La nacionalidad en el derecho internacional privado venezolano

Administrado:


persona natural o jurídica que tiene una relación con el Estado según los artículos 16 y 19 del Código Civil

Relación personas naturales-jurídicas con el Estado:


nacionalidad”, existen 2 tipos: venezolanos de origen y venezolanos por naturalización

Venezolano de origen:

el artículo 32 de la constitución establece que los venezolanos de origen son:
-Personas nacidas en el territorio venezolano, o cuyos padres sean venezolanos (en ese caso no basta con tener padres venezolanos, además se debe manifestar la voluntad de ser venezolano, siguiendo una serie de formalidades, como por ejemplo, tener residencia fija en el país, y la manifestación escrita y notariada)
-Persona nacida en el extranjero y que uno de sus padres sea venezolano, manifestando la voluntad de ser venezolano
-Persona nacida en el extranjero con padres venezolanos por naturalización, siempre que exprese la voluntad de ser venezolano antes de los 18 años resida en el país y antes de los 25 manifieste su voluntad de ser venezolano

-venezolano por naturalización:

artículo 33
-Extranjeros que obtengan carta de naturalización, es decir, un acto administrativo que otorga la nacionalidad a un extranjero, hasta que esta carta no se registre no se es venezolano

Requisitos:
1-

Estar residenciado en el país por mas de 10 años (5 años en aquellos casos en los que el país de origen sea España, Italia, Portugal, países latinoamericanos o del Caribe)
2-Solicitud notariada (la cual debe ser motivada, es decir, fundamentos de hechos y de derecho, además de alguna circunstancia favorable, como por ejemplo, estar casado desde hace 5 años con un venezolano)
3-Estar casado con un venezolano por más de 5 años, esta es una declaración unilateral cumpliendo con las formalidades de la solicitud de la carta de naturalización
4-Persona que al momento de su nacimiento alguno de sus padres (extranjeros) estuviera solicitando su naturalización


Perdida de nacionalidad:


2 tipos:
renuncia (tanto venezolanos de origen como por naturalización) o mediante sentencia judicial (únicamente para los venezolanos por naturalización)

Ciudadanía:


ejercicio de los derechos políticos, pertenecientes únicamente a los venezolanos

Procedimiento revocatoria nacionalidad:


2 maneras (renuncia o mediante sentencia judicial)

Renuncia:


tanto para los venezolanos de origen como los venezolanos por naturalización

De origen:

(art. 13 Ley Nacionalidad y Ciudadanía) para que el venezolano de origen renuncie a la nacionalidad venezolana es necesario que cuente con alguna otra nacionalidad de manera previa a renunciar a la venezolana, esta renuncia debe ser de manera expresa (escrita), motivada y con los recaudos pertinentes, se lleva ante el Saime y debe estar registrada, ya que de lo contrario no tendrá efectos y se seguirá considerando venezolano. Sin embargo, puede volver a obtener la nacionalidad venezolana en cualquier momento, viviendo de manera ininterrumpida en el país por 2 años, esto seria una declaración (manifestación unilateral) y no una solicitud al estado.

-Naturalización:

estos venezolanos pueden renunciar a la nacionalidad venezolana aun en los casos en los que si bien aspire obtener una nueva nacionalidad no la haya obtenido, ya que de igual forma no quedaría sin nacionalidad, debe renunciar ante el Ministerio en el Registro Civil, y para volver a solicitar la nacionalidad venezolana seguirá el procedimiento de la Carta de Naturalización nuevamente, el cual dura aproximadamente de 8 a 12 meses)

Sentencia:


revocatoria judicial que aplica únicamente para los venezolanos por naturalización, existen 2 maneras de que se emita esta sentencia:
-De oficio, declaración de nulidad absoluta según lo establecido en el artículo 19 de la Lopa, es decir, se da la revocación, el órgano competente para esto es la Sala Político-Administrativa
-Instancia de parte, solicitándolo al Ministerio en un periodo no mayor de 10 años luego de emitida la carta de naturaleza (Recursos: recurso de reconsideración, recurso jerárquico, recurso institucional y recurso de revisión)


Extranjeros:


toda persona que no es nacional, gozan de los mismos derechos que los venezolanos salvo los derechos políticos. Existen 3 tipos de extranjeros:
-No migrantes, que sólo están de visita en el país (máximo 90 días), no pueden trabajar ni realizar actividades lucrativas
-Migrante temporal que vienen al país a cumplir con un contrato previo de trabajo, el cual establece la duración de la persona dentro del país
-Migrante permanente, aquel que quiere permanecer en el país

Requisitos para ingresar al país:


la importancia de cumplir con alguno de estos requisitos es que la persona tenga una entrada legal al país, para que así pueda gozar de todos sus derechos dentro del territorio venezolano
-Tener pasaporte vigente de su país de origen + visa venezolana (salvo que existan convenios entre ambos países y la visa no sea necesaria)
-Cualquier otro documento que acredito su ingreso al país (ej. Contrato de trabajo)
-Invitación expresa de alguna autoridad publica
Prohibiciones de entrada al país:

Ser expulsado del territorio venezolano
-Existencia de violación de los DDHH
-Su presencia altere el orden publico
-Cuente con enfermedades altamente contagiosas

Identificación personal:


conjunto de datos básicos que individualizan a una persona, existen 3 actos: partida de nacimiento, cédula de identidad y pasaporte.
Los recintos hospitalarios deben garantizar la partida de nacimiento, razón por la cual dentro de estos se encuentran extensiones del registro civil, inclusive los niños indígenas deben ser registrados en el Registro Civil, esto incluye a los mayores de edad.
El documento de identificación para los menores de 9 años será la partida de nacimiento, mientras que el documento de identificación para los mayores de 9 años será la cédula de identidad

Identificación extranjeros:


en el caso de los extranjeros no migrantes estos se identifican dentro del país con el pasaporte vigente de su país de origen (+la visa en caso de ser necesario), y en caso de los extranjeros migrantes temporales y migrantes permanentes se les puede otorgar una cédula de extranjeros, siempre y cuando vayan a residir en el país por mas de 1 año

Cédula de identidad:


la cedula de identidad debe contener: nombres, apellidos, fecha y lugar de nacimiento, estado civil, huellas dactilares y firma (en caso de que la persona no sepa firmar o no tenga brazos se debe establecer), el numero de cedula es eterno y sólo se asigna un numero por persona, la duración de este documento es de 10 años y puede ser renovable, y es el medio de identificación en los órganos jurisdiccionales. El venezolano por naturalización debe presentar al momento de solicitar la cedula de identidad la partida de nacimiento + la gaceta oficial donde se encuentra la carta de naturalización

Cédula nula:


únicamente 2 supuestos, sin embargo por mas que la cedula sea nula no se le puede dar el numero a otra persona, los supuestos son: inhabilitación (quien renuncia a ser venezolano, o a quien se le ha revocado el derecho a ser venezolano) o por insubsistente (cuando el titular de la cédula de identidad fallece)

Pasaporte:


acto administrativo que emite el Saime y es la identificación de los venezolanos en el extranjero, existen diferentes tipos:

Pasaporte ordinario:

aquel otorgado a todos los venezolanos, cuya duración es de 5 años

Pasaporte diplomático:

lo otorga el Ministerio de Relaciones Exteriores a las máximas autoridades, su duración es el tiempo que dura la persona en el cargo

Pasaporte de servicio:

otorgado a las altas autoridades a nivel de gobernadores, presidentes de entes y fundaciones estadales

Pasaporte de emergencia:

duración de 1 año, otorgado para aquellos extranjeros que no cuenten con una representación diplomática dentro de nuestro país, para que así pueda trasladarse a su país de origen a fin de solicitar un pasaporte

-Pasaporte colectivo:

otorgado a un grupo de personas para que realicen una actividad en especifico, ejemplo: actividades culturales, deportivas, científicas. La duración viene dada por la duración de dicha actividad

-Pasaporte provisional:

pasaporte otorgado en razón de alguna enfermedad (para que persona viaje a recibir tratamiento)

Sanciones:


aquel que realice fraude o utilice documentos falsos podrá ser sancionado con prisión de 15 a 30 meses

Extranjeros irregulares:


son aquellos que no entran al país de manera legal, y para regularse deben estar inscritos ante el Registro de Extranjeros cumpliendo una serie de recaudos (ej. Presentar pasaporte y 3 fotos tamaño carnet)