Sedación Terminal y Eutanasia: Diferencias Clave y Consideraciones Éticas

Diferencias entre Sedación Terminal y Eutanasia

Final de la Vida

1. Intencionalidad

  • Sedación: El médico prescribe fármacos sedantes con la intención de aliviar el sufrimiento del paciente frente a síntomas determinados de orden físico o psicológico. Altera la conciencia buscando un estado de indiferencia frente al sufrimiento o amenaza que supone el síntoma.
  • Eutanasia: El objetivo es provocar la muerte del paciente para liberarle de los sufrimientos. La eutanasia termina con la vida física.

2. Proceso

  • Sedación: Se precisa consentimiento informado, donde al paciente se le muestre una indicación clara y contrastada de los fármacos utilizados, donde las dosis se ajusten a la respuesta del paciente frente al sufrimiento que le genera el síntoma. Por tanto, debe ser revisado continuamente: indicación y tratamiento.
  • Eutanasia: Precisa del consentimiento informado y se precisa de fármacos a dosis o combinaciones letales que garanticen una muerte rápida.

3. Resultado

  • Sedación: El parámetro de éxito es el alivio del sufrimiento.
  • Eutanasia: El parámetro de éxito es la muerte.

El Consentimiento Informado

El consentimiento informado es un proceso gradual y continuado, en ocasiones plasmado en un documento, mediante el que un paciente capaz y adecuadamente informado por su médico, acepta o no someterse a determinados procedimientos diagnósticos o terapéuticos, en función de sus propios valores.

Objetivos Primarios

  • Respetar a la persona enferma, sus derechos y dignidad.
  • Asegurar la información adecuada que permita participar al paciente en la toma de decisiones que le afecten.

Objetivos Secundarios

  • Respaldar la actuación de los profesionales ayudándoles a compartir el proceso de la toma de decisiones con el paciente y su familia.
  • Determinar el campo de actuación dentro del cual puede desenvolverse lícitamente la actuación médica.

Beneficios del Consentimiento Informado

  • Hay un beneficio terapéutico ya que permite al paciente una mayor aceptación de las medidas propuestas.
  • Ayuda a promover la autonomía personal en la toma de decisiones.
  • Sirve de base al diálogo sobre el proceso de la enfermedad, dando cauces de calidad y calidez a la relación entre el sanitario y el paciente.

Elementos Básicos del Consentimiento Informado

  1. Capacidad de tomar decisiones: capacidad.
  2. Voluntariedad.
  3. Que la decisión se adopte tras comprender y ponderar la información recibida: elemento informativo consensual.

Características Funcionales de los Comités de Ética Asistencial (CEA)

  1. Su función es meramente consultiva.
  2. Su composición es interdisciplinar, con ello se garantiza la pluralidad.

El comité debe considerar:

  • ¿Qué se le pregunta?
  • ¿Por qué se le pregunta?
  • ¿Para qué se le pregunta?
  • ¿Corresponde al comité resolver este caso? ¿Es su competencia?
  • Será preciso saber quién presenta o quién debiera presentar el caso, quién busca los informes necesarios, quién realizará el informe del Comité.

Funciones de los CEA

  1. Protección de los derechos del enfermo.
  2. Analizar, asesorar y facilitar el proceso de decisión clínica en las situaciones que creen conflictos éticos entre: el personal sanitario, los pacientes o usuarios y las Instituciones.
  3. Colaborar en la formación en bioética de los profesionales del área de salud y muy en particular en la de los miembros del Comité.
  4. Proponer a la institución los protocolos de actuación para las situaciones con conflictos éticos de reiterada u ocasional aparición.

Funciones que No son Competencia de los CEA

  1. Promover actuaciones jurídicas directas para la persona o Institución.
  2. Realizar juicios sobre la ética profesional o las conductas de pacientes o usuarios.
  3. Subrogarse o reemplazar la responsabilidad de quien ha pedido su asesoramiento.
  4. Tomar decisiones de carácter vinculante.
  5. Realizar estudios cuyo objetivo fundamental sea el análisis de asuntos sociales y/o económicos.
  6. Manifestarse sobre denuncias que afecten a aspectos procedimentales técnicos de la actividad sanitaria.

Comité (CEA)

  • Deliberación colectiva
  • Intersubjetividad
  • Pluralidad de puntos de vista
  • Mayor garantía de imparcialidad