Fundamentos de la Gestión Pública: Funcionarios, Actos y Normativa Administrativa
El Funcionario Público en la Administración
Los funcionarios públicos son aquellas personas que prestan sus servicios al Estado o a la Administración Pública.
Tipos de Funcionarios Públicos
- De carrera: Ingresan mediante concurso público de méritos.
- De libre nombramiento y remoción: Su ingreso y cese dependen de la designación o decisión de una autoridad competente.
- De elección popular: Acceden a sus cargos a través de procesos de votación.
Formas de Ingreso y Egreso de los Funcionarios
Ingreso por Elección Popular
Se realiza por votación, y el Poder Electoral es el ente encargado de regular cómo se llevará a cabo dicha elección.
Requisitos para ser Funcionario Público
- Ser mayor de edad.
- Haber cumplido con los requisitos específicos del cargo a desempeñar.
- Prestar juramento.
Régimen Disciplinario
Si un funcionario contraviene las disposiciones de la Ley del Estatuto de la Función Pública, estará sujeto a las sanciones administrativas correspondientes.
Deberes de los Funcionarios Públicos
- Prestar sus servicios personalmente con la eficiencia requerida.
- Acatar las órdenes de sus superiores jerárquicos.
- Cumplir con el horario de trabajo establecido.
- Suministrar la información necesaria cuando sea requerida.
- Mantener una conducta decorosa.
Derechos de los Funcionarios Públicos
- Gozar de estabilidad en el desempeño de sus cargos.
- Derecho al ascenso.
- Organizar sindicatos.
Incompatibilidades
Los funcionarios públicos no podrán desempeñar más de un cargo público remunerado, a menos que se trate de cargos académicos.
Actos Administrativos de Remoción
Se refiere al proceso mediante el cual una persona es trasladada o cesada de un cargo para ocupar otro, o simplemente cesa en sus funciones.
Ámbitos de la Función Pública (o Entidades con Funcionarios)
- Poder Legislativo
- Poder Judicial
- Poder Ciudadano
- Poder Electoral
- Administración Pública
- Funcionarios del SENIAT (Servicio Nacional Integrado de Administración Aduanera y Tributaria)
- Funcionarios de la Procuraduría
Disposiciones Legales Relevantes (Según el Documento)
Artículo 3: Tipos de Funcionarios Públicos
- De elección popular
- De libre nombramiento y remoción
- De carrera
Artículo 5: Gestión de la Función Pública
La gestión de la función pública corresponde a:
- Vicepresidentes
- Magistrados
- Gobernadores
- Alcaldes
Artículo 9: Registro Nacional de Funcionarios
Debe ser llevado por el Ministerio de Planificación y Desarrollo, el cual tiene la responsabilidad de mantener actualizado el registro de funcionarios.
Artículo 17: Requisitos para Ejercer Cargos Públicos
Para ejercer ciertos cargos, se deben reunir los siguientes requisitos:
- Ser venezolano.
- Ser mayor de 18 años.
- Poseer título de educación media diversificada.
- No estar sujeto a inhabilitación.
- No poseer pensión o jubilación de ningún organismo público.
Artículo 19: Funcionarios de Libre Nombramiento y Remoción
El Artículo 19 aborda la situación de los funcionarios públicos de libre nombramiento y remoción, diferenciándolos de los de carrera.
Artículo 69: Responsabilidades
Las responsabilidades de los funcionarios públicos pueden ser de tipo:
- Penal
- Civil
- Administrativa
La Costumbre y las Fuentes Sublegales en el Derecho Administrativo
La Costumbre como Fuente de Derecho
La costumbre es una fuente de derecho no escrita, generada por la repetición constante y reiterada de una práctica administrativa, utilizada para solucionar conflictos.
Características de la Costumbre
- No es escrita.
Elementos de la Costumbre
Elementos Materiales
- Uso constante y generalizado: La práctica debe ser repetida de forma uniforme y continua.
- Repetición.
Elemento Psicológico (Opinio Iuris seu Necessitatis)
- Opinión de los juristas o jurisconsultos.
- Fuerte convicción de su obligatoriedad.
Fuentes Sublegales
Las fuentes sublegales son normas de rango inferior a la ley, pero con carácter legal dentro de su ámbito de aplicación. Incluyen:
- Reglamentos
- Costumbre
- Jurisprudencia
- Doctrina
Potestad Reglamentaria
Es la prerrogativa por la que las Administraciones Públicas pueden crear normas con rango reglamentario.
Poder Discrecional
Es la facultad de la Administración para dictar normas o tomar decisiones no previstas explícitamente por la ley, dentro de los límites que esta establece.
Poderes que No Pueden Reglamentar
Según el contexto, se mencionan los siguientes poderes que no ejercen potestad reglamentaria en el mismo sentido que la Administración Pública:
- Asamblea Nacional
- TSJ (Tribunal Supremo de Justicia)
Actividad Administrativa y el Acto Administrativo
La Actividad Administrativa
La actividad administrativa es toda actuación de la Administración Pública en ejercicio del poder público.
Principios Fundamentales de la Actividad Administrativa
Principio de Irrevocabilidad de los Actos Creadores de Derecho
Consiste en la imposibilidad de revocar un acto administrativo que haya creado derechos a favor de un particular, salvo en los casos y procedimientos establecidos por la ley, como la declaración de nulidad absoluta.
Principio de Inderogabilidad de los Actos Administrativos
Establece que los actos administrativos de efectos generales no pueden ser vulnerados o derogados por otro acto administrativo de menor o igual jerarquía, salvo que la ley lo permita expresamente.
Principio del Valor Precedente
Establece que los criterios establecidos por la Administración pueden modificarse para futuras situaciones, pero no pueden aplicarse retroactivamente a situaciones administrativas pasadas ya decididas.
El Acto Administrativo
El acto administrativo es la decisión general o especial de una autoridad administrativa en el ejercicio de sus funciones.
Elementos del Acto Administrativo
- Sujeto (órgano o autoridad que lo emite)
- Objeto (contenido del acto)
- Causa (motivos que lo justifican)
Elementos Formales del Acto Administrativo
- Forma (requisitos de exteriorización)
- Motivación (fundamentación de la decisión)
- Eficacia (aptitud para producir efectos jurídicos)
Características de los Actos Administrativos
- Estabilidad
- Impugnabilidad (posibilidad de ser recurrido o cuestionado legalmente)
La Función Pública: Concepto y Principios
Definición de Función Pública
La función pública es la actividad que realizan los funcionarios públicos en ejercicio del poder público.
Principios de la Función Pública
- Lealtad
- Integridad
- Valores
- Moralidad