Formas Jurídicas Empresariales en España

Formas Jurídicas Empresariales en España

Empresario Individual (Autónomo)

Autónomo

  • Naturaleza: Persona física que realiza una actividad económica de forma habitual, personal y directa.
  • Socios: 1
  • Capital: No existe mínimo legal.
  • Responsabilidad: Ilimitada (responde con todo su patrimonio personal).
  • Régimen Seguridad Social: Régimen Especial de Trabajadores Autónomos (RETA).
  • Régimen Fiscal: Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF).
  • Administración: El propio autónomo.
  • Requisitos: Mayor de edad, no incapacitado, dedicarse profesionalmente y en nombre propio a la empresa.
  • Ventajas: Gestión sencilla, ideal para empresas de tamaño reducido, menor carga administrativa.
  • Inconvenientes: Responsabilidad ilimitada, el autónomo asume todos los gastos, gestión, inversión y administración.

Autónomo de Responsabilidad Limitada (ERL)

  • Similar al autónomo, pero con responsabilidad limitada al capital aportado.
  • Requisitos adicionales: Inscripción en el Registro Mercantil y de la Propiedad, firma de acta notarial.
  • Ventajas: Limita la responsabilidad del empresario.
  • Inconvenientes: Mayor complejidad administrativa, obligación de presentar cuentas anuales.

Sociedades

Comunidad de Bienes (CB)

  • Naturaleza: Contrato privado entre dos o más personas para realizar una actividad empresarial en común.
  • Socios: 2 o más comuneros.
  • Capital: No existe mínimo legal, se pueden aportar bienes, dinero o trabajo.
  • Responsabilidad: Ilimitada.
  • Régimen Seguridad Social: RETA para los socios que trabajan en la empresa.
  • Régimen Fiscal: IRPF.
  • Administración: Uno o varios socios.
  • Ventajas: Trámites sencillos, no requiere capital mínimo.
  • Inconvenientes: Responsabilidad ilimitada, no tiene personalidad jurídica propia.

Sociedad Civil (SC)

  • Similar a la Comunidad de Bienes, pero con denominación social que debe incluir «SC» o «Sociedad Civil».
  • Régimen Fiscal: Impuesto de Sociedades.
  • Ventajas: Gestión sencilla, ideal para pequeñas empresas.
  • Inconvenientes: Responsabilidad ilimitada, no tiene personalidad jurídica propia.

Sociedad Anónima (SA)

  • Naturaleza: Sociedad mercantil con personalidad jurídica propia.
  • Socios: 1 o más accionistas.
  • Capital: Mínimo de 60.000 euros.
  • Responsabilidad: Limitada al capital aportado.
  • Régimen Seguridad Social: Los socios trabajadores eligen entre RETA o Régimen General de la Seguridad Social.
  • Régimen Fiscal: Impuesto de Sociedades.
  • Administración: Junta General de Accionistas y Consejo de Administración.
  • Ventajas: Acciones fácilmente transmisibles, puede ser unipersonal, puede cotizar en bolsa.
  • Inconvenientes: Capital mínimo elevado, complejidad administrativa.

Sociedad de Responsabilidad Limitada (SL)

  • Naturaleza: Sociedad mercantil con personalidad jurídica propia.
  • Socios: 1 o más socios.
  • Capital: Mínimo de 3.000 euros.
  • Responsabilidad: Limitada al capital aportado.
  • Régimen Seguridad Social: Los socios trabajadores eligen entre RETA o Régimen General de la Seguridad Social.
  • Régimen Fiscal: Impuesto de Sociedades.
  • Administración: Junta General de Socios y Administradores.
  • Ventajas: Menor capital mínimo que la SA, gestión más sencilla.
  • Inconvenientes: Transmisión de acciones más restringida, complejidad administrativa.

Sociedad Limitada Nueva Empresa (SLNE)

  • Naturaleza: Variante de la SL con trámites de constitución simplificados.
  • Socios: Máximo 5 socios fundadores.
  • Capital: Mínimo de 3.000 euros.
  • Ventajas: Constitución rápida por internet, ayudas para los primeros años.
  • Inconvenientes: Nombre de la sociedad predefinido, máximo de 5 socios fundadores.

Sociedad Limitada Laboral (SLL)

  • Naturaleza: Variante de la SL donde la mayoría del capital social pertenece a los trabajadores.
  • Socios: Mínimo 3, de los cuales 2 deben tener contrato indefinido.
  • Capital: Mínimo de 3.000 euros.
  • Ventajas: Mayor control de los trabajadores, ayudas y subvenciones.
  • Inconvenientes: Toma de decisiones más compleja, limitaciones en la participación de socios capitalistas.

Sociedad Anónima Laboral (SAL)

  • Similar a la SLL, pero con un capital mínimo de 60.000 euros.

Sociedad Cooperativa (S.Coop)

  • Naturaleza: Sociedad constituida por personas que se asocian para realizar una actividad empresarial con un fin común.
  • Socios: Mínimo 2.
  • Capital: Mínimo de 3.000 euros.
  • Responsabilidad: Limitada al capital aportado.
  • Tipos de socios: Socios trabajadores, trabajadores asalariados y socios capitalistas.
  • Régimen Fiscal: Impuesto de Sociedades.
  • Administración: Asamblea General y Consejo Rector.
  • Ventajas: Principio de libre adhesión, todos los socios tienen los mismos derechos, posibles exenciones y bonificaciones fiscales.
  • Inconvenientes: Toma de decisiones más compleja, limitaciones en la contratación de trabajadores no socios.

Organismos de Apoyo al Emprendedor

Ayuntamientos

  • Control de la apertura de empresas.
  • Infraestructura y apoyo a emprendedores.
  • Gestión de impuestos municipales.

Agencia Tributaria

  • Control fiscal de las empresas.
  • Gestión de impuestos estatales.

Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales

  • Control de la inscripción en la Seguridad Social.
  • Inspección de trabajo.
  • Apoyo formativo e informativo a emprendedores.

Comunidades Autónomas

  • Asesoramiento a emprendedores.
  • Desarrollo de viveros de empresas.
  • Ayudas y subvenciones.

Registro Mercantil

  • Registro de la constitución de empresas.
  • Legalización de libros de contabilidad.

Cámaras de Comercio

  • Protección de los intereses de los empresarios.
  • Información y formación a emprendedores.

Notaría

  • Fe pública de acuerdos privados.
  • Participación en la creación de sociedades.