Gestión de Residuos Sólidos en Perú: Marco Legal y Políticas Ambientales

Gestión de los Residuos Sólidos

Marco Legal de la Gestión de los Residuos Sólidos

  1. Decreto Legislativo Nº 1013, que crea el Ministerio del Ambiente.
  2. Código Penal.
  3. Ley Nº 29419, Ley que Regula la Actividad de los Recicladores.
  4. Ley Nº 27314, Ley General de Residuos Sólidos.
  5. Decreto Legislativo Nº 1065, que modifica la Ley Nº 27314, Ley General de Residuos Sólidos.
  6. Ley Nº 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales.
  7. Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades.
  8. D.S. Nº 014-2011-MINAM, Plan Nacional de Acción Ambiental (PLANAA) 2011-2021.
  9. D.S. Nº 012-2009-MINAM, Política Nacional del Ambiente.
  10. D.S. Nº 057-2004-PCM, Reglamento de la Ley Nº 27314, Ley General de Residuos Sólidos.

Política Nacional del Ambiente

Objetivo Específico

Asegurar una calidad ambiental adecuada para la salud y el desarrollo integral de las personas, previniendo la afectación de ecosistemas, recuperando ambientes degradados y promoviendo una gestión integrada de los riesgos ambientales, así como una producción limpia y ecoeficiente.

Ejes de Política

  • Conservación y aprovechamiento sostenible de los Recursos Naturales (RRNN) y de la diversidad biológica.
  • Gestión integral de la calidad ambiental.
  • Gobernanza ambiental.
  • Compromisos y oportunidades ambientales internacionales.

Lineamientos de Política

Residuos Sólidos

  1. Fortalecer la gestión de los gobiernos regionales y locales en materia de residuos sólidos de ámbito municipal, priorizando su aprovechamiento.
  2. Impulsar medidas para mejorar la recaudación de arbitrios de limpieza y la sostenibilidad financiera de los servicios de residuos sólidos municipales.
  3. Impulsar campañas nacionales de educación y sensibilización ambiental, fomentando la reducción, segregación, reúso y reciclaje.
  4. Promover la inversión pública y privada en proyectos para mejorar los sistemas de recolección, operaciones de reciclaje y disposición final, asegurando el cierre o clausura de botaderos.
  5. Desarrollar y promover la adopción de modelos de gestión apropiada de residuos sólidos.
  6. Promover la formalización de los recicladores y segregadores.
  7. Promover el manejo adecuado de los residuos sólidos peligrosos por las municipalidades en el ámbito de su competencia, coordinando acciones con las autoridades sectoriales correspondientes.
  8. Asegurar el uso adecuado de infraestructura, instalaciones y prácticas de manejo de los residuos sólidos no municipales por sus generadores.
  9. Promover la minimización en la generación de residuos y el efectivo manejo de residuos sólidos peligrosos mediante instalaciones adecuadas a sus características de peligrosidad.

Plan Nacional de Acción Ambiental (PLANAA 2011-2021)

Meta al 2012

El 50% de los residuos sólidos no reutilizables son tratados y dispuestos adecuadamente.

Meta al 2017

El 70% de los residuos sólidos no reutilizables son tratados y dispuestos adecuadamente.

Meta al 2021

El 100% de los residuos sólidos no reutilizables son tratados y dispuestos adecuadamente.

Indicadores

  • Porcentaje de residuos sólidos no reutilizables del ámbito municipal tratados y dispuestos adecuadamente.
  • Porcentaje de residuos sólidos del ámbito municipal reciclados.

Responsables

Gobiernos Locales, Gobiernos Regionales.

Corresponsables

Ministerio de Salud (MINSA), Ministerio del Ambiente (MINAM), Ministerio de Economía y Finanzas (MEF), Empresas Prestadoras de Servicios de Residuos Sólidos (EPS-RS), Empresas Comercializadoras de Residuos Sólidos (EC-RS), Asociación de recicladores, generadores de residuos sólidos.

Meta 2: Gestión de Residuos

100% de residuos sólidos del ámbito municipal son manejados, reaprovechados y dispuestos adecuadamente.

Acciones Estratégicas: Residuos Sólidos

  1. Asegurar el tratamiento y disposición final adecuados de los residuos sólidos del ámbito municipal.
  2. Minimizar la generación, mejorar la segregación, recolección selectiva y reciclaje de residuos sólidos del ámbito municipal.
  3. Reducir la generación de residuos peligrosos del ámbito no municipal, mejorar su tratamiento y disposición final.
  4. Incrementar el reaprovechamiento y disposición adecuada de los residuos de aparatos eléctricos y electrónicos (RAEE).

Decreto Legislativo Nº 1013

Creación del Ministerio del Ambiente

Artículo 2°

Créase el Ministerio del Ambiente como organismo del Poder Ejecutivo, cuya función general es diseñar, establecer, ejecutar y supervisar la política nacional y sectorial ambiental, asumiendo la rectoría con respecto a ella.

Artículo 7°

Funciones Específicas
  • g. Promover y coordinar la adecuada gestión de residuos sólidos.

Artículo 12°

Funciones del Viceministerio de Gestión Ambiental
  • g. Diseñar, aprobar y supervisar la aplicación de los instrumentos de prevención, de control y de rehabilitación ambiental relacionados con los residuos sólidos y peligrosos, el control y demás aspectos comprendidos dentro de su competencia.