Proceso de Salida Legal de Mercancías: Todo lo que Necesitas Saber
Presentación del DUS
El proceso de salida es el conjunto de actividades que permiten la salida legal del país, temporal o definitiva, de mercancías o servicios correspondientes a una de las siguientes destinaciones aduaneras:
- Exportación
- Reexportación
- Salida Temporal
Procedimiento de Salida Legal
El consignante de las mercancías deberá cumplir con los siguientes pasos:
- Presentación de las mercancías al servicio: Esto se hará con la presentación del Documento Único de Salida (DUS) Aceptación a trámite, el cual deberá presentarse vía electrónica antes de solicitar el ingreso de las mercancías a Zona Primaria.
- Ingreso de las mercancías a Zona Primaria y autorización: Con la aceptación del trámite del DUS se entiende que las mercancías han sido presentadas al servicio, pudiendo presentarse para su ingreso a Zona Primaria y posterior autorización de salida.
- Embarque o salida al exterior de las mercancías: Será certificado por el despachador de aduana en caso de tráfico marítimo y aéreo, y por el servicio de aduanas en caso de tráfico terrestre.
- Legalización de la operación: Será solicitada a través del segundo mensaje de DUS, una vez que se haya cumplido con todos los trámites legales y reglamentarios que permiten la salida legal de las mercancías del país.
Presentación de las Mercancías al Servicio
El DUS deberá ser confeccionado y presentado vía electrónica por el despachador de aduana o su personal auxiliar debidamente autorizado para tramitar el DUS.
No se requerirá la intervención del despachador en las siguientes situaciones:
- Cuando el valor FOB de las mercancías sea de hasta US $1.000 o su equivalente en otras monedas.
- En caso de efectos personales y menajes de casa hasta por el monto de US $1.000 FOB por cada miembro del grupo familiar.
- Rancho de exportación por un valor FOB de hasta US $1.000.
- Mercancías sin carácter comercial de las FFAA y carabineros para el abastecimiento de sus misiones en el extranjero.
- Mercancías donadas al extranjero.
- Efectos diplomáticos.
En los casos anteriores, el DUS será confeccionado por el Servicio de Aduanas. Mientras las mercancías no hayan sido presentadas al servicio, no podrán ingresar a la zona primaria.
Normas Generales para la Confección del DUS
- Un DUS solo podrá amparar una destinación aduanera y un tipo de operación.
- El DUS deberá ser confeccionado en castellano y de acuerdo a las normas específicas dependiendo del tipo de operación del cual se trate.
- La aduana consignada en el DUS deberá corresponder a la aduana que otorgará la autorización de salida a la operación.
- Los valores que se consignen en el documento se expresarán en dólares de los Estados Unidos.
- Para la confección del primer mensaje del DUS, el despachador debe contar con la copia de la Factura Pro Forma o la Factura comercial del proveedor de las mercancías emitidas según las normas del SII como documento base de la operación.
- El precio unitario de las mercancías deberá expresarse en la unidad de medida correspondiente al código arancelario de estas.
- En el DUS aceptación a trámite deberán registrarse las marcas y números de los bultos que conforman el embarque.
Aceptación o Rechazo del DUS
- Si se detectara alguna irregularidad, el documento será rechazado y devuelto al despachador, notificándose esta circunstancia por vía electrónica.
- Los DUS aceptados a trámite facultan al despachador para solicitar el ingreso de las mercancías a zona primaria ante la unidad encargada en dicho lugar para otorgar la autorización de salida de las mercancías del país, para su posterior embarque y/o salida al exterior.
- Una vez que el documento haya sido numerado y fechado, el despachador deberá imprimir el DUS aceptación a trámite antes del ingreso de las mercancías.
Ingreso a Zona Primaria
El despachador solicitará el ingreso de las mercancías a zona primaria presentando el DUS aceptación a trámite y la guía de despacho de las mercancías transportadas. Si no existiera guía de despacho, se podrá sustituir por una lista de empaque referida al vehículo. En el transporte terrestre se deberá contar además con el manifiesto de carga (MIC/DTA).
En la guía de despacho deberá constar el número del DUS, además debe contener por cada DUS la cantidad de bultos y kilos brutos de las mercancías.
Si la operación no es seleccionada para examen físico y el fiscalizador confirma esta determinación, este otorgará a la operación la AUTORIZACIÓN DE SALIDA, registrándola en el sistema computacional.
Si la operación es seleccionada para examen físico, el fiscalizador indicará al despachador o su personal autorizado, el lugar en el cual se realizará el procedimiento de examen físico.
Si con motivo del examen físico se detectaran irregularidades, se pondrán los antecedentes en conocimiento del Director Regional, quien ponderará esta circunstancia, pudiendo impedir el embarque si la irregularidad pudiera ser constitutiva o no de delito aduanero.
Embarque
- Una vez aceptado el DUS por el servicio, las mercancías deberán ser embarcadas en el plazo de 25 días corridos a contar desde la fecha de aceptación a trámite del DUS.
- Si la mercancía no fuera embarcada dentro del plazo y esta se encontrara fuera de la zona primaria, el despachador deberá solicitar la anulación del documento por no embarque de las mercancías.
- Si, por el contrario, estando la mercancía en zona primaria se estimara que esta no podrá ser embarcada dentro del plazo, el despachador deberá solicitar una prórroga.
- El documento que certifica el embarque de las mercancías es el CONOCIMIENTO DE EMBARQUE o documento que haga de sus veces, con la constancia de puesta a bordo. A través de este documento, la compañía transportadora reconoce el embarque de las mercancías bajo ciertas condiciones; para esto será requerida una copia no negociable de dicho documento, la cual formará parte de la carpeta de despacho.
Legalización
- La legalización de la operación se hará a través de la presentación del segundo mensaje del DUS.
- Con la legalización del DUS se entiende que se ha formalizado la destinación aduanera y se ha cumplido con todos los trámites legales y reglamentarios que permiten la salida legal de las mercancías del país, constituyéndose en este momento una declaración.
¿Cuál es la Normativa Aduanera que Regula las Exportaciones?
- Tres son los capítulos del Compendio de Normas Aduaneras que el exportador debe conocer para poder operar en conformidad a las normas establecidas. El Capítulo IV del Compendio de Normas Aduaneras es el cuerpo normativo que regula el proceso electrónico y salida legal de mercancías desde el país. El Capítulo IX establece las operaciones que no requieren de la presentación de Informe de exportación y el Capítulo X establece las normas y procedimientos para la presentación del Informe de Exportación, el Informe de Variación de Valor, DUS y DUSSI.
¿Qué es el Arancel Aduanero?
Existen diversas definiciones:
- Es una lista oficial en la que se encuentran contenidas ordenadamente la totalidad de las mercancías susceptibles de ser objeto de comercio internacional, con indicación de los impuestos y demás gravámenes que afectan su importación.
- Es una nomenclatura que contiene los diferentes derechos e impuestos que deben pagar en las Aduanas de los diferentes países, las mercancías que se internen o se exporten.
- Es un instrumento de regulación del intercambio que indica, para cada mercancía, los derechos de Aduanas que corresponde percibir a la entrada o salida del país, según sean ellos tarifas o aranceles de importación o exportación.
¿Qué es la Nomenclatura Arancelaria?
- Es una enumeración descriptiva o nómina de mercancías que son objeto de comercio internacional, que tiene un orden, dispone de método, aplica determinadas reglas, conforma un sistema clasificatorio y aplica ciertos principios seleccionados (naturaleza, grado de elaboración, origen, el uso que se le ha dado o va a tener, su destino, etc.).
- Si a cada una de las mercancías de una nomenclatura se le incorporan los derechos que causa en su importación, esta se transforma en un Arancel Aduanero. En la actualidad, Chile y más de 170 naciones aplican el Sistema Armonizado de Designación y Codificación de Mercancías, el que observa una estructura común a nivel de 6 dígitos.
¿Qué es el Sistema Armonizado?
Es una nomenclatura de uso múltiple, que satisface necesidades inmediatas de clasificación de mercancías y permite, consecuencialmente, ubicar el nivel de gravámenes que les corresponde. Chile, durante el año 2001, aplica un arancel general de 6% Ad Valorem, el que puede experimentar rebajas por aplicación de Tratados Comerciales o Acuerdos Bilaterales que nuestro país haya celebrado.
¿En qué Consiste la Clasificación y Qué es Clasificar una Mercancía?
- La clasificación arancelaria es un procedimiento que utiliza un método lógico. Para ello, divide el universo arancelario en Secciones, Capítulos, Partidas y Subpartidas.
- Clasificar una mercancía es encontrar la posición exacta de ella en el Sistema Armonizado, lo que requiere el dominio de técnicas y reglas interpretativas. Precisa además, identificar la mercancía y puede involucrar un examen de sus características tecnológicas.
¿Quién Asiste al Exportador que Quiere Realizar una Operación de Comercio Exterior que Implique Obtener una Clasificación Arancelaria?
- El sistema aduanero chileno ha dispuesto que los intermediarios entre la Aduana y los particulares que deseen importar o exportar productos son los Agentes de Aduana, definidos en el artículo 220 de la Ordenanza de Aduanas como “profesionales auxiliares de la función pública aduanera, cuya licencia los habilita ante la aduana para prestar servicios a terceros como gestores en el despacho de mercancías.
- Como las consultas que pueden formularse a la Aduana son muchas y de diferentes grados de complejidad, y como gran parte de ellas involucran asesorías ante potenciales operaciones que se pueden emprender; es recomendable, y así lo consagra el sistema aduanero chileno, requerir el concurso de estos profesionales en cuanto a lo que se refiera a clasificaciones arancelarias, valoración y tributación aduanera de alguna mercancía, cuyos antecedentes los consultantes les puedan aportar.
¿Qué es el DUS?
- Es el formulario a través del cual se formaliza el ingreso de mercancías a la Zona Primaria Aduanera y que después se deberá legalizar a fin de contar con un documento oficial que acredite la salida legal de ellas.
- La legalización del DUS es un trámite aduanero que permitirá contar con una declaración oficial que formalizará la realización de la operación; el DUS legalizado constituye una Declaración de Aduana.
¿Qué es el DUSSI?
Es el documento a través del cual se formaliza la salida legal de mercancías sin la participación de un Despachante de Aduana (Operaciones de hasta US $1.000).
¿Existe Otro Organismo Oficial que esté Vinculado a la Ejecución de un Negocio de Exportación?
El Banco Central de Chile es, además del Servicio Nacional de Aduanas, otra institución con la cual el exportador debe preocuparse de mantener un estrecho vínculo. Básicamente porque es la entidad que, por mandato constitucional, es responsable de ejecutar todos los controles monetarios y cambiarios de la economía global.
Además de los servicios mencionados anteriormente, también existen los relacionados con la oferta exportable, con los cuales se deberán eventualmente formalizar su actividad y/o solicitar autorización.
¿Qué son los Agentes de Aduanas y Cuál es su Rol?
La complejidad y sofisticación de los procedimientos aduaneros hizo necesario la participación de Agentes Externos como intermediarios entre la aduana y los participantes.
Con el paso del tiempo, el avance tecnológico, las nuevas orientaciones, necesidades y tendencias determinaron que el Agente de Aduana asumiera el rol de auxiliar de la función pública aduanera, investido del principio de buena fe.
En sí, el Agente de Aduana es mandatario, de acuerdo a lo establecido expresamente en la Ordenanza de Aduanas, cuya función específica es actuar bajo esta denominación ante el Servicio Nacional de Aduanas y demás servicios y organismos que intervienen en el Comercio Exterior.
Los Agentes de Aduana y sus colaboradores permiten al Estado cumplir su función pública fiscalizadora y, paralelamente, garantizan a los particulares un trato justo, igualitario y no discriminatorio.
¿Qué es la Zona Primaria?
Espacio de mar o tierra en el cual se efectúan las operaciones materiales, marítimas y terrestres de la movilización de las mercancías, el que para los efectos de su jurisdicción es recinto aduanero y en el cual se han de cargar y descargar, revisar y recibir las mercancías para su introducción o salida del territorio nacional.
Beneficios a la Exportación (Leyes)
- Ley 18.480: “Sistema simplificado de reintegro a las exportaciones”. Tiene como objetivo favorecer la exportación de productos menores no tradicionales, a través de un sistema simplificado de gravámenes aduaneros que inciden en el costo de los insumos utilizados en un bien exportable. El reintegro será de un 3% del valor FOB de los correspondientes productos exportados.
- Ley 18.634: “Sistema de pago diferido de derechos de aduana, crédito fiscal y otros beneficios”. Esta ley establece los beneficios de pago diferido de tributos aduaneros, crédito fiscal a la adquisición de bienes de capital. El pago de los derechos e impuestos de carácter aduanero, causados en la importación de bienes de capital, adquiridos o arrendados, podrá ser diferido en un plazo máximo de 7 años contados desde la legalización de la respectiva declaración de importación.
- Ley 18.708: “Sistema de reintegro de derechos y demás gravámenes aduaneros que indica a favor de los exportadores”. Esta ley establece que los exportadores podrán obtener el reintegro de los derechos y demás gravámenes aduaneros pagados, respecto de materias primas, artículos a media elaboración, partes y piezas importadas por el propio exportador o por terceros cuando tales insumos hubieran sido incorporados o consumidos en la producción del bien exportado.
¿Qué Mercancías Puedo Importar?
Se puede importar cualquier mercancía, salvo aquellas que se encuentren expresamente prohibidas por la legislación vigente, como por ejemplo: vehículos y motocicletas usadas, asbestos en cualquiera de sus formas, pornografía, desechos industriales tóxicos, entre otros.
En ocasiones, el producto a importar, por su naturaleza, puede estar sujeto a visto bueno, autorización o control por parte de algún servicio fiscalizador, por lo que es necesario obtenerlo en forma previa ante el respectivo organismo.
¿Qué se Debe Hacer para Importar una Mercancía?
Dependiendo del valor de la mercancía, el proceso de importación tiene dos sistemas:
- Si el valor de la mercancía no supera los US$ 500 valor FOB, el trámite lo puede realizar personalmente el importador ante la aduana respectiva, en forma simplificada. En este caso, el importador debe presentar los siguientes documentos:
- Conocimiento de embarque
- Factura Comercial
- Poder Notarial (en el caso que sea un tercero)
- Vistos buenos o certificaciones cuando procedan
- Pasaporte o certificado de viaje, en el caso que sea importación de equipaje de viajeros.
- Si el valor de la mercancía supera los US$ 500 valor FOB, el trámite debe ser efectuado por un agente de aduana, en donde se deberá entregar los documentos bases, los cuales son:
- Conocimiento de embarque (OBLIGATORIO)
- Factura comercial original (OBLIGATORIO)
- Declaración jurada del importador sobre el precio de las mercancías (OBLIGATORIO)
- Mandato constituido por el solo endoso del original del conocimiento de embarque (OBLIGATORIO)
- Certificado de origen
- Lista de empaque cuando proceda
- Certificado de seguros
- Nota de gastos
- Permisos, visaciones, certificaciones o vistos buenos cuando proceda
- Entre otros.
¿Qué se Debe Hacer en el Caso de Mercancías Defectuosas?
Las mercancías importadas que presentan defectos, daños estructurales, se encuentren en mal estado o no correspondan a las especificaciones del pedido podrán ser reexportadas al exterior, dando origen a la devolución de los derechos, impuestos y demás gravámenes aduaneros pagados o a la anulación de la obligación de pago tratándose de importaciones acogidas a pago diferido.
Tributación de las Exportaciones
¿Qué tributos deben pagar las importaciones?
Las importaciones están afectas al pago del derecho advalorem (6%) sobre su valor CIF (Costo de mercancía más prima del seguro más valor flete de traslado) y pago de IVA (19%) sobre su valor CIF más el derecho advalorem.
En algunos casos en que se autoriza su importación, las mercancías usadas pagan un recargo adicional del 3% sobre su valor CIF, además de los tributos a los que están afectos según su naturaleza.
En otros casos, dependiendo de la naturaleza de la mercancía, se requiere pagar impuestos especiales sobre la misma base impositiva.
En caso de mercancías originarias de algún país con el cual Chile ha suscrito un acuerdo comercial, el derecho advalorem puede quedar libre o afecto a una rebaja porcentual.
Ingreso de Mercancía a Zona Franca
El ingreso de las mercaderías a zonas francas se hace sin la exigencia de registro de importación ni depósito previo.
- Ingreso de mercaderías extranjeras: antes de ser trasladadas a zona franca, deberán ser previamente ingresadas a zona primaria. Además, deben estar amparadas por la Solicitud de Traslado (Z) suscrita por el usuario o mandatario, la cual puede tramitarse anticipadamente.
Conjuntamente, la mercancía que se ingrese a zona franca deberá ser garantizada ante el servicio de aduanas, mediante una letra de cambio en dólares.
- El usuario podrá solicitar un reconocimiento físico de las mercancías antes de la presentación del Z a fin de asegurarse del estado de estas.
- Para confeccionar la solicitud de traslado a zona franca, el usuario deberá tener lo siguiente:
- Conocimiento de embarque
- Factura Comercial
- Nota de Gastos
- Lista de Embarque
- Certificado de Seguro
- Papeleta de Recepción en original
- Certificado de Vistos Buenos otorgados por el Servicio de Salud.
- El Z deberá ser presentado ante la unidad receptora de aduana antes de las 9:30, adjuntando la documentación pertinente y, a su vez, la que proceda mediante una guía de entrega de documentos (GED).
- Una vez aprobado el Z, se procederá a trasladar la mercancía a zona franca.
En el caso que proceda de otra zona franca, el usuario deberá presentar ante la sección aduanera la solicitud de REEXPEDICIÓN, para posteriormente realizar el reconocimiento de las mercancías. En el caso del ingreso de mercancías nacionales o nacionalizadas, el usuario deberá presentar ante la aduana una declaración de ingreso a zona primaria, en donde, al momento del ingreso, aduana realizará una revisión física del 10% de las declaraciones presentadas.
¿Qué son los INCOTERMS y Cuándo se Usan?
Los Incoterms son términos definidos y elaborados por la Cámara Internacional de Comercio (CIC), con la finalidad de establecer un lenguaje estandarizado que puede ser utilizado por los compradores y vendedores que participan en negocios internacionales.
Los Incoterms tienen como finalidad definir con precisión los gastos que el exportador deberá asumir, permitiendo su identificación y consecuente incorporación en el precio de exportación de la mercancía. Además, permite determinar con exactitud hasta qué punto y momento el exportador es responsable de la mercancía y en qué momento se transfiere los riesgos de pérdida total o daño al comprador.
- EXW, EXWORKS (FRANCO DE FÁBRICA): Significa que el exportador entrega sus responsabilidades cuando pone las mercancías a disposición del comprador en el establecimiento de venta, bodega o cualquier lugar convenido, es decir, en fábrica, factoría, etc.
Las obligaciones del exportador son las siguientes:
- Entregar las mercancías en el lugar y fecha convenidos.
- Suministrar la mercancía en fábrica de conformidad con el contrato.
- FCA, FREE CARRIER (FRANCO TRANSPORTISTA): Significa que el vendedor entrega las mercancías, despachadas para la exportación, al transportista propuesto por el comprador en el lugar acordado.
Las obligaciones del exportador son las siguientes:
- Si la entrega tiene lugar en los locales del vendedor, el vendedor es responsable de la carga.
- Si la entrega ocurre en cualquier otro lugar, el vendedor no es responsable de la carga.
- Tiene la obligación de realizar los trámites en la aduana de exportación.
- FAS, FREE ALONGSIDE SHIP (FRANCO AL COSTADO DEL BUQUE): Significa que el vendedor entrega cuando las mercancías son colocadas al costado del buque en el puerto de embarque convenido.
Las obligaciones del exportador son las siguientes:
- El vendedor debe despachar las mercancías para la exportación.
- El exportador ha de asumir todos los riesgos de pérdida o daño de las mercancías hasta aquel momento en que son colocados al costado del buque en el puerto de embarque convenido.
- Notificar al comprador con la debida anticipación que la mercancía ha sido depositada al costado del buque en el puerto convenido, así como entregar la prueba documental de ello.
- FOB, FREE ON BOARD (FRANCO A BORDO): Significa que el vendedor queda libre de obligaciones cuando las mercancías sobrepasan la borda del buque en el puerto de embarque convenido. Este término puede ser utilizado solo para el transporte por mar o por vías navegables interiores.
Las obligaciones del exportador son las siguientes:
- El exportador debe soportar todos los riesgos de la pérdida y el daño de las mercancías hasta el momento en que la mercancía es depositada a bordo del buque, proceso que debe realizar dentro del plazo estipulado en el contrato.
- Notificar al comprador con la debida anticipación la entrega de la mercancía a bordo. Debe realizar las gestiones, trámites y demás operaciones que se efectúen ante el Servicio Nacional de Aduanas para la correcta exportación de las mercancías.
- CFR, COST AND FREIGHT (COSTO Y FLETE): Significa que el vendedor queda libre de obligaciones cuando las mercancías sobrepasan la borda del buque en el puerto de embarque convenido.
Las obligaciones del exportador son las siguientes:
- El exportador está obligado a despachar las mercancías para su exportación.
- El vendedor debe pagar los costos y el flete necesarios para conducir las mercancías al puerto de destino convenido, pero el riesgo de pérdida o daño de las mercancías, así como cualquier costo adicional debido a eventos ocurridos después del momento de la entrega, se transmiten del vendedor al comprador.
- CIF, COST, INSURANCE AND FREIGHT (COSTO, SEGURO Y FLETE): Significa que el vendedor queda libre de obligaciones cuando las mercancías sobrepasan la borda del buque en el puerto de embarque convenido.
Las obligaciones del exportador son las siguientes:
- El vendedor debe pagar los costos y el flete necesarios para conducir las mercancías al puerto de destino convenido, pero el riesgo de pérdida o daño de las mercancías, así como cualquier costo adicional debido a eventos ocurridos después del momento de la entrega, se transmiten del vendedor al comprador.
¿Qué es la Logística y Cuáles son los Aspectos que Consideran el Sistema Logístico de una Empresa Exportadora?
La logística es coordinar todas las actividades que afectan o influyen en el flujo físico de productos y materiales, desde el proveedor hasta el cliente, con el propósito de crear ventajas competitivas, generando valor de tiempo, lugar y costo.
Aspectos que considera el Sistema Logístico de una empresa exportadora: El sistema logístico de una empresa exportadora básicamente considera las actividades de abastecimiento, compras, almacenamiento, mantención, gestión de inventarios, localización de las unidades de producción, previsión de la demanda, adecuación del producto (envasado y acondicionamiento), organización del transporte y localización de las unidades de almacenamiento de productos terminados y centros de distribución.
¿Qué Tipo de Operaciones Integra la Logística de una Empresa Exportadora?
Tres de operaciones integran el sistema logístico de una empresa:
- Operaciones de Flujo: Transporte asociado al aprovisionamiento de materias primas y productos terminados.
- Operaciones de Stock: Almacenamiento de materias primas y productos terminados.
- Operaciones de Proceso: Producción (elaboración, montaje o mezcla) y acondicionamiento (envasado, embalaje, paletización, contenedorización y/o consolidación).
¿Cuáles son los Servicios Logísticos de Exportación?
Durante el proceso de negociación de negocios de exportación, el comprador debe formalizar el pago de mercancías y el exportador debe organizarse para que el proceso de envío y entrega de ellas se realice en forma correcta.
La negociación de los servicios que conforman la Cadena de Distribución Física Internacional son claves para el éxito del proceso de suministro y exigen una adecuada vinculación con los proveedores de este tipo de servicios.
¿Qué es un Embalaje?
Es el conjunto de elementos tales como paletas, sujetadores, esquineros, películas y mallas de envoltura, que agrupando la mercancía, garantizan que la carga pueda ser manipulada con seguridad durante todo el proceso de distribución física y de almacenamiento. El peso de la mercancía con su embalaje conforma su “peso bruto”.
¿Qué es la Unitarización?
Es la agrupación de productos debidamente embalados e inmovilizados sobre una paleta u otro elemento de agrupación, de tal manera que permita su manipulación (handling) como una sola unidad de carga, con optimización de todos los recursos. Los contenedores son los módulos típicos de unitarización y son considerados elementos auxiliares del transporte.
¿Cuáles son las Funciones de un Sistema de Empaque?
El objetivo de un sistema de empaque es lograr que un producto llegue hasta el consumidor final en óptimas condiciones de calidad y satisfacción, es decir, manteniendo las mismas que tiene al ser elaborado, capturado o cosechado.
Para lograr que un sistema de empaque y/o embalaje sea eficiente, este debe cumplir con los siguientes objetivos:
- Brindar protección al producto: De acuerdo a los riesgos probables de la travesía en el transporte principal y el proceso de distribución física en el país de destino.
- Entregar soporte adecuado: Para una óptima presentación del producto en el punto de venta, facilitando las operaciones de merchandising.
- Asegurarse que luego de la etapa de uso o consumo del producto: El residuo del envase y embalaje pueda ser manejado abiertamente, permitiendo cumplir con el compromiso de post-uso.
El producto en la travesía desde el punto de expedición hasta el lugar de consumo está expuesto a una considerable serie de riesgos que se presentan debido a la manipulación, almacenamiento y el transporte repetitivo. Un sistema de empaque ofrece protección frente a riesgos físicos, químicos, mecánicos, térmicos y eléctricos.
¿Cuáles son las Funciones de un Sistema de Empaque?
Entre muchos riesgos, vale la pena destacar los siguientes:
- Las fuerzas de comprensión: Golpes, vibraciones generadas durante el proceso de distribución física pueden deteriorar el producto, su consistencia, producir deformaciones en su modelo inicial, deformar o estallar su envase, empaque o embalaje, producir fisuras o quebraduras, rayones, perder brillo o transparencia.
- Las temperaturas extremas: Podrían variar la densidad del producto, modificar su peso, deformar la masa, acelerar el proceso bacteriano o microbiológico (maduración), hacer variar su acidez, perder el brillo o el color básico del contenido.
- La luz: Puede provocar reacciones químicas, las tecnologías de empacado, envasado o de inspección.
- La exhibición comercial: Presenta otra de las grandes fuentes de riesgo para aquellos productos que el cliente puede dañar, al tratar de buscar información directa antes de tomar la decisión de compra, por ejemplo, al tocar la mercadería, pellizcar, probar, oler. En definitiva, someter al producto a toda clase de comprobaciones antes de su probable adquisición.
¿Qué Acontece con la Cajonería?
- El costo de la cajonería de madera: (en función del espesor de la misma) se establece sobre la base de metros cúbicos de cajonería. Cuando el cajón se fabrica en la propia empresa, el costo deberá ser informado por el depósito que se ocupa de ese trabajo, en función del tiempo aplicado y los materiales que efectivamente se emplearon para el embalaje.
- El peso de los bultos: Debe estar de acuerdo al tipo de mercancías y la disponibilidad de medios para su movilización, carga y descarga. En este sentido, es recomendable considerar las alzadas de los montacargas disponibles y las grúas normales del puerto, de modo de evitar el arriendo de grúas especiales o recargo de fletes por bultos pesados.
- El embalaje: Debe estar adaptado a los medios normales de movilización, como por ejemplo las grúas horquilla. Para eso, toda la cajonería debe tener en su base dos travesaños que permitan la entrada de las uñas de la grúa horquilla en el embalaje y el paso de las eslingas para ser alzado el bulto.
- La cajonería pequeña: Hace incurrir a la empresa en mayores gastos, tanto de manipulación como de manipuleo, al igual que existe mayor demora para la confección de los packing list o lista de empaque.
- La fabricación de cajones de mayor capacidad y resistencia: Debe estar diseñada con arreglo a las medidas normales de camiones y vagones para que se utilicen el máximo de espacio disponible.
¿Qué es el Forfaiting?
Es una herramienta de financiamiento altamente flexible que permite al exportador otorgar condiciones de crédito más atractivas a sus clientes extranjeros, ello sin tener que asumir el desequilibrio que genere una operación de crédito de esta naturaleza en su flujo de caja, o el costo financiero que representa el no contar con los recursos financieros que se supone permite generar la venta, inclusive cubrir el riesgo de que el pago de la operación se realice.
Forfaiting es el descuento de efectos de comercio, sin recurso para el exportador (el concepto sin recurso es equivalente con el de una operación sin responsabilidad posterior en caso de no pago por parte del girado, que es el Banco o Importador).
¿Cuáles son las Aplicaciones Típicamente Forfetizadas?
- Comodities: Financiados desde 90 días hasta 18 meses.
- Servicios: Desde 180 días hasta 3 años.
- Tecnología: Desde 180 días hasta 5 años.
- Bienes de Capital: Desde 2 hasta 7 años.
- Plantas: Desde 3 hasta 10 años.
- Construcción/Proyectos: Desde 3 hasta 10 años.
¿Cuáles son los Documentos Descontables?
Generalmente, para descontar sin recurso una operación, deberá presentarse toda la documentación que permite evidenciar la deuda que mantiene el importador con el exportador. En este caso, dicha deuda puede ser evidenciada por documentos tales como:
- Pagarés
- Letras de Cambio
- Cartas de Crédito / Cartas de Crédito Stand By
- Avales / Fianzas
- Garantías
- Pólizas de Seguro de Crédito
- Otros certificados, sujetos a ciertas condiciones