Representación Legal y Voluntaria en la Empresa: Gestión y Transmisión del Establecimiento Mercantil

La Representación Legal y Voluntaria en el Ámbito Empresarial

Tipos de Representación Jurídica

  1. Representación Legal

    • Surge por mandato legal para suplir la incapacidad de una persona (ej.: hijos menores).

  2. Representación Voluntaria

    • Surge por la voluntad libre y consciente del representado, quien posee plena capacidad para otorgarla.

  3. Representación Orgánica

    • Es la forma en que una sociedad manifiesta y ejecuta su voluntad a través de sus órganos.

    • Las sociedades con personalidad jurídica requieren órganos, y quienes los ostentan ejercen la representación orgánica.

    • Esta representación es indispensable para que la sociedad pueda actuar frente a terceros.

    • Posee un contenido legal inderogable.


Auxiliares del Empresario: Colaboradores con Representación Voluntaria

  • Son colaboradores permanentes en la empresa, bajo una relación de subordinación.

  • No asumen riesgos empresariales propios.

  • Requieren capacidad legal para obligarse (Art. 282 CCom.).

  • La representación civil formal (poder notarial) no es práctica para el tráfico mercantil habitual.

  • Se presume que los auxiliares poseen facultades para actuar dentro del ámbito de su encargo.

  • La delegación de funciones sin el consentimiento expreso del empresario no está permitida (Art. 296 CCom.).


Naturaleza Jurídica de la Relación Laboral

  • La relación jurídica se configura como una relación laboral, conforme al Artículo 1 del ET (Estatuto de los Trabajadores).

  • Puede ser de carácter ordinario o de alta dirección (Real Decreto 1382/1985).

  • El auxiliar debe promover los intereses del empresario y evitar cualquier conflicto de interés.

  • En caso de conflicto de intereses, las pérdidas resultantes son asumidas por el auxiliar.


Clases de Apoderados y sus Funciones

  1. Apoderado General (Factor)

    • Posee un poder general para administrar y contratar en nombre del empresario (Arts. 281 y 283 CCom.).

    • No es un poder ilimitado; abarca áreas funcionales o territoriales específicas.

    • En caso de duda, se protege al tercero que contrata de buena fe.

    • El apoderado inscrito en el Registro Mercantil (RM) produce efectos frente a terceros.

    • Los contratos firmados por un factor notorio (visible) obligan al empresario, incluso si exceden sus facultades (Art. 286 CCom.).

    • Puede ser un factor interesado que participa en las ganancias (Art. 288 CCom.).

  2. Apoderados Singulares

    • Dependen de la empresa y actúan en una sección o rama específica del negocio.

    • Ejemplo: mancebos encargados de ventas y cobranzas.

  3. Representantes de Comercio

    • Operan fuera de la sede de la empresa.

    • Actúan en nombre y por cuenta del empresario, pero su función principal se limita a labores de promoción.

    • No vinculan directamente al empresario en la mayoría de los actos jurídicos.

    • Pueden tener una relación laboral ordinaria o especial.

    • Los contratos de agencia o comisión son de naturaleza mercantil y pueden involucrar a intermediarios independientes.


El Establecimiento Mercantil: Concepto, Elementos y Transmisión

Concepto y Elementos Constitutivos del Establecimiento Mercantil

  • El establecimiento mercantil puede entenderse en sentido estricto (bienes e instalaciones materiales) o en sentido amplio (la totalidad de la empresa).

  • Incluye los siguientes elementos:

    1. Bienes materiales: inmuebles, mobiliario, materias primas, medios de transporte.

    2. Bienes inmateriales: derechos reales, créditos, relaciones jurídicas, marcas, clientela, secretos comerciales.

  • La organización empresarial es el factor clave que aglutina estos elementos, conformando una unidad funcional y económica.

  • El valor del conjunto suele ser superior a la suma de sus partes individuales debido a las sinergias generadas.


Principales Teorías sobre la Naturaleza del Establecimiento Mercantil

  • Teoría Unitaria

    : La empresa es una unidad que integra todos los elementos y actividades.
  • Teoría Atomista

    : El establecimiento es un conjunto heterogéneo de bienes y derechos distintos.

Modalidades de Transmisión del Establecimiento Mercantil

  1. Asset Deal (Venta de Activos)

    • Venta del establecimiento como unidad productiva, incluyendo todos sus bienes y activos.

    • Se formaliza un contrato con la empresa, y los bienes se transfieren directamente al comprador.

  2. Share Deal (Venta de Participaciones o Acciones)

    • Adquisición de participaciones o acciones de la sociedad propietaria del establecimiento.

    • Los bienes de la sociedad no cambian de titularidad; lo que se transfiere es la propiedad de la sociedad a través de sus socios.

    • Generalmente, es un procedimiento más simple desde el punto de vista de la transferencia de activos.


La Compraventa del Establecimiento Mercantil

  • Se vende como una organización en funcionamiento, no como una mera suma de contratos individuales.

  • En caso de incapacidad de alguna de las partes, se aplica lo establecido en el Código Civil.


Contenido y Obligaciones en el Contrato de Compraventa

Obligaciones del Vendedor

  • Entregar el establecimiento completo, incluyendo inventario, contabilidad, información relevante, etc.

  • Abstenerse de competir en las proximidades del negocio vendido.

  • Facilitar el consentimiento para la transmisión de créditos; las deudas solo se transmiten si existe acuerdo entre las partes y los acreedores.

  • Responder por evicción (Art. 1479 CC) y por vicios ocultos (Art. 1491 CC).

Obligaciones del Comprador

  • Pagar el precio acordado en el contrato.


Particularidades de la Compraventa por Acciones (Share Deal)

  • No implica una transmisión directa del establecimiento, sino de la sociedad que lo posee.

  • Suelen ser contratos complejos, con cláusulas detalladas y, a menudo, términos de carácter internacional.