Marco Legal del Catastro y la Regularización de la Propiedad en Bolivia

Ley N° 247: Regularización del Derecho Propietario Urbano

Objeto y Principios Fundamentales

Objeto: Regularización del derecho propietario de personas naturales que se encuentren en posesión continua.

Principios: Respeto a la propiedad privada, derecho humano a una vivienda digna y hábitat, celeridad, vivir bien, coordinación, equidad de género, justicia y seguridad jurídica.

Definiciones Clave

  • Radio Urbano o Área Urbana: Porción del territorio continuo o discontinuo con uso de suelo urbano, con la consideración de la tipología de la edificación, según niveles de habitabilidad y tomando en cuenta la compatibilidad funcional y ambiental.
  • Área de Riesgo: Áreas de peligro para la vida o salud humana, como las zonas negras y las zonas de fragilidad ecológica.
  • Área Sujeta a Revisión: Área ubicada al interior de un asentamiento humano urbano cuya regularización está condicionada a la revisión y verificación de sus condiciones técnicas, legales y sociales, para ser regularizada posteriormente en caso de ser viable.
  • Asentamiento Humano Irregular: Ocupación en terreno de propiedad pública o privada donde se encuentran viviendas construidas al margen de la normativa de desarrollo urbano vigente.
  • Asentamientos Humanos a Regularizar: Bienes inmuebles habitados destinados a vivienda que presentan problemas legales y técnicos en cuanto a su tenencia.
  • Bien Inmueble Urbano: Terreno con construcción destinado para vivienda, habitada permanentemente y ubicada dentro del radio urbano o área urbana.
  • Buena Fe: Cuando el poseedor cree haber adquirido del verdadero propietario o titular la cosa o el derecho; la buena fe se presume y quien alega que hubo mala fe, debe probarla.
  • Catastro Urbano: Inventario público valorado, de carácter gráfico y alfanumérico de los bienes inmuebles existentes en un área geográficamente determinada.
  • Correcciones de Identidad: Correcciones de nombres, apellidos, cédula de identidad, estado civil, fecha y lugar de nacimiento.
  • Correcciones e Inscripciones Técnicas: Correcciones e inscripciones de superficie, ubicación, dirección, colindancias, frente y fondo.
  • Estudio Técnico Especializado: Investigación que determina técnicamente las características físicas de una porción de territorio y su entorno, en función de su uso y ocupación urbana.
  • Mejoramiento Urbano: Prestación y/o mejoramiento de servicios públicos, construcción de obras en los espacios públicos de las áreas regularizadas, para mejorar sus condiciones de habitabilidad y su integración espacial a la ciudad.
  • Planimetría: Representación gráfica georreferenciada de un asentamiento urbano consolidado, respetando normas técnicas de graficación, susceptible de diseño urbano posterior a la regularización.
  • Poseedoras y Poseedores Beneficiarios: Personas naturales que acceden al proceso de regularización del derecho propietario sobre un bien inmueble urbano destinado a vivienda y que está en posesión continua, pública, pacífica y de buena fe, de acuerdo con lo previsto en la presente Ley, sin afectar derechos de terceros.
  • Regularización: Proceso de saneamiento de observaciones técnico-legales que permiten la obtención del derecho propietario sobre un bien inmueble urbano, con el respectivo registro.
  • Legitimación Activa: Facultad procesal que tienen las personas naturales para la interposición de una acción judicial conforme a la presente Ley.
  • Subadquirente: Es la persona que, por efectos de un contrato perfeccionado, adquiere los derechos de su vendedor.
  • Grupo Familiar: Grupo de personas unidas por parentesco que comprende a padre, madre e hijos y, eventualmente, abuelos a cargo de los nietos.

Ley N° 1715: El Proceso de Saneamiento de la Propiedad Agraria

Conceptos Fundamentales

INRA: Instituto Nacional de Reforma Agraria. Organismo técnico encargado de dirigir, coordinar y ejecutar las políticas establecidas por el Servicio Nacional de Reforma Agraria.

Objeto: Saneamiento. El catastro es sinónimo de impuesto.

Se entiende por catastro legal el sistema público de registro de la información en el que se hacen constar los datos relativos a la propiedad agraria y los derechos que sobre ella recaen, así como su superficie, ubicación, colindancias y límites.

Tipos de Propiedad Agraria

  • Solar campesino, Pequeña propiedad, Propiedad comunitaria y Tierras Comunitarias de Origen: Indivisible, inalienable, inembargable, imprescriptible, patrimonio familiar.
  • Mediana Propiedad y Empresa Agropecuaria: Conforme a la Ley Civil.

Modalidades de Distribución

  • Dotación: Comunidades campesinas e indígenas y asentamientos humanos.
  • Adjudicación: Personas naturales o jurídicas.

Clasificación de Posesiones

Posesiones Ilegales:

  • No den mérito a la dotación o adjudicación simple y titulación por incumplimiento de la Función Social (FS) o Función Económico Social (FES), o por falta de aceptación del precio de adjudicación.
  • Recaigan sobre Áreas Protegidas.
  • Afecten derechos legalmente constituidos por terceros.

Posesiones Legales:

  • Posesión anterior a la vigencia de la Ley N° 1715.
  • Cumplan con la Función Social (FS) o Función Económico Social (FES).

El Proceso de Saneamiento Agrario

Alcance del Saneamiento:

  • El proceso de saneamiento regulariza y perfecciona únicamente el derecho de propiedad agraria. Las concesiones forestales o sobre otros recursos, por sí mismas, no serán objeto de saneamiento ni dan lugar al derecho de propiedad agraria.
  • Como resultado del proceso de saneamiento en áreas protegidas, se regularizarán los derechos de propiedad agraria y se identificarán tierras fiscales al interior de las mismas.

Control de Calidad en el Saneamiento:

La Dirección Nacional del Instituto Nacional de Reforma Agraria puede establecer control de calidad en:

  • Al momento de ejecutarse los proyectos de resoluciones en campo con el objeto de precautelar el cumplimiento de las normas mediante el relevamiento de información fidedigna y estándares de calidad de las actuaciones cumplidas, regulados en disposiciones internas; sin perjuicio del control interno que establezcan las Direcciones Departamentales.
  • Cuando realiza supervisión y seguimiento de los diferentes procedimientos y proyectos de saneamiento, sin suspender la ejecución de trabajos.
  • De oficio o a denuncia, podrá disponer la investigación en gabinete y campo sobre hechos irregulares y actos fraudulentos.

Consecuencias del Control de Calidad:

  • La anulación de actuados de saneamiento por irregularidades, graves faltas o errores de fondo.
  • La convalidación de actuados de saneamiento por errores u omisiones subsanados.
  • La prosecución de los procesos de saneamiento objeto de controles de calidad, supervisión y seguimiento, y asimismo, la aplicación de medidas correctivas o reforzamiento en programas de capacitación u otros que ameriten el caso.
  • El inicio de procesos administrativos, civiles o penales para los funcionarios responsables de las áreas de saneamiento.

Aspectos Clave del Saneamiento:

Criterios para la valoración del derecho de propiedad agraria, fraude en la antigüedad de la posesión, fraccionamientos fraudulentos, fraude en la acreditación de títulos ejecutoriales o expedientes agrarios, sanciones a acciones fraudulentas de propietarios, predios en conflicto, copropiedad y herencia.

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Áreas de Saneamiento

  • Saneamiento Integrado al Catastro Legal (CAT-SAN).
  • Saneamiento Simple (SAN-SIM): De oficio o a pedido de parte. Incluye: legitimación, solicitud, forma y contenido, revisión, admisión o rechazo de solicitud, pago de la tasa de saneamiento y catastro, resolución determinativa y caducidad.
  • Saneamiento de Tierras Comunitarias de Origen (SAN-TCO).

Procedimiento Común de Saneamiento

  1. Preparatoria (Art. 291): Diagnóstico y determinación del área, planificación y resolución de inicio de procesamiento.
  2. De Campo (Art. 295): Relevamiento de información, campaña pública y verificación de Función Social (FS) y Función Económico Social (FES), informe de conclusiones y cierre, proyecto de resolución.
  3. Resolución y Titulación (Art. 326): Firma de resolución, titulación y registro de derechos reales, y transferencia de información municipal.

Tipos de Resoluciones en el Saneamiento

  • Supremas: Confirmatoria, Anulatoria y de Conversión, Anulatoria, Reversión.
  • Administrativas de Trámite: Confirmatoria, Modificadora, Anulatoria por improcedencia de titulación.
  • Administrativas para Poseedores: Constructivas (Dotación, adjudicación, transferencia y tierra fiscal) y No Constructivas (De ilegalidad de la posesión).
  • Expropiación: Por incumplimiento de la Función Social (FS) en pequeñas propiedades, a requerimiento de la comunidad.

Saneamiento de la Propiedad Agraria: Marco Legal y Plazos

Según la Ley N° 1715, el saneamiento “es el procedimiento técnico jurídico transitorio destinado a regularizar y perfeccionar el derecho de propiedad agraria y se ejecuta de oficio o a pedido de parte” (Art. 64).

El saneamiento debería haber sido ejecutado y concluido en un plazo de 10 años (1996-2006).

De acuerdo con la Ley N° 3545 de Reconducción de la Reforma Agraria, el saneamiento debería concluirse en octubre de 2013.

Actualmente se está solicitando la ampliación de la Ley por otros 5 años.

Finalidad del Saneamiento Agrario

  • La titulación de las tierras que cumplan la Función Económico Social (FES) o Función Social (FS).
  • El catastro legal de la propiedad agraria.
  • La conciliación de conflictos relacionados con la posesión y propiedad agrarias.
  • La titulación de procesos agrarios en trámite.
  • La anulación de títulos afectados por vicios de nulidad absoluta.
  • La convalidación de títulos afectados por vicios de nulidad relativa, siempre y cuando la tierra cumpla la Función Económico Social (FES).
  • La certificación de saneamiento de la propiedad agraria, cuando corresponda.
  • La reversión de predios que, contando con título exento de vicios de nulidad, no cumplan total o parcialmente con la Función Económico Social (FES).
  • La distribución y redistribución de tierras fiscales, con eficiencia, transparencia, equidad y justicia social.

Etapas del Saneamiento Agrario

  1. Preparatoria (Art. 291): Diagnóstico y determinación del área, planificación y resolución de inicio de procesamiento.
  2. De Campo (Art. 295): Relevamiento de información, informe de conclusiones y cierre, proyecto de resolución.
  3. Resolución y Titulación (Art. 326): Firma de resolución, titulación y registro de derechos reales, y transferencia de información municipal.

Documentos Clave en el Proceso

Certificado Catastral: Documento que da testimonio de los derechos vigentes, otorgando seguridad jurídica a los propietarios y al Estado sobre la inscripción única e irrepetible en el registro del Sistema de Gestión Catastral Rural del INRA.

Registro de Transferencia: Proceso que modifica el registro catastral vigente anotado a nombre de un determinado propietario, por el nombre del nuevo adquirente, producto de una transferencia.