Movilidad Sostenible y Activa: Estrategias Clave para el Desarrollo Urbano y Turístico

Introducción a la Movilidad Activa y Sostenible

La movilidad activa, que engloba el movimiento físico de las personas como la caminata y el uso de la bicicleta, es fundamental para el desarrollo de ciudades más sostenibles y amigables. La promoción de estos modos de transporte busca reducir la dependencia del vehículo a motor para desplazamientos de corta y mediana distancia, contribuyendo así a la preservación del medio ambiente y a la mejora de la calidad de vida urbana.

Art. 216G – La Movilidad Activa

Es aquella que depende del movimiento físico de las personas, incluyendo la caminata y el uso de la bicicleta. La promoción de estos modos de transporte busca disminuir el uso del vehículo a motor para desplazamientos de corta y mediana distancia.

Art. 214H – De la Caminata y el Uso de la Bicicleta

El Gobierno Central y los Gobiernos Autónomos Descentralizados (GAD) incorporarán actividades relacionadas con la gestión, promoción, incentivo, regulación y control del desplazamiento de los ciudadanos a pie y en bicicleta como modos sostenibles de transporte.

Art. 214I – Jerarquía de Movilidad

El Gobierno Central y los Gobiernos Autónomos Descentralizados proporcionarán los medios necesarios para desplazarse de manera segura y garantizarán una equitativa distribución de espacios y recursos, considerando la jerarquización determinada en la presente Ley. Esto reconoce a los modos de transporte sostenibles como preferentes y de interés público para contribuir a la preservación del ambiente, incrementar la accesibilidad, mejorar la salud y la calidad de vida de las personas.

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Art. 214J – Objetivos de la Movilidad Activa

Los objetivos de la movilidad activa son los siguientes:

  1. Integrar el enfoque de movilidad activa dentro de las políticas para promover y garantizar la accesibilidad de los medios sostenibles de transporte.
  2. Promover e incentivar el uso de modos de transporte sostenibles para fomentar la salud y un medio ambiente saludable.
  3. Educar a la ciudadanía en cultura vial, prevención y protección ambiental.
  4. Desarrollar programas de difusión y capacitación sobre transporte sostenible, concientización ambiental y educación vial.
  5. Garantizar la movilidad segura y los desplazamientos sin distinción de modo de transporte.
  6. Asegurar que la ciudadanía participe en la planificación y gestión del sistema de movilidad.
  7. Promover el fortalecimiento de patrones de viajes intermodales, propendiendo a modos sostenibles.
  8. Fomentar conductas de respeto y convivencia vial entre los diferentes modos de transporte.

3 pasos para reducir tu impacto en el medio ambiente

Art. 214K – Sistema de Información de Movilidad

Los Gobiernos Autónomos Descentralizados deberán diseñar, implementar y mantener un Sistema de Información de Movilidad que permita el seguimiento y la evaluación de sus políticas, planes y proyectos.

Art. 214L – Dependencias para la Planificación, Diseño e Implementación

La planificación, diseño e implementación de infraestructura inclusiva corresponde a cada nivel de Gobierno.

Art. 214M – Presupuesto para la Jerarquización de la Movilidad

Los Gobiernos Autónomos Descentralizados destinarán los recursos necesarios para el desarrollo de programas, planes o proyectos de movilidad activa.

Qué es movilidad activa

Art. 214N – Principios Generales de la Movilidad Activa

Las políticas, programas, planes y proyectos a favor de los modos de transporte sostenibles deben cumplir los siguientes principios:

  1. Accesibilidad y Derecho a la Ciudad: Garantizar la accesibilidad y el derecho a la ciudad, sin discriminación y con tarifas equitativas.
  2. Inclusión: Reducir la desigualdad en la población mediante acciones específicas.
  3. No Discriminación: Proporcionar las oportunidades necesarias para el acceso y uso de todos los modos de transporte terrestre.
  4. Seguridad: Desarrollar acciones para reducir el riesgo de infracciones e incidentes de tránsito durante los desplazamientos.
  5. Salud: Promover modos de transporte que beneficien la salud, la calidad de vida, la actividad física y prevengan la contaminación ambiental.
  6. Eficiencia: Optimizar los recursos en los desplazamientos de los diferentes modos de transporte.
  7. Calidad: Asegurar que los componentes del sistema de movilidad cumplan con los requerimientos y propiedades necesarias para minimizar el impacto ambiental y ofrecer un espacio apropiado y confortable.
  8. Innovación Tecnológica: Fomentar la innovación tecnológica para almacenar, recopilar y procesar información que mejore la gestión y calidad de la movilidad, optimizando los desplazamientos.
  9. Capacitación: Diseñar programas específicos para formar y sensibilizar a la ciudadanía, considerando la diversidad lingüística.

Principios de Movilidad Compartida para Ciudades Humanas — Shared Mobility  Principles for Livable Cities

Art. 214O – De la Planificación de la Movilidad

Los entes encargados de la planificación del transporte terrestre, tránsito y seguridad vial observarán los siguientes criterios:

  1. Garantizar la integración física, operativa e informativa para la conexión con el transporte público y la bicicleta.
  2. Adoptar medidas para proteger la vida y la integridad física de las personas en desplazamientos terrestres.
  3. Implementar medidas que promuevan la movilidad activa, incentiven y fomenten el uso de modos de transporte terrestre sostenibles, transporte público y, cuando sea necesario, automotores.
  4. Promover la participación ciudadana en políticas territoriales, programas, planes y proyectos de movilidad activa.
  5. Asegurar que la movilidad fomente el desarrollo sostenible y la funcionalidad de la vía pública.
  6. Impulsar planes, programas y proyectos para reducir la mortalidad relacionada con afecciones respiratorias, cardiovasculares, contaminación y tránsito.
  7. Impulsar planes, programas y proyectos de planificación para aproximar la vivienda, el trabajo y los servicios públicos.
  8. Tomar decisiones con base en diagnósticos, pronósticos y criterios técnicos para un uso eficiente de los recursos públicos.

LA PLANIFICACIÓN DE LA MOVILIDAD SOSTENIBLE. Un reto Urbanístico y de  Sostenibilidad Social, Económica y Medioambiental.

Art. 214P – Actividades Recreativas

Los Gobiernos Autónomos Descentralizados serán responsables de la administración, control y evaluación de rutas y espacios para la realización de actividades recreativas.

Art. 214Q – Intervenciones Temporales de Movilidad Activa

Los entes encargados de la planificación, regulación y control del transporte terrestre, tránsito y seguridad vial podrán implementar intervenciones temporales para evaluar las mejores opciones.

Art. 214R – Sistema de Transporte Público en Bicicleta

Los Gobiernos Autónomos Descentralizados serán responsables de la regulación, control y evaluación del Sistema de Transporte Público en Bicicleta.

Art. 214S – Pacificación del Tránsito

Los Gobiernos Autónomos Descentralizados establecerán vías de carácter local o residencial con una velocidad máxima de 30 km/h para favorecer la seguridad vial.

Art. 214T – Intermodalidad

Los Gobiernos Autónomos Descentralizados coordinarán acciones para fomentar la intermodalidad en la transportación terrestre.

actividades recreativas | Course

Art. 214U – Incentivos para Servidores y Empleados de Instituciones Públicas y Privadas

Las entidades públicas y privadas generarán incentivos para el uso de medios sostenibles para el traslado.

Art. 214V – Registro de Biciusuarios

Los Gobiernos Autónomos Descentralizados implementarán un sistema de registro de biciusuarios para optimizar los ciclo-parqueaderos y la infraestructura ciclista.

Art. 214W – Red de Ciclo-Parqueaderos

Los Gobiernos Autónomos Descentralizados implementarán redes de ciclo-parqueaderos públicos en sitios estratégicos.

Art. 214X – De la Conectividad

Los Gobiernos Autónomos Descentralizados exigirán permisos de construcción o remodelación para el estacionamiento de bicicletas con las seguridades adecuadas.

Art. 214Y – Estructura Portabicicletas

La Agencia Nacional de Regulación y Control del Transporte Terrestre, Tránsito y Seguridad Vial dispondrá que las unidades de transporte público cuenten con los requisitos exigidos en la Ley y en los contratos de operación.

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