Fundamentos de la Educación y Protección del Patrimonio Cultural
Educación Patrimonial: Concepto, Fines y Características
Definición de Educación Patrimonial
- Es el conjunto de procesos de enseñanza y aprendizaje, tanto en los ámbitos formal, no formal e informal, en los que interactúan gran cantidad de variables y elementos (instituciones, profesorado, monitores, alumnado, público, contexto, etc.), con el objetivo de obtener la formación y capacitación de los individuos en las competencias patrimoniales necesarias para formar parte de una colectividad de miembros activos de la sociedad.
- La educación patrimonial es un área que contribuye a la construcción de un espacio para la memoria colectiva, el diálogo y el intercambio. Actúa como un puente entre el Patrimonio y la gente; entre el pasado y un futuro cargado de significados que sustente al Patrimonio dentro de los sistemas de valores de la sociedad posmoderna.
- El esquema de la educación patrimonial, según O. Fontal (2007), sería el siguiente: “Conocer para comprender, comprender para respetar, respetar para valorar, valorar para cuidar, cuidar para disfrutar, disfrutar para transmitir y transmitir para conocer”.
Características de la Educación Patrimonial
- Interdisciplinariedad: La didáctica del Patrimonio debe sustentarse sobre la necesidad de conjugar numerosos puntos de vista, promoviendo así la interdisciplinariedad.
- Flexibilidad: Capacidad de flexibilizar las estrategias didácticas para generar procesos de conocimiento, puesta en valor y sensibilización hacia el Patrimonio.
- Diversidad: El Patrimonio es variado en su naturaleza y en sus cualidades. La esencia de la diversidad del Patrimonio reside en la propia diversidad del ser humano.
- Participación e Implicación Social: El fin de la educación patrimonial es que los ciudadanos sientan suyo ese Patrimonio, que lleguen a asumir que su identidad deriva de referentes patrimoniales que explican qué somos, cómo somos, por qué hemos llegado a ser así y cómo nos relacionamos con los demás. El Patrimonio lo es porque existen personas que lo han generado, lo han cuidado, lo han transmitido y lo han puesto en valor.
- Sensibilización: El proceso de sensibilización requiere atención educativa y la diferenciación de varias fases previas y posteriores a este estado en el que el Patrimonio nos importa.
- Rentabilidad:
- Social: Una sociedad sensible hacia su Patrimonio está integrada por profesionales, políticos, gestores y ciudadanos sensibles que consideran el Patrimonio dotado de valores sociales, históricos e identitarios.
- Identitaria: La educación patrimonial es una garantía identitaria porque el Patrimonio se cuida, se preserva y se transmite, ya que se siente como algo propio.
- Cultural: Una sociedad educada patrimonialmente tiene todas las herramientas para comprender la necesidad y el amplio espectro de valores de su Patrimonio, por lo que tendrá un extenso abanico de intereses culturales, con amplitud de miras, con visión histórica y con una gran capacidad para manejar recursos que custodien, conserven y leguen su Patrimonio Cultural.
La Protección Legal del Patrimonio Cultural: Categorías y Niveles
A lo largo del siglo XX, distintos organismos internacionales y nacionales han legislado para procurar, mediante mecanismos jurídicos y administrativos, la conservación del Patrimonio Cultural. A continuación, se detallan las categorías de protección a nivel internacional, nacional, autonómico y local.
Nivel Internacional: Bienes del Patrimonio Mundial
La Convención de 1972 para la Protección del Patrimonio Mundial Cultural y Natural establece que ciertos lugares de la Tierra con un “valor universal excepcional” pertenecen al patrimonio común de la humanidad.
Se puede recibir la calificación de Patrimonio Cultural Mundial de la UNESCO en los siguientes supuestos:
- Los Monumentos: Obras arquitectónicas, de escultura o de pintura monumentales, elementos o estructuras de carácter arqueológico, inscripciones, cavernas y grupos de elementos, que tengan un valor universal excepcional desde el punto de vista de la historia, del arte o de la ciencia.
- Los Conjuntos: Grupos de construcciones, aisladas o reunidas, cuya arquitectura, unidad o integración en el paisaje les dé un valor universal excepcional desde el punto de vista de la historia, del arte o de la ciencia.
- Los Lugares: Obras del hombre o conjuntas del hombre y la naturaleza, así como las zonas, incluidos los lugares arqueológicos, que tengan un valor universal excepcional desde el punto de vista histórico, estético, etnológico o antropológico.
Nivel Nacional: Bienes de Interés Cultural (BIC)
Todo tipo de Patrimonio Histórico y de relevancia en la sociedad debe ser protegido. Los Bienes de Interés Cultural (BIC) representan el máximo nivel de protección legal en España.
Tipos de BIC (Bienes Inmuebles)
En el caso de que se declare BIC a un bien inmueble, la administración difundirá su condición de BIC de manera pública para darlo a conocer a la sociedad. Los BIC de carácter inmueble son los siguientes:
- Monumento Histórico: Construcción u obra producto de la actividad humana, de relevante interés histórico, artístico, científico, social o técnico.
- Conjunto Histórico: Agrupación de bienes inmuebles que forman una unidad de asentamiento, continua o dispersa, condicionada por una estructura física representativa de la evolución de una comunidad, por ser testimonio de su cultura o por poseer valores de uso y disfrute.
- Jardines Históricos: Espacio delimitado, producto de la ordenación por el hombre de elementos naturales, a veces complementado con estructuras de fábrica, y estimado de interés en función de su origen o de sus valores estéticos, sensoriales o botánicos.
- Sitios Históricos: Lugares o parajes naturales, vinculados a acontecimientos o recuerdos del pasado, a tradiciones populares, creaciones culturales o de la naturaleza, y que posean valores históricos, etnológicos, paleontológicos o paisajísticos.
- Zonas Arqueológicas: Lugares o parajes donde existen bienes muebles o inmuebles susceptibles de ser estudiados con metodología arqueológica, hayan sido o no extraídos, y tanto si se encuentran en la superficie como en el subsuelo o bajo las aguas.
Consecuencias de la Declaración de un BIC
Después de que un bien sea declarado BIC por la autoridad competente, este pasa a tener medidas especiales de protección. La administración pública municipal a la que pertenece ese bien está obligada a establecer una estrategia de protección para su conservación.
Nivel Autonómico: Los Bienes Inventariados
Existen diferentes grados de protección que se pueden dar a un bien patrimonial (mueble o inmueble). Sin embargo, la administración no puede dar la consideración de BIC a todos ellos. Un segundo nivel de protección es el de los Bienes Inventariados, por lo cual las diferentes administraciones se han esforzado en tener actualizados sus catálogos de Bienes Culturales. De ese modo, aunque no todos ellos tengan la consideración de BIC, sí pueden recibir un nivel de protección importante. Las Comunidades Autónomas se encargan de realizar estos inventarios de bienes.
Nivel Local: Los Bienes de Relevancia Local
La declaración de un bien inmueble como Bien de Relevancia Local se produce por su inclusión en los Catálogos de planeamiento urbanístico elaborados por las entidades locales (Ayuntamientos), con el informe favorable por parte del Departamento competente en materia de cultura, y una vez que el planeamiento urbanístico municipal sea aprobado definitivamente de acuerdo con la legislación urbanística vigente. Esta categoría está regulada en España en cada Comunidad Autónoma.