Prerrogativas Parlamentarias: Claves para la Independencia y Funcionamiento de las Cortes
Prerrogativas Parlamentarias: Garantías para la Independencia y el Libre Ejercicio de la Función Representativa
Para el correcto desempeño de la función representativa, se dota a las Cámaras de una serie de exigencias y prerrogativas que proporcionan atribuciones y garantías precisas para poder desarrollar su función sin interferencias. Estas prerrogativas se utilizan para garantizar la libre actuación de las Cámaras, pero no están previstas como un beneficio del parlamento o del parlamentario, sino como instrumentos que aseguran la libre formación de la voluntad de las Cámaras. No son considerados derechos parlamentarios que se puedan exigir ni disponer libremente, sino normas jurídicas que deben ser aplicadas de oficio y que son irrenunciables. Gozan de su propio Reglamento, convirtiéndose en la principal fuente del Derecho regulador de la vida de las Cámaras.
Tipos de Prerrogativas Parlamentarias
Existen dos tipos fundamentales de prerrogativas: las individuales y las colectivas. A continuación, detallamos las prerrogativas colectivas y, posteriormente, las individuales.
Prerrogativas Colectivas de las Cámaras
Las prerrogativas colectivas son aquellas que garantizan la autonomía y el funcionamiento independiente de las Cámaras en su conjunto. Se identifican principalmente tres tipos:
- Autonomía Reglamentaria: La potestad autorreglamentaria asegura la plena autonomía de las Cámaras para establecer su propio funcionamiento. La Constitución reconoce la potestad reglamentaria de las Cámaras y dispone que los reglamentos parlamentarios, que regulan la actividad de las Cámaras, podrán ser aprobados o modificados por mayoría absoluta de la Cámara correspondiente. Este mecanismo protege a las minorías, impidiendo el dominio de la mayoría. Cabe destacar que esta autonomía establece como único límite la propia Constitución y configura una reserva de reglamento. Los reglamentos parlamentarios son normas emanadas del poder legislativo de cada una de las Cámaras, sin seguir el procedimiento legislativo ordinario. Están directamente vinculados a la Constitución y subordinados en competencia a esta. Cabe recurso de inconstitucionalidad contra ellos. Los reglamentos se complementan con las resoluciones de los Presidentes de las Cámaras, quienes interpretan los reglamentos en caso de duda.
- Autonomía Administrativa y Presupuestaria: Para asegurar la independencia de las Cámaras, se instaura la potestad de autogobierno. Las Cámaras eligen a sus presidentes y a sus demás órganos de gobierno, y también se incluye la facultad autonormativa en el ámbito del personal de las Cámaras. Todo ello consigue que se actúe con libertad y con total seguridad en la toma de decisiones, teniendo completa autonomía administrativa y disciplinaria. En caso de dictar actos sin valor de ley por parte de las Cámaras, será posible el recurso de amparo ante el Tribunal Constitucional (TC). Se les otorga la capacidad de aprobar autónomamente sus propios presupuestos, en coordinación con el Gobierno para que este pueda elaborar el proyecto de Ley de Presupuestos. Por tanto, el presupuesto elaborado por cada Cámara se integra directamente, sin participación gubernativa, en los Presupuestos Generales del Estado.
- Inviolabilidad de las Cortes: Esta prerrogativa impide que pueda exigirse a las Cortes responsabilidad alguna por sus actos, e impide que puedan ser demandadas o citadas como testigo. La inviolabilidad de las Cortes se manifiesta en una protección penal frente a cualquier intento de perturbar su funcionamiento.
Prerrogativas Individuales de los Parlamentarios
Las prerrogativas individuales están encaminadas a hacer posible que los parlamentarios cuenten con todos los medios necesarios para desarrollar su función, evitando que la falta de dichos medios les pueda generar influencias o presiones que puedan mediatizar sus actividades. Estas prerrogativas son el conjunto de medios jurídicos que garantizan la independencia y libertad del Parlamento, asegurando una protección para sus miembros al realizar y adoptar sus decisiones. Son reglas objetivas que deben ser aplicadas de oficio, irrenunciables e individuales. A continuación, se detalla una de las más importantes:
- Inviolabilidad del Parlamentario: Esta prerrogativa garantiza la libertad del parlamentario y asegura que sus intervenciones parlamentarias y sus votos no les traigan consecuencias negativas o sanciones jurídicas. Impide que se reclame contra el parlamentario cualquier procedimiento sancionador, pero solo en el ámbito de las actuaciones realizadas en el ejercicio de la función parlamentaria. Es una garantía absoluta, temporalmente ilimitada y con efecto indefinido, puesto que no podrá ser atacado ni siquiera cuando deje de ser parlamentario. Sin embargo, esto no les excluye de las sanciones impuestas por las propias Cámaras.