Fiscalidad en España: IVA, Impuesto de Sociedades e IRPF
Impuesto sobre el Valor Añadido (IVA)
El IVA es un impuesto indirecto que grava el consumo de bienes y servicios.
- Compras y ventas en España
- Compra: IVA soportado
- Venta: IVA repercutido
- Compras y ventas intracomunitarias (UE)
- Compra: IVA soportado e IVA repercutido
- Venta: exento
- Compras y ventas en el extranjero
- Importación: IVA soportado
- Exportación: exento
- Inversión del Sujeto Pasivo (ISP)
- IVA soportado e IVA repercutido
- Recargo de Equivalencia
- 21%: 5,2%
- 10%: 1,4%
- 4%: 0,5%
Casos que no llevan IVA
- Venta intracomunitaria
- Exportaciones
- Compras a un particular
- Regalos a clientes
- Devoluciones de exportación y venta intracomunitaria
- Pedidos sin factura
Impuesto de Sociedades
El Impuesto de Sociedades grava el beneficio de las empresas.
Ajustes
No son deducibles:
- Dividendos (siempre van en negativo)
- Si participas en más del 5% de la empresa, el 95% es deducible
- Empresas públicas (negativo)
- Posibles despidos a trabajadores
- Anticipo de venta (siempre va en negativo)
- Anticipo de compra (siempre va en positivo)
- Si no está asignado el valor catastral
Es deducible (no hay ajustes):
- Patrocinios
El importe neto es para:
- Comida: no puede pasar el 1%
- Gastos financieros: no puede pasar el 30%
Cálculo de la cuota
- Suma de ajustes
- Resultado contable + suma de ajustes
- El porcentaje de reserva voluntaria se multiplica por el resultado del ejercicio del año anterior (dato proporcionado).
- Se calcula el 10% de la reserva voluntaria y se toma en consideración si no pasa el límite.
- Límite: el 10% del (resultado contable + suma de ajustes)
- (Resultado contable + suma de ajustes) – (el 10% de la reserva voluntaria)
- Se multiplica por el tipo de gravamen (25% si no se indica lo contrario) = Cuota íntegra
- Personas discapacitadas: tener en consideración el tiempo que ha trabajado
- 33% a 64%: 9000
- Más de 65%: 12000
- Película
- El primer millón: 30%
- Más del primer millón: 25%
- Se restan las retenciones y pagos fraccionados
- Cuota diferencial: cuota íntegra – personas discapacitadas – película – retenciones – pagos fraccionados
Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF)
Rendimiento del trabajo
- Retribuciones: sueldo por año
- Retenciones: el porcentaje que se indique x retribuciones
- Cotización a la Seguridad Social: se multiplica por 12 si es mensual
- Colegio de profesión: dato proporcionado (máximo 500)
- Demanda judicial: número que se indique (máximo 300)
- Retribuciones en especie: lo que paga la empresa (coche, casa, etc.)
Rendimiento del trabajo = retribuciones + retribución en especie – cotización S.S – seguridad social – colegio profesión (máximo) – demanda judicial (máximo)
Rendimiento del capital mobiliario
- Letra/ pagaré/ etc.
- Venta: a cuánto se vendió
- Adquisición: a cuánto se compró
- Beneficio íntegro: venta – adquisición
- Retención: sobre el beneficio
- Total resultado neto a imputar: beneficio
- Cuenta corriente
- Intereses
- Total resultado neto a imputar: intereses
Rendimiento del capital inmobiliario
- Alquileres: el monto del mes x 12
- Gastos fiscalmente deducibles:
- Amortización: 3% x 75% x valor de adquisición
- Electrodomésticos: 15% x meses/12 x el gasto
- Diferencia ingresos – gastos
- Si es vivienda habitual: reducción del 60%
- Rendimiento neto: (diferencia ingresos – gastos) – reducción
Rendimiento de actividad profesional
- Ingresos
- Gastos: tener en consideración los viajes, ocio, etc.
- Total rendimiento neto: ingresos – gastos
- Si se indica: disminución de 5% estimación simplificada
- Resultado final: total rendimiento neto – estimación simplificada
- Retención: 15% de los ingresos
- Pagos fraccionados: multiplicarlo por los meses
Incremento o disminución de patrimonio
- Piso herencia/ otro piso
- Valor adquisición
- Gastos de compra
- Valor transmisión: valor de venta
- Incremento de patrimonio: valor de venta – valor adquisición – gastos de compra
- Premio lotería
- Ingreso: el valor que se indique
- Retención
- Incremento de patrimonio: ingreso
- Boleto lotería
- Incremento lotería: cantidad de la lotería
Cálculo de la cuota
Base imponible general:
- Rendimiento del trabajo
- Rendimiento del capital mobiliario (cuentas corrientes)
- Rendimiento del capital inmobiliario
- Rendimiento de actividades profesionales
- Incremento patrimonio (lotería/premio)
Base imponible especial:
- Rendimiento del capital mobiliario (pagaré/ letras)
- Incremento patrimonio (pisos)
Reducciones:
- Plan pensión: máximo 1500
- Mínimo personal: 5550
- Mínimo familiar:
- Hijo 1: 2400
- Hijo 2: 2700
- Hijo 3: 4000
- Hijo 4: 4500
- Mínimo discapacidad: 9000
- Mínimo ascendientes: 3000 (si vive con los padres)
- Asistencia a discapacitado: 3000 (si el padre es discapacitado)
Base liquidable general: base imponible general – reducciones
Base liquidable especial: no tiene reducciones
Cálculo de cuotas general y especial
Base liquidable general
- Gravamen estatal: usando tabla estatal
- Gravamen autonómico: usando tabla autonómica
Base liquidable especial: misma tabla
- Gravamen estatal
- Gravamen autonómico
Total cuota estatal: suma de general y especial
Total cuota autonómica: suma de general y especial
Reducción de la cuota
- Partidos políticos: 20%
- Patrimonio histórico del estado: 15%
- Se reparte a partes iguales y se resta a la cuota estatal y a la autonómica
Total cuota estatal y autonómica
Retenciones
Diferencial a pagar: Total cuota estatal y autonómica – Retenciones