Normativa y Gestión Ambiental en México: Licencias, COA, RETC y Más

Regulación Directa

  • Licencia Ambiental Única (LAU): Requisito para cualquier fuente en cuestión de la federación.
  • Licencia de Funcionamiento (LF): Previo a la publicación de la SEMARNAT.

Licencia Ambiental Única o la Autorización que Expide la Secretaría (SEMARNAT)

Para la operación y funcionamiento de las fuentes fijas y jurisdicción federal, en términos dispuestos en el artículo 102 bis de la LGEEPA, corresponderá la obligación de dicho trámite.

Para obtener la licencia de funcionamiento se deberá presentar a la secretaría una solicitud por escrito acompañada de lo siguiente:

  • Datos generales del solicitante.
  • Ubicación.
  • Descripción del proceso.
  • Distribución de maquinaria y equipo.
  • Materias primas o combustibles que se utilicen.
  • Transporte de materia prima y subproductos.
  • Almacenamiento de transporte de productos y subproductos.
  • Programa de contingencias para la prevención y control de la contaminación atmosférica.

Diagrama de Flujo de Operación en General

  • Agua.
  • Residuos: RP, RSU, RME.
  • Consumo/Energía.
  • Consumo de insumos o administrativos (Uso de sustancias químicas).
  • Emisión.

Cédula de Operación Anual (COA)

Este trámite sirve para reportar las emisiones y transferencias de los establecimientos sujetos a reporte de competencia federal.

Fuentes fijas de jurisdicción federal (11 sectores), grandes generadores de RP, descarga de agua a cuerpos nacionales con carácter RETC, fuentes de emisiones mayores a 25,000 toneladas de dióxido de carbono y gases de efecto invernadero, suelos con sustancias RETC, empresas de RP como transferencia y manejo.

Competencias en Materia Ambiental

Federal

Emisiones de fuentes fijas (11 sectores), emisiones a cuerpos de agua, emisiones de suelos contaminados, transferencia de RP (grandes generadores). NOM-052-SEMARNAT-2003.

Estatal

Emisiones de fuentes fijas (sectores estatales), transferencia a alcantarillado, transferencia de manejo especial, macrogenerador de RP.

Municipal

Emisión de comercio y servicios, transferencia a alcantarillado, transferencia de RSU.

Regulación

Federación

LAU, COA, RETC, IE, NOM’s, RENE.

Estados

Licencia, COA, RETC, IE Estatal (fuentes fijas), monitoreo de la calidad del aire.

Municipios

Licencia, COA municipal (cumplimiento y servicios), RETC.

Gestión: RETC Nacional, INEM, RENE.

Marco Legal de la COA (Cédula de Operación Anual) Federal

  • Atmósfera: Reglamento de la LGEEPA en materia de Prevención y Control de la Contaminación Atmosférica (PyCCA), artículos 17 y 21.
  • RETC: Reglamento de la LGEEPA en materia de Registro de Emisiones y Transferencia de Contaminantes (RETC), artículos 9 y 10.
  • R.P.: Reglamento de la Ley General para la Prevención y Gestión Integral de los Residuos (LGPGIR), artículo 72.
  • RENE: Reglamento de la Ley General de Cambio Climático (LGCC), en materia del Registro Nacional de Emisiones (RENE), artículos 3, 4 y 12.

RETC

Reducción de emisiones y transferencia de contaminantes peligrosos para el ambiente y la salud.

Integra información pública de los establecimientos que emiten y transfieren sustancias RETC (NOM-165-SEMARNAT-2013).

Emisión: Liberación de sustancias RETC directamente al medio: aire, suelo y cuerpos de agua.

Transferencia: Traslado de sustancias RETC a un sitio físicamente separado de donde se usaron o produjeron, ya sea en residuos o descargas de agua al alcantarillado para reúso, reciclaje, tratamiento, disposición final.

RENE

Registro Nacional de Emisiones. Compila información de emisiones de compuestos y gases de efecto invernadero de diferentes sectores productivos del país, trazabilidad, tendencias y estrategias nacionales de reducciones de emisiones de CyGEI.

ISO 14001-2015

Un estándar internacional de gestión ambiental.

  • Regulación de costos.
  • Regulaciones voluntarias.
  • Industria limpia.
  • Certificación: Cumplimiento de que se esté llevando a cabo todo bien.
  • Sistemas integrados.

Las Auditorías Ambientales Cubren los Siguientes Aspectos Técnicos

  • Aspectos cubiertos por las normas ambientales.
  • Aspectos no normados ambientales.

Producción Limpia

Se refiere a la aplicación continua de una estrategia integrada de prevención ambiental a los procesos y a los productos con el fin de reducir los riesgos a los seres humanos y al medio ambiente.

Industria Limpia

Emitida por la PROFEPA, la certificación en industria limpia es el reconocimiento que se otorga a aquellas organizaciones que impactan de manera controlada y no significativa al agua, aire o suelo, cumplen con la legislación ambiental aplicable, y van más allá en el cuidado del ambiente.