Regulación de Profesiones Tituladas y la Comisión contra la Violencia en el Deporte

Regulación del Ejercicio Profesional de la Titulación Deportiva

Profesiones Libres vs. Profesiones Sujetas a Regulación

En el ámbito deportivo, como en otros sectores, existen profesiones libres y profesiones sujetas a regulación. Estas últimas son aquellas que, para su ejercicio, requieren un título académico, profesional, licencia o autorización administrativa.

¿Qué es una Profesión Titulada?

Una profesión titulada es aquella que requiere estudios superiores para su ejercicio. Según el artículo 36 de la Constitución, es el legislador quien determina cuándo una profesión u oficio debe ser titulada.

Una profesión titulada se caracteriza por:

  • Determinación de actividades o funciones profesionales.
  • Vinculación legal de estas actividades a títulos específicos.
  • Regulación mediante Ley estatal.

Evolución hacia el Concepto de «Profesión Regulada»

El concepto de profesión titulada ha evolucionado hacia el de «profesión regulada». Esta se define como la actividad o conjunto de actividades profesionales cuyo acceso, ejercicio o una de las modalidades de ejercicio están subordinados de manera directa o indirecta a la posesión de determinadas cualificaciones profesionales.

Acreditación de Centros Deportivos

Los centros deportivos acreditados se clasifican en las siguientes categorías:

a) Centros Deportivos Básicos

En esta categoría, el personal debe estar en posesión de alguno de los siguientes títulos:

  • Técnico Deportivo Superior.
  • Técnico Superior en Animación de Actividades Físicas y Deportivas.
  • Maestro Especialista en Educación Física.

b) Centros Deportivos Superiores

La persona que desempeñe la Dirección Técnica deberá estar en posesión de la Licenciatura en Ciencias de la Actividad Física y el Deporte.

c) Centros Deportivos Excelentes

En estos centros existirá un Comité Asesor y Revisor de programación técnico-deportiva compuesto, al menos, por tres especialistas de reconocido prestigio de las Ciencias Biomédicas y de las Ciencias del Deporte.

La Comisión Estatal contra la Violencia, el Racismo, la Xenofobia y la Intolerancia en el Deporte

La Comisión Estatal contra la Violencia, el Racismo, la Xenofobia y la Intolerancia en el Deporte, heredera de la Comisión Nacional contra la Violencia en los Espectáculos Deportivos, es un órgano colegiado encargado de la formulación y realización de políticas activas contra la violencia, el racismo, la xenofobia y la intolerancia en el deporte. Está adscrita orgánicamente al Ministerio competente en Deportes, a través del Consejo Superior de Deportes, y actúa por iniciativa propia o a requerimiento del Consejo Superior de Deportes o del Ministerio del Interior.

La Comisión es un órgano integrado por representantes de la Administración General del Estado, de las Comunidades Autónomas y Corporaciones Locales.

Funciones Principales de la Comisión

Entre sus funciones principales se encuentran:

  • Formular propuestas de incoación de expedientes sancionadores por actuaciones violentas, racistas, xenófobas o intolerantes.
  • Declarar los encuentros de alto riesgo.

Otras Funciones de la Comisión

a) Realización de actuaciones dirigidas a:

  1. Promover e impulsar acciones de prevención de la violencia, el racismo, la xenofobia y la intolerancia en el deporte.
  2. Fomentar, coordinar y realizar campañas de sensibilización y juego limpio.
  3. Elaborar orientaciones y recomendaciones a las federaciones deportivas para la prevención de la violencia.

b) Elaboración o participación en la formulación de políticas de sensibilización:

  1. Informar aquellos proyectos que tengan por objeto la prevención de la violencia, el racismo, la xenofobia y la intolerancia.
  2. Informar preceptivamente los proyectos de disposiciones generales en materia de prevención de la violencia en los espectáculos deportivos.

c) Vigilancia y control, a efectos de:

  1. Proponer a las autoridades competentes la adopción de medidas o disposiciones para la prevención de la violencia.
  2. Interponer recurso ante el Comité Español de Disciplina Deportiva contra los actos de éste que directa o indirectamente afecten a la prevención de la violencia.
  3. Promover medidas para la realización de los controles de alcoholemia y de sustancias estupefacientes o psicotrópicas a los espectadores.
  4. Proponer el marco de actuación de las Agrupaciones de Voluntarios para la prevención de la violencia en los espectáculos públicos deportivos.
  5. Declarar un acontecimiento deportivo como de alto riesgo.

d) Información, elaboración de estadísticas y evaluación de situaciones de riesgo, destinadas a:

  1. Recoger y publicar anualmente los datos sobre violencia, racismo, xenofobia e intolerancia en el deporte.
  2. Realizar informes y estudios sobre las causas y los efectos de la violencia, el racismo, la xenofobia y la intolerancia en el deporte.

e) Colaboración y cooperación con las Comunidades Autónomas.