Recursos Judiciales Penales: Impugnación de Resoluciones y Sentencias
Recursos y Ejecución en el Proceso Penal
Recursos contra Resoluciones Interlocutorias
Las resoluciones interlocutorias incluyen autos no definitivos, diligencias, decretos y, en ciertos casos, también resoluciones definitivas.
Recurso Devolutivo
Se plantea ante un tribunal superior (ad quem, ‘al que’).
Recurso No Devolutivo
Se plantea ante el propio tribunal que dictó la resolución (a quo, ‘del que’).
Las resoluciones de fondo suelen tener un recurso devolutivo. Su origen se remonta a la época en que el rey tenía el poder de impartir justicia y el juez actuaba como intermediario, ‘devolviendo’ el asunto al monarca.
Los Recursos de Reforma, Súplica y Queja
Recurso de Reforma
Procede contra todos los autos dictados por el juez de instrucción. Es un recurso no devolutivo, que busca un nuevo conocimiento del asunto. Se interpone ante el mismo juez que dictó la resolución, y contra el cual cabe apelación.
Recurso de Súplica
Similar al recurso de reforma, pero se interpone contra autos dictados por órganos colegiados. También aplica a resoluciones dictadas en fase de instrucción, fase intermedia y juicio oral.
Recurso de Queja
Es un recurso devolutivo que procede contra autos sumariales que denieguen la petición de pronta terminación del sumario. No tiene un plazo específico, siempre que el sumario esté abierto, hasta el juicio oral.
Recurso de Apelación (contra Resoluciones Interlocutorias)
Es un recurso ordinario que se plantea sobre cualquier resolución. Es siempre subsidiario del recurso de reforma. Por ejemplo, contra un auto que notifica la imputación de una persona, procede un recurso devolutivo y subsidiario de apelación.
Impugnación de Resoluciones del Letrado de la Administración de Justicia (Antiguo Secretario Judicial)
Las resoluciones del Letrado de la Administración de Justicia son susceptibles de recurso de reposición contra diligencias de ordenación y decretos, excepto cuando proceda el recurso de revisión.
Recurso de Apelación contra Resoluciones Definitivas
Recurso de Apelación y Segunda Instancia
Es un recurso devolutivo que se interpone ante el juez que dictó la resolución y es resuelto por un tribunal superior.
Competencia en Procesos Penales por Delito
- En procesos penales por delito: Audiencia Provincial (AP) o Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional (AN), si la resolución proviene de un Juzgado de lo Penal.
Competencia en Juicios de Faltas
- En juicios de faltas: Juzgado de Instrucción o Audiencia Provincial (AP), si conoció el Juzgado de Paz o el Juzgado de Instrucción.
Se interpone por escrito con la firma de letrado.
Bases de Impugnación
- Por quebrantamiento de normas y garantías procesales.
- Por error en la apreciación de la prueba.
- Por infracción de precepto constitucional o legal.
Tramitación del Recurso de Apelación
Plazos
El plazo para interponer el recurso es de 10 días en el procedimiento abreviado, y de 5 días en los juicios rápidos y de faltas. El plazo se cuenta desde el día siguiente a la notificación de la sentencia.
Tipos de Sentencia
- Revocatoria: El órgano ad quem revoca la resolución del a quo por infracción de ley o precepto constitucional.
- Anulatoria: Se produce por quiebra de formas y garantías procesales. El procedimiento ordena reponer el estado anterior a la comisión de la falta.
Sentencias y Autos Dictados por el Tribunal del Jurado
Es un medio de impugnación extraordinario. No se busca un segundo conocimiento de la causa, sino determinar si se han cometido violaciones legales. Es devolutivo y produce efecto suspensivo.
El Recurso de Casación
Origen y Sentido de la Casación
Tiene antecedentes medievales, pero su configuración moderna procede de las modificaciones introducidas en Francia durante la Revolución del siglo XVIII. Si un juez aplicaba derecho prerevolucionario, se acudía al Tribunal Supremo para casser (anular). Es un recurso extraordinario y devolutivo, de competencia exclusiva del Tribunal Supremo y por motivos tasados. Pretende la nulidad de la sentencia y produce efecto suspensivo cuando recurre el procesado.
Tipos de Casación
- Casación por infracción de ley o del proceso.
- Casación por quebrantamiento de forma.
Competencia y Legitimación
- Competencia: Sala Segunda del Tribunal Supremo (TS).
- Legitimación: Quienes hayan sido parte en los juicios y sus herederos.
Resoluciones Recurribles en Casación
Sentencias dictadas por:
- Audiencias Provinciales (AAPP), Audiencia Nacional (AN) y Tribunales Superiores de Justicia (TSJ), en única instancia (no susceptibles de apelación).
- Tribunales Superiores de Justicia (TSJ), en segunda instancia, al resolver recursos de apelación contra sentencias dictadas por las Audiencias Provinciales (AAPP).
- Autos dictados en apelación por las Audiencias Provinciales (AAPP) y los Tribunales Superiores de Justicia (TSJ), que la ley autorice.
Causas de Casación
Es un recurso extraordinario que procede por causas tasadas. Previamente, se anuncia la intención de plantear el recurso de casación y el compromiso de depositar la fianza y tasas que establece la ley. El tribunal a quo se da por enterado y comunica el plazo para personarse ante el Tribunal Supremo (TS) y presentar el recurso.
Motivos de Casación
- Infracción de preceptos constitucionales: Causa general.
- Infracción de ley y por error en la valoración de la prueba.
- Quebrantamiento de forma: Se refiere a vicios procesales o de la sentencia.
Vicios del Proceso
- Denegación de prueba.
- Omisión de citación.
- Negativa a contestar a un testigo.
- Desestimación de preguntas importantes.
Vicios de la Sentencia
- No mención de hechos probados.
- Mención de hechos no probados.
- No resolución de cuestiones planteadas.
- Penar un delito más grave.
- Sentencia dictada con un número de magistrados inferior al exigido.
Procedimiento e Interposición del Recurso de Casación
Fase de Preparación
- La postulación se presenta ante el tribunal que dictó la resolución, en un plazo de 5 días desde la notificación.
- Se debe indicar si el recurso es por infracción de ley o por quebrantamiento de forma, demostrarlo y manifestar la promesa de constituir el depósito.
- Si cumple los requisitos, la Audiencia Provincial (AAPP) en un plazo de 3 días lo tendrá por preparado (admitido), ordenando expedir testimonio de la resolución y emplazando a las partes para comparecer ante la Sala Segunda del Tribunal Supremo (TS).
Fase de Interposición
Se interpone ante la Sala Segunda del Tribunal Supremo (TS) en un plazo de 15 días (PEN), 20 días (BAL) o 30 días (CAN). Debe incluir una exposición clara y resumida, citando el artículo de la Ley de Enjuiciamiento Criminal (LECrim) que autoriza la casación y la reclamación alegada para subsanar el quebrantamiento producido.
Fase de Sustanciación
Se designa un magistrado ponente y se cita al resto de las partes para que puedan impugnar o adherirse al recurso. La Sala analiza nuevamente los motivos alegados. Una vez admitido definitivamente, se procede a resolver sobre el mismo.
Decisión del Recurso
La Sala señala día para el fallo, salvo acuerdo de no celebración de vista o si se señala día para vista (audiencia pública). La sentencia puede estimar todos o algunos de los motivos, o desestimarlos todos.
Composición de la Sala
La Sala se compone de 3 magistrados. Si la pena impuesta es superior a 12 años, se requiere la presencia de 5 magistrados.