Reconvención y Terceros en el Proceso Judicial: Claves para Entender su Aplicación

La Reconvención en el Proceso Judicial

¿Qué es la reconvención?

Es la manera por la cual el demandado puede atacar al demandante en el escrito de contestación, alegando su propia demanda en el mismo proceso. Puede ser sobre el mismo objeto o uno distinto; en caso de ser el mismo, se denomina «de mutua petición».

¿La reconvención es lo mismo que la contestación?

No. A pesar de que la reconvención puede proponerse en el mismo escrito que la contestación, la contestación responde a la demanda principal, mientras que la reconvención es una demanda por sí sola.

¿Puede demandarse en otro proceso?

Sí, pero por cuestiones de economía procesal, la ley permite la reconvención en el mismo proceso que la demanda principal.

¿Cómo se llaman las partes cuando existe la reconvención?

  • Demandado reconviniente: demandado principal que propone la reconvención.
  • Demandante reconvenido: demandante principal sobre quien recae la reconvención.

¿Cómo se propone la reconvención?

Se propone en el escrito de contestación. Una vez terminado el texto de contestación, se redacta la reconvención, y sus capítulos deberán cumplir con los mismos requisitos que el libelo de demanda, según sean aplicables.

¿Cuál es la tramitación de la reconvención?

El Tribunal tiene un lapso de 3 días para admitir o negar la reconvención (esta decisión es apelable en ambos efectos). El procedimiento deberá ser compatible entre la demanda y la reconvención. En caso de ser admitida, no se practica citación porque las partes están a derecho; se le da oportunidad al demandante reconvenido de contestar al término del quinto día de despacho siguiente. No es posible proponer cuestiones previas u otra reconvención.

¿Qué ocurre si son dos materias distintas?

No es admisible, a menos que las materias sean civil y mercantil.

¿Cuáles son las causales de inadmisibilidad de la reconvención?

  • Son materias distintas.
  • Requieren procedimientos distintos.
  • Falta de requisitos de formalidad.

¿Qué ocurre con la contestación si se niega la reconvención?

La contestación sigue siendo válida como defensa, ya que es un acto procesal distinto.

¿Qué dicta la sentencia en caso de reconvención?

La sentencia se pronuncia sobre ambas causas, y tiene un lapso de apelación de 5 días siguientes.

¿Por qué la competencia por cuantía y por territorio no son motivos de inadmisibilidad de la reconvención?

La territorialidad es muy permisible en Venezuela y la cuantía tiene fuero de atracción en la primera instancia.

¿Cuándo se declara la confesión ficta del demandante reconvenido?

Cuando este no contesta a la reconvención, el objeto es válido y no prueba nada que lo favorezca, se declara la confesión ficta.

La Intervención de Terceros en el Proceso Civil

¿Cualquier tercero puede intervenir en la causa?

No, solo los terceros que tengan un interés tutelado jurídicamente y actual con respecto al proceso llevado a cabo, en los momentos y bajo los supuestos determinados por la ley.

¿Cuáles son los tipos de intervención según la doctrina?

  • Intervención voluntaria: No hay coerción; el tercero decide agregarse al proceso. Corresponde a los numerales 1, 2, 3 y 6 del Artículo 370 del Código de Procedimiento Civil.
  • Intervención forzada: El Tribunal cita al tercero para que este se haga parte del proceso. Corresponde a los numerales 4 y 5 del Artículo 370 del Código de Procedimiento Civil.

Tipos de Intervención según el Artículo 370 del CPC:

  1. Demanda de tercería.
  2. Oposición de terceros al embargo ejecutivo.
  3. Interviniente adhesivo.
  4. Por ser común la causa pendiente.
  5. Por razón de un derecho de saneamiento o de garantía respecto al tercero.
  6. Interviniente que apela una sentencia definitiva según el Artículo 297.

¿Qué es la demanda de tercería?

Corresponde al Artículo 370, numeral 1. El tercero está facultado para interponer una demanda con todos los requisitos de formalidad, dirigida contra ambas partes del proceso, ante el mismo Tribunal de la causa principal. El Tribunal abre un cuaderno especial de tercería y añade todo lo relacionado con esta demanda. Se tramita por el procedimiento ordinario, pero no es necesario citar a las partes, ya que estas se encuentran a derecho; de todos modos, se concede un lapso de emplazamiento.

¿Cuáles son los supuestos para que exista una demanda de tercería?

  • El tercero tiene un derecho preferente al del demandante; por ejemplo, el tercero es un acreedor hipotecario mientras que el demandante es un acreedor quirografario.
  • El tercero tiene un derecho concurrente al alegado, basándose en el mismo título; por ejemplo, los copropietarios tienen el mismo derecho.
  • Los bienes demandados o embargados, o sometidos a secuestro o prohibición de enajenar y gravar como medida preventiva, son del tercero.
  • El tercero tiene un derecho (no de propiedad) sobre los bienes demandados o embargados, o sometidos a secuestro o prohibición de enajenar y gravar como medida preventiva.

¿Cuáles son las oportunidades procesales para interponer la demanda de tercería?

  1. Cuando la causa principal no ha sido decidida, es decir, sentenciada.
  2. Cuando se dictó la sentencia y esta se encuentra en segunda instancia.
  3. Cuando existe una sentencia definitivamente firme y se ordena la ejecución, pero no se ha realizado, debido a que «la cosa juzgada no daña al tercero».

¿Qué es la oposición de terceros al embargo ejecutivo?

Corresponde al Artículo 370, numeral 2. En este caso, existe una sentencia firme sobre bienes muebles o inmuebles donde el tercero tiene un derecho sobre estos. Se presenta un escrito de oposición fundamentado, no de demanda. El Tribunal declarará con lugar cuando el tercero demuestre su derecho de propiedad y procederá a revocar el embargo.

Si el propietario tiene derecho sobre el bien, pero no es propietario, se puede ejecutar el bien de manera que no se lesione su derecho; por ejemplo, en los casos de servidumbre de paso.

¿Cuál es la oportunidad procesal para que el tercero se oponga al embargo ejecutivo?

El escrito se introduce antes de la práctica del embargo o en el mismo acto del embargo oralmente, dejando constancia en acta.

¿Cuál es la diferencia entre el embargo ejecutivo y el embargo preventivo?

  • Embargo preventivo: Se realiza durante el proceso; se sacan los bienes de la disposición directa del demandado para que no se deshaga de ellos.
  • Embargo ejecutivo: Existe una sentencia firme; puede recaer sobre bienes muebles o inmuebles.

¿Qué es el interviniente adhesivo?

Corresponde al Artículo 370, numeral 3. Este interviniente busca ayudar a una de las partes a ganar la demanda debido a que tiene un interés jurídico, usualmente indirecto. Por ejemplo, un copropietario puede ayudar a su copropietario en juicio; estos suelen ser los casos de litis consorcio necesario ignorado.

Cuando interviene, debe aceptar el proceso en la fase en la que se encuentre, pero tiene permitido utilizar todos los medios de ataque siempre que no perjudiquen a la parte a la cual pretende ayudar.

¿Cómo puede el tercero intervenir en una sentencia definitivamente firme?

Corresponde al Artículo 370, numeral 6. El tercero puede apelar una sentencia definitivamente firme (o interlocutoria con fuerza de firme) si tiene un interés directo debido a que la sentencia menoscaba su derecho. Se debe acreditar su interés y luego se tramita la apelación por el procedimiento ordinario.

¿Cuáles son los supuestos de intervención forzada?

  • Corresponde al Artículo 370, numeral 4: Cuando una de las partes pide la intervención del tercero por ser común a este la causa pendiente, es decir, el tercero tiene la misma cualidad para ser parte del proceso.
  • Corresponde al Artículo 370, numeral 5: Cuando alguna de las partes pretenda un derecho de saneamiento o de garantía respecto del tercero y pida su intervención en la causa; por ejemplo, se solicita la intervención del fiador.

Es necesario demostrar instrumentalmente que el tercero debe formar parte. El Tribunal acuerda la citación y se suspende el proceso mientras se tramita (término de la distancia + 3 días para comparecer). El tercero puede responder la demanda o la citación, y establecer que no tiene cualidad para formar parte del proceso.

¿Cómo se solicita llamar a un tercero en la causa?

Se hace en el escrito de contestación.

¿El tercero puede citar a un tercero?

En los casos de derecho de saneamiento, el causante inmediato puede citar al causante remoto y sucesivamente en una cadena causal; pero la suspensión del proceso no puede ser mayor a 90 días continuos.