basada en el principio de la igualdad soberana de todos sus Miembros.
  2. Los Miembros de la Organización cumplirán de buena fe las obligaciones contraídas por ellos de conformidad con esta Carta.
  3. Los Miembros de la Organización arreglarán sus controversias internacionales por medios pacíficos de tal manera que no se pongan en peligro ni la paz y la seguridad internacionales ni la justicia.
  4. Los Miembros de la Organización, en sus relaciones internacionales, se abstendrán de recurrir a la amenaza o al uso de la fuerza contra la integridad territorial o la independencia política de cualquier Estado, o en cualquier otra forma incompatible con los Propósitos de las Naciones Unidas.
  5. Los Miembros de la Organización prestarán a ésta toda clase de ayuda en cualquier acción que ejerza de conformidad con esta Carta, y se abstendrán de dar ayuda a Estado alguno contra el cual la Organización estuviere ejerciendo acción preventiva o coercitiva.
  6. La Organización hará que los Estados que no son Miembros de las Naciones Unidas se conduzcan de acuerdo con estos Principios en la medida que sea necesaria para mantener la paz y la seguridad internacionales.